TEXTO PAGINA: 19
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G38/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 9 de diciembre de 2003 sufragio directo conjuntamente con un Vicepresidente por un período de 4 años. El Presidente Regional es la máxi-ma autoridad de su jurisdicción, representante legal y titu- lar del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional. Artículo 5º.- Son atribuciones del Presidente Regio- nal: a) Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos. b) Proponer y ejecutar el Presupuesto Participativo Regional aprobado por el Consejo Regional. c) Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como designar y cesar a los funcionarios de confianza. d) Dictar Decretos y Resoluciones Regionales. e) Dirigir la ejecución de los Planes y Programas del Gobierno Regional y velar por su cumplimiento. f) Administrar y cautelar los bienes y las rentas del Gobierno Regional del Callao. g) Dirigir, supervisar, coordinar y administrar las activi- dades y servicios públicos a cargo del Gobierno Regional del Callao a través de sus Gerentes Regionales. h) Aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias administrativas del Go- bierno Regional del Callao. i) Aprobar los instrumentos técnicos normativos de gestión administrativa del Gobierno Regional Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP), Manual de Organización y Funciones(MOF), Reglamento Interno de Trabajo, Reglamento de Procesos Administrativos, Plan de Capacitación Anual, Manual de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanosy otros. j) Disponer la publicación mensual y detallada de las estadísticas regionales. k) Suscribir convenios o contratos con la cooperación técnica internacional, con el apoyo del Consejo Nacional de la Descentralización y de otras entidades públicas y pri-vadas en el marco de su competencia. l) Celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados conla ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y sólo respecto de aque-llos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corres- ponda al Gobierno Regional del Callao, dando cuenta al Consejo Regional. m) Someter al Consejo Regional la Agenda de las Se- siones y proponer a consideración del mismo el cuadro de conformación de Comisiones. n) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Regio- nal. En dichas sesiones tendrá derecho a voz, voto y en caso de empate en las votaciones hará uso del voto diri-mente. o) Presentar su Informe Anual al Consejo Regional. p) Presentar la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional. q) Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional. r) Presentar al Consejo Regional dentro de los treinta días naturales de haberse iniciado el período anual de se-siones para su respectiva aprobación: 1) El Plan de Desarrollo Regional Concertado. 2) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual. 3) El Programa de Promoción de Inversiones y Expor- taciones Regionales. 4) El Programa de Competitividad Regional. 5) El Programa Regional de Desarrollo de Capacida- des Humanas. 6) El Programa de Desarrollo Institucional. 7) Las propuestas de acuerdos de cooperación con otros Gobiernos Regionales y de estrategias de acciones ma-crorregionales. s) Proponer al Consejo Regional las iniciativas legisla- tivas. t) Proponer y celebrar los contratos de las operaciones de crédito interno y externo aprobados por el Consejo Re-gional. u) Proponer y celebrar convenios con instituciones aca- démicas, universidades y centros de investigación públi-cos y privados para realizar acciones de capacitación, asis- tencia técnica e investigación. v) Promover y participar en eventos de integración y coordinación macrorregionales. w) Proponer y ejecutar las estrategias y políticas para el fomento de la participación ciudadana. x) Comunicar y/o solicitar licencia o autorización al Consejo Regional para ausentarse fuera del país o pormotivo de enfermedad. y) Designar a los miembros que integren los Comités Especiales y permanentes para los procesos de Licitacio-nes, Concursos y Adjudicaciones. z) Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico de la Nación, de la Región y el presente Reglamento, así comolas demás que señale la ley. CAPÍTULO III DE LA VICEPRESIDENCIA REGIONAL Artículo 6º.- El Vicepresidente Regional es a su vez Vicepresidente del Consejo Regional y forma parte deél, con derecho a voz y voto. Reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional que no puede superar los 45 días naturales alaño, por ausencia o impedimento temporal, por suspen- sión o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones pro- pias del cargo. Cumple funciones de coordinación entreel Presidente Regional, los Consejeros Regionales y el Consejo de Coordinación Regional y aquellas que ex- presamente le delegue el Presidente Regional. Percibela remuneración correspondiente a su cargo, sin dere- cho a dietas. CAPÍTULO IV DE LOS CONSEJEROS REGIONALES Artículo 7º.- El Gobierno Regional del Callao cuenta con siete (7) Consejeros Regionales Titulares a los cuales acreditará. Éstos utilizarán en toda documentación debajo de su nombre la denominación de “Consejero de la RegiónCallao”. Para los actos protocolares públicos de carácter oficial asistirán con la medalla que les fuera concedida en el Acto de su Juramentación. Artículo 8º.- Son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales, canalizan- do sus iniciativas a través de la Secretaría del Consejo Regional, los órganos ejecutivos de línea, de apoyo y deasesoramiento. b. Solicitar a los Gerentes y Funcionarios los informes de gestión, los que deberán ser remitidos dentro de lossiete días hábiles siguientes con una ampliación máxima de 7 días hábiles más; en caso de incumplimiento serán convocados por el Consejo Regional para que expliquenlos motivos de ello, de no satisfacer tales explicaciones, el Consejo Regional podrá determinar una censura al funcio- nario. c. Fiscalizar todos los actos de los órganos de direc- ción y administración del Gobierno Regional del Callao u otros de interés general, para lo cual toda investiga-ción que efectúen los Consejeros Regionales, deberán previamente comunicárselo por escrito al Presidente Re- gional así como a los Consejeros que presidan la Comi-sión cuya área de su incumbencia pueda ser motivo de investigación o fiscalización. El Presidente Regional por intermedio de la Secretaría del Consejo, tramitará de in-mediato el pedido a fin de que los funcionarios o perso- nas jurídicas sometidas a dicho proceso hagan sus res- pectivos descargos a los anteriores pedidos, bajo su res-ponsabilidad. d. Integrar las comisiones ordinarias, investigadoras o especiales, las mismas que serán propuestas por el Presi-dente Regional. e. Presentar proyectos de iniciativas legislativas en materia y asuntos de su competencia. f. Asistir a las sesiones del Consejo Regional y Comi- siones correspondientes con derecho a voz y voto. g. Percibir la dieta mensual, en el monto aprobado por el Consejo Regional de acuerdo a ley. h. Gozar de licencia laboral en su centro de trabajo con- forme lo establecido el Art. 19º, inc.b) de la Ley Orgánicade los Gobiernos Regionales.