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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (30/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 250590 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de agosto de 2003 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Aprueban Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Tribunal Cons-titucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 096-P/TC Lima, 15 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Pleno del Tribunal Constitucional, ha modifi- cado el Reglamento Normativo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 33-2003-P/TC de 3 de marzo de 2003,en los aspectos correspondientes a la estructura y fun- ciones del Tribunal Constitucional; Que, en tal virtud, es necesario adecuar tales modifi- caciones y aprobar el nuevo Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Tribunal Constitucional, con el pro- pósito de asegurar un eficiente y eficaz funcionamiento; De conformidad con la Ley Nº 26435, Orgánica del Tribunal Constitucional, y el Decreto Supremo Nº 002- 83-PCM; y, Estando a lo aprobado por el Pleno del Tribunal Cons- titucional, en sesión llevada a cabo el 15 de julio de 2003; SE RESUELVE: Artículo Único .- Aprobar el nuevo Reglamento de Or- ganización y Funciones del Tribunal Constitucional, que consta de doce (12) títulos, cuarenta y ocho (48) artícu- los y dos (2) Disposiciones Transitoria y Finales; deján-dose insubsistente, el anterior Reglamento de Organiza- ción y Funciones. Regístrese y comuníquese. JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 16148 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD Exoneran de procesos de adjudicación directa pœblica y selectiva contratacio-nes de hospitales de EE.UU. para brin-dar atención altamente especializada adiversos pacientes RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 705-PE-ESSALUD-2003 Lima, 22 de agosto del 2003 VISTAS: La Carta Nº 3394-GDP-ESSALUD-2003, presentada por la Gerencia de División de Prestaciones para que se exonere del correspondiente proceso de selección parala contratación de los servicios de un centro asistencial altamente especializado del extranjero para la atención asistencial de la paciente Fabiana Romainville Latorre,derechohabiente de la afiliada regular María Mónica La- torre Pino, y la Carta Nº 3586-OCAJ-ESSALUD-2003; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus ase- gurados y sus derechohabientes a través del otorgamientode prestaciones de prevención, promoción, recuperacióny rehabilitación, y prestaciones económicas y sociales, que corresponden al régimen contributivo de la Seguri-dad Social en Salud, así como de otros seguros de ries- gos humanos; Que, de acuerdo al Informe Técnico - Médico que sustenta la exoneración solicitada, existe la necesidad de contratar los servicios asistenciales especializados de un centro asistencial en el extranjero, para el tratamientoquirúrgico que requiere con urgencia la paciente Fabiana Romainville Latorre; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procedeexonerar de la realización de una Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa en caso de servi- cios personalísimos; Que, de lo señalado en el Informe Técnico que sus- tenta la exoneración se desprende que, si bien el trata- miento quirúrgico requerido por la paciente es brindado,solamente en el extranjero, por el Centro Especializado The Children’s Hospital - The Cleveland Clinic, de la ciu- dad de Cleveland - Ohio - USA, centro asistencialespecializado de referencia mundial que cuenta con un centro para el tratamiento de enfermedades cardiacas congénitas que es considerado el mejor centro médicopara el cuidado de esta clase de pacientes en los Esta- dos Unidos de Norteamérica, según la guía anual de "America’s Best Hospitals", evaluada por la U.S. News &World Report, que sustentan su tecnología avanzada y que cuenta con los especialistas capacitados; caracte- rísticas que califican al mencionado Hospital como espe-cial en brindar dichos servicios como personalísimos; Que, asimismo, conviene señalar que el valor refe- rencial total es de US$ 41,000.00, debiendo considerarseel costo del traslado de la paciente y un acompañante, lo que implica la adquisición de 2 pasajes aéreos -ida y vuelta al país del centro asistencial- así como la corres-pondiente bolsa de viaje para la paciente; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, re- sulta procedente aprobar la exoneración de la Adjudi-cación Directa Pública para la contratación de los servi- cios del Centro Especializado The Children’s Hospital - The Cleveland Clinic, de la ciudad de Cleveland - Ohio -USA, para que brinde las atenciones asistenciales extra- institucionales a la paciente Fabiana Romainville Lato- rre; así como la adquisición de los pasajes y el corres-pondiente otorgamiento de la bolsa de viaje; Que, en la contratación de los servicios ya indicados deberá observarse las normas de austeridad y racionali-dad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitacio- nes presupuestales de la Entidad, por lo que el costo de la contratación de los referidos servicios no debe exce-der del valor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, mediante Opinión Nº 031-2003 (GTN) la Geren- cia Técnico Normativa del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado, ha señalado que en aplicación del principio de competencia funcional y territorial de las normas, si el proveedor con el que sedesea contratar es un extranjero no domiciliado en el país, será aplicable la Ley del lugar o país en que se celebre dicho acto, para lo cual bastará obtener por cualquiermedio una cotización que cumpla con las exigencias para la contratación; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración debeser aprobada por resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Socialde Salud, en concordancia con lo señalado por el artícu- lo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la men-cionada exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado