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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (09/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G38/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 9 de diciembre de 2003 Visto el Expediente Nº 131-2003/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de inscripción en Primera de Dominio afavor del Estado del terreno de 110 354,08 m², ubicado en la avenida Víctor Malásquez, adyacente al Asentamien- to Humano “Portada de Manchay II Sector A” y a la Comu-nidad Campesina de Collanac, en el distrito de Pachacá- mac, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidady estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, realizada la inspección técnica con fecha 23 de junio de 2003, se ha verificado que el terreno de 110 354,08 m², ubicado en la avenida Víctor Malásquez, adyacente al Asentamiento Humano “Portada de Manchay II Sector A” ya la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, se en- cuentra ocupado por la “Asociación de Vivienda la Planiciede Manchay” y una cantera de arena abandonada; Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral ex- pedido con fecha 10 de setiembre de 2003, de conformi-dad con el Informe Técnico Nº 8638-2003-SUNARP- RPU/OC-LIMA del 8 de setiembre de este año, el Regis- trador Público del Registro Predial Urbano certifica queel terreno submateria, de 110 354,08 m², no se encuen- tra inscrito; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 16 de setiembre de 2003, expedido de conformidad con el Infor- me Técnico Nº 4103-2003-SUNARP-Z.R.IX/OC de fecha 15 de setiembre del mismo año, el Registrador Público dela Zona Registral Nº IX - Sede Lima certifica que el terreno submateria se encuentra en área donde no se aprecia ins- cripción; Que, la Sétima Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienesde Propiedad Estatal”, establece que el Estado, represen- tado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, asu- mirá la calidad de propietario de aquellos bienes que, sinconstituir propiedad privada, no se encuentran inscritos en los Registros Públicos, ni registrados en el Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SI-NABIP, por lo que corresponde tramitar la primera inscrip- ción de dominio a favor del Estado del terreno de 110 354,08 m², de conformidad con el artículo 3º del Decreto de Ur-gencia Nº 071-2001-EF, artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula eltrámite de la primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/ SBN; Que, los incisos i) y s) del artículo 39º de la Resolu- ción Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funcio-nes de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, fa- culta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a promover la inmatriculación de predios a favor del Esta-do cuando se carece de títulos probatorios de dominio, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi- ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifi- cado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, DecretoSupremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superintenden- cia de Bienes Nacionales”, Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF,Resolución Nº 011-2002/SBN, Resolución Nº 315-2001/ SBN y estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 269-2003/SBN-GO-JAR, de fecha 4 de noviembre de2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 110 354,08 m², ubica-do en la avenida Víctor Malásquez, adyacente al Asenta- miento Humano “Portada de Manchay II Sector A” y a la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Pa-chacámac, provincia y departamento de Lima, según el pla- no y memoria descriptiva sustentatorios de la presenteResolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno des- crito en el artículo precedente en el Registro de la Propie-dad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 22817 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 181-2003/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de noviembre de 2003Visto el Expediente Nº 124-2003/SBN-JAR, correspon- diente a la inscripción en primera de dominio a favor delEstado del terreno eriazo de 18 325,09 m², ubicado en la ladera sur del cerro que corresponde al límite natural entre la hacienda Oquendo y Chuquitanta, distrito de San Martínde Porres, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismo para su registro, inscripción yfiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, seidentificaron terrenos ubicados en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima que se en- cuentran libres de inscripción; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 13 de agosto de 2003, el Registro Predial Urbano señaló que según el Informe Técnico Nº 6927-2003-SUNARP-RPU/OC-LIMA, de fecha 31 de julio de 2003, emitido por la Oficina de Catastro del citado registro, el área de 18 325,09 m², no se encuentra inscrita en el RegistroPredial Urbano, ni presenta superposición con ningún pre- dio inscrito en dicho registro; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 22 de setiembre de 2003, emitido en base al Informe Técnico Nº 4212-2003-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 19 de setiem- bre de 2003, emitido por la Subgerencia de Catastro, elRegistro de la Propiedad Inmueble de Lima concluye que el terreno submateria se encuentra en ámbito donde no se visualiza inscripción registral; Que, con fecha 15 de setiembre de 2003, se realizó la inspección técnica, en la cual se verificó que el terre- no eriazo de 18 325,09 m², corresponde a ladera de ce-rro rocoso, con un área reducida de suave pendiente de suelo limo-arcilloso, colindante con terrenos ocupados por terceros; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001- EF que aprueba el “Estatuto de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales” señala que los terrenos eriazos o ribere-ños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno antes descrito, de conformidad con el artículo 3ºdel Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el “Regla- mento General de Procedimientos Administrativos de losBienes de Propiedad Estatal” modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de domi-nio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-