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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G38/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 9 de diciembre de 2003 Artículo 43º.- QUÓRUM.- Para las Sesiones del Con- sejo Regional el quórum quedará legalmente constituidocon la presencia de no menos de seis (6) miembros inte- grantes del Consejo Regional. Artículo 44º.- INICIO DE LA SESIÓN.- Comprobado el quórum reglamentario, el Presidente declara iniciada la sesión, procediendo el Secretario del Consejo a dar lectu- ra a la Convocatoria de la misma a fin de recordar la agen-da a tratar, la cual no podrá ser modificada, salvo acuerdo unánime del Consejo Regional. Artículo 45º.- PARTICIPACIÓN DE FUNCIONARIOS, EMPLEADOS Y CIUDADANOS.- El Presidente con anuen- cia del Consejo Regional podrá citar a los funcionarios y empleados del Gobierno Regional, sólo para suministrardatos o informes técnicos; lo mismo se podrá hacer con los ciudadanos que sin pertenecer al Gobierno Regional se hallen en aptitud de coadyuvar a la acertada resoluciónde algún asunto o tema específico en debate. CAPÍTULO III DE LA SECUENCIA DE LAS SESIONES Artículo 46º.- En las sesiones ordinarias y extraordi- narias se observará la siguiente secuencia: a) Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior. b) Despacho.c) Informes d) Pedidos. e) Orden del día. Artículo 47º.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR .- Iniciada la sesión, el Secre- tario procederá a dar lectura al Acta de la sesión anterior. El Presidente Regional puede disponer que se omita su lectura previo acuerdo del Consejo Regional y/o cuandosu texto hubiera sido distribuido entre los Miembros del Consejo Regional; si no hubiera observaciones, el Presi- dente dará por aprobada el acta. Los miembros del Consejo Regional pueden formular las observaciones que estimen convenientes respecto de sus propias intervenciones o del texto de las decisionesadoptadas. La formulación de observación no dará lugar a debate alguno, ni a reabrir la sesión anterior. El Presidente dispondrá que en el acta de la sesión que se está realizan-do se deje constancia de las observaciones y dará por aprobada el acta de la sesión anterior. Artículo 48º .- DESPACHO .- En esta estación se pon- drá en conocimiento del Consejo Regional, de acuerdo a su jerarquía, la documentación constituida por: a) Oficios; b) Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos; c) Informes y dictámenes de comisiones;d) Mociones; e) Informes de la Administración. En esta estación no se admitirá debate alguno. Artículo 49º.- Leídos los documentos puestos a des- pacho o distribuido su texto a los Miembros del ConsejoRegional, el Presidente ordenará el trámite que se debe dar a cada uno de ellos y pondrá a debate aquellos que podrían requerir inmediato pronunciamiento del ConsejoRegional. El autor o uno de los autores en caso de ser varios, podrá fundamentar su propuesta en un lapso que no exce-derá de cinco minutos. Artículo 50º.- Admitidos a debate, pasarán a las co- rrespondientes Comisiones para informe o dictamen. Cuan-do la naturaleza del asunto o la urgencia del caso lo re- quiera, se podrá dispensar el trámite de Comisiones. Artículo 51º.- Los proyectos de Ordenanzas y Acuer- dos que cuenten con informe o dictamen de Comisión y los que hubieren sido dispensados del trámite de Comi- siones pasarán a la orden del día para su discusión yvotación. Artículo 52º.- INFORMES .- En esta estación los Miembros del Consejo Regional podrán dar cuenta delas gestiones que les hubiera encargado el Consejo Re- gional o de aquellos asuntos relacionados con las fun- ciones y atribuciones que les señala la Ley, que consi-deren que deben ser puestos en conocimiento del Con- sejo Regional.Artículo 53º.- Los informes serán breves y concretos y no excederán de cinco minutos, de acuerdo a su importan-cia o en el caso que origine debate, el Presidente dispon- drá que pasen a la orden del día. Cuando se trate de Infor- me o Dictamen de una Comisión, lo leerá su Presidente oel Miembro designado por él. Si hubiera dictamen en mino- ría lo leerá quien lo suscriba. Artículo 54º.- PEDIDOS.- Los Miembros del Conse- jo Regional presentarán sus pedidos por escrito por in- termedio del Secretario o en forma oral en la misma se- sión. El Presidente dispondrá el trámite que se debe dara cada uno de ellos y pondrá a consideración del Con- sejo Regional los que podrían requerir su inmediato pro- nunciamiento. Artículo 55º.- ORDEN DEL DÍA.- En esta estación se debatirán y votarán sólo los asuntos señalados en la agen- da y los que durante la sesión hubieran pasado a esta es-tación. El Presidente señalará el orden en que se debati- rán, de acuerdo a su naturaleza o urgencia. Artículo 56º .- Antes de iniciar la Orden del Día, el Pre- sidente si lo considera necesario, dispondrá que se pase lista. Si hubiere el quórum continuará la sesión, si no lo hubiere el Presidente dispondrá que la sesión se suspen-da o se levante. Durante la Orden del Día los Miembros del Consejo Regional fundamentarán sus dictámenes, informes y pedidos que hubieran sido consignados en la agenda ohubieran pasado a esta estación. Artículo 57º.- Durante el debate ningún Miembro del Consejo Regional podrá intervenir más de tres veces so-bre el mismo asunto, excepto el autor del proyecto, dic- tamen o pedido para formular aclaraciones o responder preguntas sobre ellos. Las intervenciones se referiránsólo a los asuntos en debate y no se admitirá diálogo entre los Consejeros, quienes se dirigirán siempre al Pre- sidente. Artículo 58º.- Si en la discusión se profieren frases o gestos ofensivos, inadecuados o inconvenientes, el Presidente llamará al orden al ofensor y, de ser el caso,le pedirá el retiro de lo considerado ofensivo; si no lo hiciera, el Consejo Regional invitará al ofensor a retirar- se de la sala. Seguidamente el Consejo Regional adop-tará la sanción de acuerdo al grado de la falta. En caso que el Miembro del Consejo Regional se resista a reti- rarse de la sala se suspenderá la sesión por un cuartointermedio. Artículo 59º.- Ninguna intervención durará más de cin- co minutos, salvo la primera del ponente, que podrá durarhasta diez minutos. Sin embargo, si la naturaleza del asun- to lo hiciere conveniente, el Presidente puede autorizar un tiempo adicional al o a los Miembros del Consejo Regionalque lo soliciten. Artículo 60º.- El Presidente evitará que el debate deri- ve a asuntos diferentes del que se está tratando. Asimis-mo, podrá dar por agotado el debate si considerase que el asunto ha sido suficientemente analizado. Igualmente por propia iniciativa o a pedido de algún Consejero, podrá dis-poner que se suspenda el debate de algún asunto para tratarse en la siguiente sesión. Artículo 61º.- Los Miembros del Consejo Regional es- tán impedidos de abandonar las sesiones, salvo autoriza- ción expresa del Presidente Regional debidamente justifi- cada, lo cual constará en el Acta respectiva. Las salidasde corta duración no constarán en el Acta. Artículo 62º.- Ningún Miembro del Consejo Regional puede intervenir en una discusión, sin antes haber solicita-do oportunamente el derecho al uso de la palabra y habér- sela concedido el Presidente Regional. Artículo 63º.- En los casos que por la naturaleza del tema hayan varios participantes que soliciten el uso de la palabra, el Presidente abrirá una lista de oradores, para cuyo efecto al cierre de la misma, sólo harán uso de ellalos inscritos. Artículo 64º .- Si algún Miembro del Consejo Regional en el debate, al hacer uso de la palabra, no centra su alo-cución sobre el asunto en debate, o se extravía del tema, debe ser advertido por el Presidente para que regrese al mismo y recordarle el tiempo que le queda en el uso de lapalabra. Si se volviera a extraviar del tema, cualquier otro Miembro del Consejo Regional puede solicitar cuestión de orden. Artículo 65º .- Presentada una moción, el Presidente ordenará su lectura por el Secretario, invitando al propo- nente a fundamentarla e inmediatamente derivarla a la