Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2003 (09/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 9 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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sufragio directo conjuntamente con un Vicepresidente por un periodo de 4 anos. El Presidente Regional es la MORDAZA autoridad de su jurisdiccion, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional. Articulo 5º.- Son atribuciones del Presidente Regional: a) Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus organos ejecutivos, administrativos y tecnicos. b) Proponer y ejecutar el Presupuesto Participativo Regional aprobado por el Consejo Regional. c) Designar y MORDAZA al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, asi como designar y MORDAZA a los funcionarios de confianza. d) Dictar Decretos y Resoluciones Regionales. e) Dirigir la ejecucion de los Planes y Programas del Gobierno Regional y velar por su cumplimiento. f) Administrar y cautelar los bienes y las rentas del Gobierno Regional del Callao. g) Dirigir, supervisar, coordinar y administrar las actividades y servicios publicos a cargo del Gobierno Regional del Callao a traves de sus Gerentes Regionales. h) Aprobar las normas reglamentarias de organizacion y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional del Callao. i) Aprobar los instrumentos tecnicos normativos de gestion administrativa del Gobierno Regional Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), Presupuesto Analitico de Personal (PAP), Manual de Organizacion y Funciones (MOF), Reglamento Interno de Trabajo, Reglamento de Procesos Administrativos, Plan de Capacitacion Anual, Manual de Gestion y Desarrollo de Recursos Humanos y otros. j) Disponer la publicacion mensual y detallada de las estadisticas regionales. k) Suscribir convenios o contratos con la cooperacion tecnica internacional, con el apoyo del Consejo Nacional de la Descentralizacion y de otras entidades publicas y privadas en el MORDAZA de su competencia. l) Celebrar y suscribir, en representacion del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecucion o concesion de obras, proyectos de inversion, prestacion de servicios y demas acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional del Callao, dando cuenta al Consejo Regional. m) Someter al Consejo Regional la Agenda de las Sesiones y proponer a consideracion del mismo el cuadro de conformacion de Comisiones. n) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Regional. En dichas sesiones tendra derecho a voz, MORDAZA y en caso de empate en las votaciones MORDAZA uso del MORDAZA dirimente. o) Presentar su Informe Anual al Consejo Regional. p) Presentar la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional. q) Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional. r) Presentar al Consejo Regional dentro de los treinta dias naturales de haberse iniciado el periodo anual de sesiones para su respectiva aprobacion: 1) El Plan de Desarrollo Regional Concertado. 2) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual. 3) El Programa de Promocion de Inversiones y Exportaciones Regionales. 4) El Programa de Competitividad Regional. 5) El Programa Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas. 6) El Programa de Desarrollo Institucional. 7) Las propuestas de acuerdos de cooperacion con otros Gobiernos Regionales y de estrategias de acciones macrorregionales. s) Proponer al Consejo Regional las iniciativas legislativas. t) Proponer y celebrar los contratos de las operaciones de credito interno y externo aprobados por el Consejo Regional. u) Proponer y celebrar convenios con instituciones academicas, universidades y centros de investigacion publi-

cos y privados para realizar acciones de capacitacion, asistencia tecnica e investigacion. v) Promover y participar en eventos de integracion y coordinacion macrorregionales. w) Proponer y ejecutar las estrategias y politicas para el fomento de la participacion ciudadana. x) Comunicar y/o solicitar licencia o autorizacion al Consejo Regional para ausentarse fuera del MORDAZA o por motivo de enfermedad. y) Designar a los miembros que integren los Comites Especiales y permanentes para los procesos de Licitaciones, Concursos y Adjudicaciones. z) Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento juridico de la Nacion, de la Region y el presente Reglamento, asi como las demas que senale la ley. CAPITULO III DE LA VICEPRESIDENCIA REGIONAL Articulo 6º.- El Vicepresidente Regional es a su vez Vicepresidente del Consejo Regional y forma parte de el, con derecho a voz y voto. Reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional que no puede superar los 45 dias naturales al ano, por ausencia o impedimento temporal, por suspension o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Cumple funciones de coordinacion entre el Presidente Regional, los Consejeros Regionales y el Consejo de Coordinacion Regional y aquellas que expresamente le delegue el Presidente Regional. Percibe la remuneracion correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas. CAPITULO IV DE LOS CONSEJEROS REGIONALES Articulo 7º.- El Gobierno Regional del Callao cuenta con siete (7) Consejeros Regionales Titulares a los cuales acreditara. Estos utilizaran en toda documentacion debajo de su nombre la denominacion de "Consejero de la Region Callao". Para los actos protocolares publicos de caracter oficial asistiran con la medalla que les fuera concedida en el Acto de su Juramentacion. Articulo 8º.- Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales, canalizando sus iniciativas a traves de la Secretaria del Consejo Regional, los organos ejecutivos de linea, de apoyo y de asesoramiento. b. Solicitar a los Gerentes y Funcionarios los informes de gestion, los que deberan ser remitidos dentro de los siete dias habiles siguientes con una ampliacion MORDAZA de 7 dias habiles mas; en caso de incumplimiento seran convocados por el Consejo Regional para que expliquen los motivos de ello, de no satisfacer tales explicaciones, el Consejo Regional podra determinar una censura al funcionario. c. Fiscalizar todos los actos de los organos de direccion y administracion del Gobierno Regional del Callao u otros de interes general, para lo cual toda investigacion que efectuen los Consejeros Regionales, deberan previamente comunicarselo por escrito al Presidente Regional asi como a los Consejeros que presidan la Comision cuya area de su incumbencia pueda ser motivo de investigacion o fiscalizacion. El Presidente Regional por intermedio de la Secretaria del Consejo, tramitara de inmediato el pedido a fin de que los funcionarios o personas juridicas sometidas a dicho MORDAZA MORDAZA sus respectivos descargos a los anteriores pedidos, bajo su responsabilidad. d. Integrar las comisiones ordinarias, investigadoras o especiales, las mismas que seran propuestas por el Presidente Regional. e. Presentar proyectos de iniciativas legislativas en materia y asuntos de su competencia. f. Asistir a las sesiones del Consejo Regional y Comisiones correspondientes con derecho a voz y voto. g. Percibir la dieta mensual, en el monto aprobado por el Consejo Regional de acuerdo a ley. h. Gozar de licencia laboral en su centro de trabajo conforme lo establecido el Art. 19º, inc.b) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales.

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