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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G37/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de diciembre de 2003 período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificableslas características de instalación y operación autorizadaspara el uso o explotación de frecuencias y otros paráme-tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondienteaprobación del Ministerio; Que, mediante Informe Nº 100-2003-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomu-nicaciones, señala que la solicitud presentada por la em-presa TELESUR E.I.R.L., cumple con los requisitos técni-cos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a lareferida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC;su Reglamento General aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio aprobado porDecreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la Resolución Minis-terial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Téc-nicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELESUR E.I.R.L., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez(10) años, para instalar y operar una estación del serviciode radiodifusión por televisión comercial en UHF, en el dis-trito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, deacuerdo a las características técnicas indicadas en el AnexoI, que forma parte integrante de la presente resolución. El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación yprueba de doce (12) meses improrrogable, dentro del cualy hasta antes de sesenta (60) días calendario previos a laterminación de dicho período, la titular de la autorizacióndebe solicitar se verifique el estado de las instalaciones ypractique las pruebas de funcionamiento respectivas, casocontrario se dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa TELESUR E.I.R.L., está obli- gada a instalar y operar el servicio de radiodifusión conce-dido acorde con las características técnicas indicadas enel Anexo I, estando impedida de modificarlas sin autoriza-ción previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza-do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y com-plementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones ANEXO I 1. NOMBRE : TELESUR E.I.R.L. 2. SERVICIO : TV - UHF 3. FRECUENCIA / CANAL : 35 BANDA : VFRECUENCIA VIDEO : 597.25 MHzFRECUENCIA AUDIO : 601.75 MHz 4. INDICATIVO : OAS-6K 5. EMISIÓN : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E 6. POTENCIA NOMINAL DEL TRANSMISOR : VIDEO: 0.5 KW AUDIO: 0.05 KW 7. UBICACIÓN DE LA ESTACIÓN: EstudiosDirección : Los Crisoles Block Nº 5, Dpto. 8 Distrito : P acocha Provincia : IloDepartamento : Moquegua Coordenadas Geográficas :Longitud Oeste : 71° 20 ’ 13.55”Latitud Sur : 17° 38’ 46.63”PlantaDirección : Cerro Alto Calienta NegrosDistrito : Ilo Provincia : IloDepartamento : Moquegua Coordenadas Geográficas :Longitud Oeste : 71° 21 ’ 00”Latitud Sur : 17° 40 ’ 6.48” 8. ZONA DE SERVICIO : El área comprendida dentro del contor- no de 74 dB µV/m 23521 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G2D /G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6C/G65/G67/G69/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G75/G65/G6C/G20/G47/G6F/G6E/G2D /G7A/G61/G6C/G65/G73/G20/G50/G72/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2003-VIVIENDA Lima, 16 de diciembre de 2003 Vistos el Oficio Nº 278-2003.C.N.Nº 6068 “M.G.P” VES del Colegio Nacional Nº 6068 “Manuel Gonzales Prada” deVilla El Salvador, provincia y departamento de Lima; elMemorándum Nº 464-2003/VIVIENDA-VMCS-PREBAM delJefe del Programa de Equipamiento Básico Municipal y elMemorándum Nº 053-2003-VIVIENDA/CGP del Comité deGestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se asig- nó, en vías de regularización, al Ministerio de la Presiden-cia, la suma de US$ 6 299 868.00 (Seis millones doscien-tos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y ocho con00/100 Dólares USA) de los recursos de Línea de Créditode la República Popular China, a que se refieren las Reso-luciones Supremas Nº 042-91-EF, Nº 054-94-EF, Nº 157-94-EF y Nº 036-96-EF, para que sea destinada a la adqui-sición directa de máquinas para la industria del calzado,de confección y de tejido, para equipar a pequeños y mi-croempresarios, según contrato celebrado con la Corpo-ración de Importación y Exportación de los productos de laindustria ligera de Shangai; Que, mediante Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgáni- ca que modifica la organización y funciones de los Ministe-rios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios,entre los cuales se ha constituido el Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Minis-terio de la Presidencia, quedando extinguido para todossus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones, delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equi-pamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, controldefensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio-nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condicio-nes de vida de la población facilitando su acceso a unavivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcio-nando el ordenamiento, crecimiento, conservación, man-tenimiento y protección de los centros de población y susáreas de influencia, fomentando la participación de las or-ganizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inver-sión privada; Que, por Oficio Nº 278-2003.C.N.Nº 6068 “M.G.P” VES del Colegio Nacional Nº 6068 “Manuel Gonzales Prada” deVilla El Salvador de fecha 10 de diciembre de 2003, el Sr.Pablo Flores Aguirre, Director del plantel, solicita al Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación deequipos para la industria del calzado, que se detallan en elAnexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, mediante el Memorándum Nº 464-2003/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipamiento