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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G36/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de diciembre de 2003 VISTOS: El recurso de apelación presentado por don Alfonso Guerra Reátegui contra el Acuerdo de Concejo Nº 107-2003, de 17 de setiembre del 2003; mediante el que se declaró la vacancia del cargo de Regidor que ostenta en el Municipio Provincial de Ma-riscal Cáceres del departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, según se acredita con las copias certificadas de fojas 2 a 7, el acuerdo de vacancia fue aprobado por seis(6) votos a favor y tres (3) en contra; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la vacancia del car-go de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente con- cejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros; Que, el Concejo Provincial de Mariscal Cáceres está integrado por el Alcalde y nueve (9) Regidores que haceun total de diez (10) miembros; requiriéndose por lo menossiete (7) votos para la declaratoria de vacancia; supuesto legal que no se ha cumplido en el presente expediente; Que la causal aludida para la declaratoria de vacancia es la contenida en el artículo 11º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972 que señala que los regidores nopueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o adminis-trativos, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivelmunicipal de su jurisdicción. Todos los actos que contra-vengan esta disposición son nulos y la infracción de estaprohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor; Que los hechos bajo los que se fundamenta la vacancia se basan en que el señor Alfonso Guerra Reátegui habría elaborado proyectos de ingeniería a la Municipalidad Distrital de Huicungo,recibiendo dinero de parte de este concejo; se acompaña en elexpediente a fojas 10 la copia simple de una resolución sin nume-ro que conformaría un equipo técnico integrado por el regidorGuerra Reátegui, mas es de mencionar que dicha copia adolece de errores ya que no lleva firma de la autoridad que la emite, no lleva numeración y en el encabezado dice: "El Alcalde de la Mu-nicipalidad Provincial de Huicungo (sic)" siendo este último, dis-trital; luego en la parte resolutiva se conforma el "equipo técnicode la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres"; a fojas 11se acompaña copia simple de un documento manuscrito sin fir- ma en el que se estaría aprobando la cancelación de dinero al ingeniero Alfonso Guerra Reátegui; cuadro de egresos de la Mu-nicipalidad Distrital de Huicungo de los meses de enero a abril del2003 en el que consta la entrega de dinero al regidor vacado; Que no estando probada la causal esgrimida para la declara- toria de vacancia y que los documentos usados para ello por el Concejo Provincial de Mariscal Cáceres no aportan certeza en este tribunal acerca de los hechos denunciados; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la apelación inter- puesta y, en consecuencia, nulos y sin efecto el acuerdoadoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 021-2003 y elAcuerdo de Concejo Nº 107-2003 de fechas 16 y 17 desetiembre de 2003 del Concejo Provincial de Mariscal Cá- ceres, respectivamente, mediante los que se declara la vacancia del Regidor Alfonso Guerra Reátegui. Artículo Segundo.- Declarar que don Alfonso Guerra Reátegui continúa ejerciendo el cargo de Regidor del Con-cejo Provincial de Mariscal Cáceres, por el período de go-bierno municipal 2003-2006 para el que fue elegido. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimientode la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN - LANDA CÓRDOVA,Secretario General 23539/G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G73/G63/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G43/G6F/G72/G6F/G6E/G67/G6F RESOLUCIÓN Nº 200-2003-JNE Expediente Nº 1071-2003-Vac. Lima, 16 de diciembre de 2003 VISTOS:Los Oficios Nºs. 66, 73 y 081-2003-MDC/C.A de don Apolonio G. Ponce Quezada, Alcalde del Concejo Distrital de Cusca, provincia de Corongo, departamento de Ancash, comunicando la declaratoria de Vacancia del cargo de Re-gidor de ese Concejo que venía ostentando Demetrio Fa-vián Castillo Rojas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, lavacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por elcorrespondiente Concejo Municipal, en sesión extraor-dinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros; Que, el Concejo Distrital de Cusca está conformado por un alcalde y cinco (5) regidores, por lo que para la declara-toria de vacancia de sus miembros se requiere un mínimode cuatro (4) votos a favor; Que, en virtud de la petición formulada por el ciuda- dano Walter Fernando Rosales Castillo, el mencionado Concejo en sesión extraordinaria de fecha 19 de agostodel 2003, declaró la vacancia del cargo de Regidor quevenía ostentando Demetrio Favián Castillo Rojas, con tres(3) votos a favor y dos (2) abstenciones, por la causal pre-vista en el inciso 6) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, conforme consta en el acta que obra en autos a fojas 11 a 13; Que don Demetrio Castillo Rojas presentó el recurso de reconsideración correspondiente, habiéndose declara-do éste, improcedente por extemporáneo al haberse inter-puesto 17 días después de su conocimiento; Que, no obstante, la votación ocurrida en el seno del Concejo Distrital de Cusca no se encuentra conforme a ley; sin embargo,está acreditado en autos que don Demetrio Castillo Rojas seencuentra incurso en la causal de vacancia invocada, toda vezque ha sido condenado a tres años de pena privativa de la liber-tad por el Juzgado Mixto de Cabana - Pallasca, conforme consta en la Resolución Nº treinta y uno de fecha 24 de abril de 2002 (fojas 5 a 8), confirmada por la Sala Penal Corporativa de Chim-bote mediante Resolución de fecha 20 de agosto del mismo añoque corre a fojas 9; Que, consecuentemente, corresponde convocar al candidato inmediato no proclamado de la misma lista electo- ral conforme lo dispone el artículo 35º de la Ley de Elec- ciones Municipales Nº 26864 y el artículo 24º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Único.- Convocar al ciudadano Celestino Ciro Valencia Ramírez, candidato no proclamado del PartidoFuerza Democrática, para que asuma el cargo de Regidoren el Concejo Distrital de Cusca, provincia de Corongo, departamento de Ancash, para completar el período de gobierno municipal 2003 - 2006, otorgándosele la respecti-va credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA,Secretario General 23540