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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G37/G30/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de diciembre de 2003 SONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesiona- ria LUZ DEL SUR debiendo poner en su conocimiento lafecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones te- lefónicas, el interesado deberá coordinar con la gerenciade Proyectos de Plantas Externas de telefónica del Perú S.A. dicha compañía, para la instalación de ductos y cá- maras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, que los interesados de- berán efectuar la inscripción de los aportes reglamentariosante la Oficina Registral de Lima y Callao. Artículo Cuarto.- CONSIDERAR, la presente habilita- ción urbana con construcción simultánea. Artículo Quinto.- DERIVAR, los presentes actuados a la Dirección de Autorizaciones Urbanas de esta Corpora- ción Municipal, para la aprobación de los proyectos de edi-ficación y otorgamiento de licencia de construcción corres- pondiente; asimismo las edificaciones que en virtud de la referida autorización se construyan, no podrán ser ocupa-das sin contar con el certificado de finalización de obra, en concordancia con el Art. II-X-4 del Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30)días calendario contados a partir de la notificación de la presente. Artículo Sétimo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscrip- ción correspondiente, a la Dirección de Autorizaciones Ur- banas de esta Corporación Municipal para su conocimien-to y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARTURO YEP ABANTO Director Municipal 23039 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 188-MDEA El Agustino, 28 de noviembre de 2003 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: El Concejo Distrital de El Agustino, en sesión ordinaria del 28 de noviembre de 2003 y con dispensa de trámite de aprobación de acta: CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Rentas, la Dirección de Desarrollo Urbano y la Dirección de Desarrollo Ecológico de la Muni-cipalidad Distrital de El Agustino, han presentado el Pro- yecto de Reglamento de Aplicación de Sanciones Admi- nistrativas - RAS así como el Proyecto del Cuadro Únicode Infracciones y Sanciones - CUIS de la Municipalidad Distrital de El Agustino; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida- des dispone que las Ordenanzas Municipales pueden es- tablecer las sanciones de multa, decomiso, clausura porinfracción de sus disposiciones, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar conforme a Ley; Que, conforme lo dispone el artículo 231º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, el ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a lasautoridades administrativas a quienes les haya sido atri- buida por disposición legal o reglamentaria, sin que pueda asumirla o delegarse en órgano distinto; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgá- nica de Municipalidades y al artículo 231º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, el ConcejoMunicipal en pleno, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES (RAS) Y EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Apli- cación de Sanciones (RAS) el cual consta de 5 Capítulos y 31 artículos, y 5 Disposiciones complementarias y Fina- les, el mismo que en anexo adjunto forma parte de la pre-sente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro Único de In- fracciones y Sanciones Administrativas (CUIS), el cualconsta de (201) infracciones, el mismo que en anexo ad- junto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Cualquier disposición administrati- va que no se encuentre en el presente Reglamento se ade- cuará a la del Régimen Municipal de Aplicación de Sancio- nes Administrativas, así como al Cuadro de Infracciones ySanciones, emitidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes a la Gerencia de Rentas, y a la División de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal, en cuanto les corresponda. REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- El presente Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas en adelante RAS, norma el pro- cedimiento de imposición y ejecución de sanciones admi- nistrativas, precisadas en el Cuadro de Infracciones y San-ciones, en adelante CUIS. El RAS tiene carácter imperati- vo para todas las dependencias municipales de El Agusti- no, las que se adecuarán a sus disposiciones, bajo res-ponsabilidad de los funcionarios competentes. Artículo 2º.- El presente régimen es de aplicación a todos los casos de incumplimiento de las normas y dispo-siciones legales vigentes que se encuentren bajo la juris- dicción de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Artículo 3º.- La Municipalidad de El Agustino podrá im- poner las sanciones económicas y administrativas siguien- tes en forma alternativa o simultáneamente, siempre que sean aplicables: 1. Multa.- Es la sanción pecuniaria, contenida en el Cua- dro de Infracciones y Sanciones - CUIS y supletoriamenteen otras normas con rango de Ley. 2. Retiro.- Sanción Administrativa aplicable al infractor, que comprende la extracción de instalaciones, elementospublicitarios, vehículos o cualquier otro objeto que se en- cuentre en la vía pública y obstruya el paso de las perso- nas y/o el tránsito vehicular, que carezca de licencia o au-torización municipal o que contando con la misma, no cum- ple con las condiciones detalladas en ella. Para recuperar el bien retirado, su propietario deberá abonar previamente, además de los gastos irrogados a la Municipalidad, los derechos de guardianía, por el tiempo que permanezca en el depósito municipal. 3. Paralización de la Obra.- Sanción administrativa que consiste en paralizar temporalmente la ejecución de obras de construcción en propiedad privada y/o en la vía pública,que no cuenta con la licencia de obra, o que la ejecución de la misma ponga en peligro la salud, la higiene o la segu- ridad pública.