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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G37/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de diciembre de 2003 (8) sillas usadas, veinticinco (25) bolsas de ropa usada, (va- rios), diez (10) cajas con juguetes usados, veinte (20) cajascon menaje usado (colgadores de ropa) y diez (10) bolsascon ropa de dormir, con un peso bruto aproximado de 7,000Kg. y un valor FOB aproximado de F.H. 10,000.00 (DIEZMIL Y 00/100 FLORINES HOLANDESES) a favor de la Aso-ciación Comunidad Traperos Águilas de Emaus - Piura - Perú,amparados entre otros documentos en el Conocimiento deEmbarque Nº HLCUAMS 960101770 y Certificado de Des-infección de fecha 24 de enero de 1996; Que, la donataria efectuó el retiro de la mercadería en mérito de lo establecido en el numeral 7.1 de la Directivade Procedimientos sobre Aceptación o Aprobación, Inter-namiento de Donaciones de Carácter Asistencial o Educa-ción Provenientes del Exterior, aprobada por ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM, según Expediente de Facilida-des Nº 2362 de fecha 1 de abril de 1996, presentado antela Intendencia Nacional de Aduanas de Paita; Que, con las Actas de Entrega que obran en el expe- diente de donación se acredita la distribución de los bie-nes donados a cada uno de los beneficiarios siguientes:Colegio Particular Simón Bolivar, Hogar Municipal del NiñoPiurano, Concejo Distrital “La Matanza”, entre otros; Que, la Asociación Comunidad Traperos Águilas de Emaus - Piura - Perú, solicitó al Instituto Nacional de Bien-estar Familiar - INABIF, la emisión de la Resolución deAprobación de la Donación, de las mercaderías antes men-cionadas, sin embargo, dicha Entidad remitió el expedien-te sobre donación a la Secretaría Ejecutiva de Coopera-ción Técnica Internacional - SECTI del Ministerio de la Pre-sidencia, mediante Oficio Nº 441-96-INABIF, y con el Ofi-cio Nº 044-97/PRES-SECTI, la mencionada Secretaría Eje-cutiva devuelve el expediente de donación debido a que nocumple con lo previsto en el artículo 2º del Decreto Supre-mo Nº 099-96-EF, por ser la donante una entidad privadaextranjera, siendo así apelada por la beneficiaria con es-crito de fecha 6 de marzo de 1997 y resuelta el 21 de mayode 1997 por la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técni-ca Internacional al considerar que la entidad competentepara emitir la Resolución de Aprobación de Donación es elInstituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; Que, con fecha 2 de marzo de 1997, la Asociación Co- munidad Traperos Águilas de Emaus - Piura - Perú solicitóal Ministerio de Economía y Finanzas la emisión de la Re-solución Suprema para la exoneración del Impuesto Ge-neral a las Ventas - IGV, sin embargo, el Ministerio de Eco-nomía y Finanzas emitió el Oficio Nº 549-98-EF-SG/CA defecha 29 de octubre de 1998 mediante la cual declara im-procedente el pedido de emisión de Resolución Supremadebido a que la importación de los bienes donados se efec-túo dentro de los alcances del Decreto Legislativo Nº 775; Que, la presente Resolución sólo exonerara del pago de los Derechos Arancelarios y no del Impuesto General alas Ventas debido a que el nacimiento de la obligación tri-butaría se efectuó cuando no se encontraban vigentes losDecretos Supremos Nºs. 099-96-EF y 155-97-EF; Que, mediante Oficio Nº 449-2003/APCI-DE de fecha 19 de febrero de 2003 la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional remite a la Oficina de Cooperación Interna-cional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social el ex-pediente Nº 1961-2002 que consigna las donaciones pro-venientes del exterior, efectuadas a favor de la AsociaciónComunidad Traperos Águilas de Emaus Piura - Perú, a finde que se emita la Resolución de Aprobación de Donaciónvía regularización, debido a que la naturaleza de la activi-dad y población objetivo materia de la donación, corres-ponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, la entidad beneficiaria al momento de solicitar la Resolución de Aprobación de Donación se encontraba re-gistrada como una “Institución Privada sin fines de lucroReceptora de Donaciones de Carácter Asistencial o Edu-cacional Provenientes del Exterior”, al amparo del DecretoSupremo Nº 076-93-PCM y Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, según Constancia de Inscripción Nº 0002-94/PRES-SECTI; Que, por Ley Nº 27793, se establece que es competen- cia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social formular,aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de mujer y de-sarrollo social promoviendo la equidad de género, es decir,la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres,igualdad de oportunidades para la niñez, el adulto mayor ylas poblaciones en situación de extrema pobreza y pobre-za extrema, discriminadas y excluidas, corresponde al Mi-nisterio de la Mujer y Desarrollo Social aprobar, en vía deregularización, la donación antes citada; Con la opinión técnica favorable de la Oficina de Co- operación Internacional del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social a través del Informe Nº 193-2003-MIMDES- OCI de fecha 29 de setiembre de 2003; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27793, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, el Decreto LeyNº 21942, el Decreto Legislativo Nº 809; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar en vía de regularización la dona- ción efectuada por la entidad donante Emmaus Bilthoven,con sede en la ciudad de Bilthoven, Holanda, consistenteen noventa y tres (93) fardos con ropa usada (varios), cientoveintinueve (129) bolsas de ropa usada (varios), treinta (30)bolsas de zapatos usados, tres (3) bolsas con sábanasusadas, cinco (5) sillas de ruedas usadas, dos (2) máqui-nas de coser usadas, cuarenta y seis (46) cajas de ropausada (varios), ocho (8) sillas simples usadas, veinticinco(25) bolsas de ropa usada, (varios), diez (10) cajas conjuguetes usados, veinte (20) cajas con menaje usado (col-gadores de ropa) y diez (10) bolsas con ropa de dormir,con un peso bruto aproximado de 7,000 Kg. y un valor FOBaproximado de F.H 10,000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 FLORI-NES HOLANDESES) a favor de la Asociación ComunidadTraperos Águilas de Emaus - Piura - Perú. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a laContraloría General de la República, a la Agencia Peruanade Cooperación Internacional del Ministerio de RelacionesExteriores y a la entidad solicitante para los fines pertinen-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 23667 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65 /G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 763-2003-MIMDES Lima, 12 de diciembre de 2003CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MI- MDES, se aprobó la conformación de los Directorios delas Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Parti-cipación Social, los cuales están integrados, entre otros,por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social - MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, se encuentra vacante el cargo de Miembro del Di- rectorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa; Que, la Ley Nº 26918 - Ley del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, establece que los Directores delas Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Parti-cipación Social continúan en sus funciones, en tanto nosean expresamente removidos de sus cargos, por lo queresulta necesario designar al nuevo Miembro del Directo-rio de la citada Sociedad de Beneficencia, en representa-ción del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto Supre- mo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por Decreto Su-premo Nº 004-2003-MIMDES, Ley Nº 27793, y DecretoSupremo Nº 008-2002-MIMDES modificado por DecretoSupremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a la señora CELINA DEL CARPIO VÁSQUEZ como Miembro del Directorio de laSociedad de Beneficencia Pública de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 23681