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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G37/G30/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de diciembre de 2003 realicen al amparo de los Acuerdos suscritos con los Paí- ses Signatarios de la Asociación Latinoamericana de Inte-gración - ALADI, en el marco del Tratado de Montevideo de 1980. II. ALCANCE Está dirigido al personal competente de la SUNAT y ope- radores de comercio exterior que intervienen en la impor- tación de mercancías con preferencias arancelarias al am- paro de los Acuerdos suscritos por Perú en el marco delTratado de Montevideo de 1980. III. RESPONSABILIDADLa aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo esta- blecido en el presente procedimiento es de responsabili-dad de las Intendencias de Aduana de la República, Inten- dencias Nacionales de Técnica Aduanera y de Sistemas de Información e Intendencia de Fiscalización y Gestiónde Recaudación Aduanera. IV. VIGENCIAA partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. V. BASE LEGAL - Tratado de Montevideo de 1980, suscrito el 12.8.1980. - Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación - AAP/ R Nº 20, Decreto Supremo Nº 506-83-EFC publicado el19.11.1983, sus Protocolos Adicionales y/o Modificatorios, y normas complementarias. - Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación - AAP/ R Nº 33, Decreto Supremo N o 038-83-ITI/IG publicado el 16.7.1983, sus Protocolos Adicionales y/o Modificatorios y normas complementarias. - Acuerdo Regional de Apertura de Mercados Nº 3, De- creto Supremo Nº 038-84-ICTI/IG publicado el 20.9.1984, su Primer Protocolo Modificatorio y normas complementa-rias. - Acuerdo de Alcance Regional Nº 4, Decreto Supremo Nº 086-85-ICTI/IG publicado el 30.7.1985, su Primer Pro-tocolo Modificatorio y normas complementarias. - Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Eco- nómica - AAP/CE Nº 8, Decreto Supremo Nº 054-87-PCMpublicado el 1.7.1987, sus Protocolos Adicionales y Modi- ficatorios y normas complementarias. - Lista General de Excepciones del Perú en ALADI re- ferente a la Preferencia Arancelaria Regional -PAR, Decre- to Supremo Nº 017-88-PCM publicado el 19.2.1988. - Acuerdo de Alcance Parcial para la Liberación y Ex- pansión del Comercio Intrarregional de Semillas ALADI/ AAP.AG/2, Decreto Supremo Nº 24-95-ITINCI publicado el 21.8.1995, su Primer y Segundo Protocolos Adicionales ynormas complementarias. - Suspensión de preferencias arancelarias a diversas mercancías negociadas en ALADI, Decreto Supremo Nº83-95-EF publicado el 4.5.1995. - Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Eco- nómica - AAP/CE Nº 38 suscrito entre Perú y Chile, Decre-to Supremo Nº 004-98-ITINCI, publicado el 28.6.1998 y normas complementarias. - Resolución 252 del Comité de Representantes de la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI del 4.8.1999 que aprueba el Texto Consolidado y Ordenado del Régimen General de Origen de la ALADI, publicada el20.12.1999. - Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Eco- nómica - AAP/CE Nº 39 suscrito entre Colombia, Ecuador,Perú y Venezuela, Países Miembros de la Comunidad An- dina y la República Federativa de Brasil, Decreto Supremo Nº 011-99-ITINCI publicado el 3.9.1999 y normas comple-mentarias. - Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Eco- nómica - AAP/CE Nº 48 suscrito entre Colombia, Ecuador,Perú y Venezuela, Países Miembros de la Comunidad An- dina y la República Argentina, Decreto Supremo Nº 025- 2000-ITINCI publicado el 31.7.2000 y normas complemen-tarias. - Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Eco- nómica - AAP/CE Nº 50 suscrito entre la República del Perúy la República de Cuba, Decreto Supremo Nº 038-2000- ITINCI publicado el 10.12.2000. - Ley General de Aduanas y su Reglamento aprobados por Decreto Legislativo Nº 809 publicado el 19.4.1996 y Decreto Supremo Nº 121-96-EF publicado el 24.12.1996respectivamente. - Ley del Procedimiento Administrativo General, apro- bado por Ley Nº 27444 publicada el 11.4.2001. - Norma que dispone la fusión por absorción de la Su- perintendencia Nacional de Administración Tributaria con la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobada porDecreto Supremo Nº 061-2002-PCM publicado el 12.7.2002. - Reglamento de Organización y Funciones de la Su- perintendencia Nacional de Administración Tributaria, apro- bado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM publicado el 28.10.2002. - Ley de los Delitos Aduaneros y su Reglamento apro- bados por Ley Nº 28008 publicada el 19.6.2003 y Decreto Supremo Nº 121-2003-EF publicado el 27.8.2003 respecti-vamente. VI. NORMAS GENERALES1. El presente procedimiento se aplica a la importación definitiva de mercancías con preferencias arancelarias quese realizan al amparo de los Acuerdos suscritos por Perú en el marco del Tratado de Montevideo de 1980. 2. Las preferencias arancelarias se otorgan a las mer- cancías negociadas, originarias y expedidas directamente del País Signatario de origen de conformidad con las dis- posiciones que se establezcan en el Acuerdo correspon-diente. 3. Las mercancías negociadas están determinadas por la partida arancelaria, descripción y observaciones que elAcuerdo establece para que su importación se beneficie de las preferencias arancelarias. 4. El origen de las mercancías negociadas está deter- minado por las Normas de Origen y Requisitos Específi- cos de Origen del Acuerdo, el cual es acreditado por un Certificado de Origen debidamente expedido por un fun-cionario habilitado por un Organismo Gubernamental o En- tidad Gremial autorizados por el País Signatario de origen. 5. La expedición directa debe estar acreditada por los documentos que amparen el transporte de la mercancía negociada y originaria desde el país de origen. 6. La solicitud para la aplicación de las preferencias aran- celarias se hace mediante la consignación en la Declara- ción Única de Aduanas - DUA o en la Declaración Simplifi- cada de Importación - DSI, según corresponda, del TratoPreferencial Internacional - TPI al momento de solicitar la destinación aduanera del régimen de Importación Definiti- va. 7. La aplicación de las preferencias arancelarias se efec- túa a través de la liquidación de gravámenes efectuada por el Sistema Integrado de Gestión Aduanera - SIGAD segúnel Código de TPI consignado en la DUA o en la DSI. 8. El presente procedimiento no sustituye a los Acuer- dos vigentes que el Perú ha suscrito en el marco del Trata-do de Montevideo de 1980 mediante los cuales se conce- den preferencias arancelarias. VII. DESCRIPCIÓN A. ASPECTOS GENERALESDespachador de Aduana 1. Las mercancías a nacionalizar con preferencias aran- celarias, deben estar amparadas además de la documen- tación requerida para una importación definitiva, con el Cer-tificado de Origen debidamente expedido. 2. El despachador de aduana verifica que la mercancía se encuentre negociada bajo los términos y condicionesestablecidos en ALADI. De ser así consigna en la DUA, además de los datos requeridos para una importación de- finitiva, la información siguiente: Casilla 7.9: El número y fecha de expedición del Certifi- cado de Origen que ampara la mercancía negociada. Encaso que el Certificado de Origen no esté proveído de un número que lo identifica, se debe consignar s/n y fecha de expedición;