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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G38/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de diciembre de 2003 BFH, y por Resolución Ministerial Nº 247-2003-VIVIENDA se aprobó el Reglamento Operativo del Bono Familiar Ha-bitacional-BFH que contiene las modalidades de aplicación del BFH, así como otras disposiciones referidas a la pos- tulación, asignación y pago del mismo; Que, en consecuencia es necesario efectuar modifi- caciones al Registro de Proyectos de Vivienda del Proyec- to Techo Propio adecuándolo al nuevo Reglamento del BonoFamiliar Habitacional y a su Reglamento Operativo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; Con la Opinión favorable de la Dirección Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Registro de Pro- yectos de Vivienda Techo Propio, el mismo que consta dedoce (12) Artículos, cinco (5) Disposiciones Comple- mentarias y una (1) Disposición Transitoria. Artículo 2º.- Deróguense las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 043-2003-VIVIENDA, a ex- cepción del Artículo 1º de la mencionada norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento REGLAMENTO DEL REGISTRO DE PROYECTOS DE VIVIENDA TECHO PROPIO Artículo 1º.- Inscripción obligatoria La inscripción en el Registro de Proyectos de Vivienda es gratuita y obligatoria para participar en el Proyecto Te- cho Propio y aplicar el Bono Familiar Habitacional - BFH. Artículo 2º.- Comité Ejecutivo El Registro de Proyectos de Vivienda Techo Propio es- tará a cargo de un Comité Ejecutivo integrado por el Direc-tor Nacional de Vivienda, el Director Nacional de Urbanis- mo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to y por el Gerente de Operaciones del Fondo Hipotecariode Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA. Corresponde al Comité Ejecutivo: a. Evaluar los expedientes presentados y según sea el caso, autorizar su inscripción en el Registro de Proyectos, u observarlos notificando a los interesados para su subsa-nación. b. Informar al Fondo MIVIVIENDA respecto a las Cons- tancias Preliminares y Constancias Definitivas de Registroemitidas dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su emisión, así como cualquier otra información que el Fondo solicite respecto a la situación de los proyectos enproceso de registro y los registrados. c. Establecer los formatos de los documentos reque- ridos para el registro de proyectos, a excepción de aque-llos establecidos por el FMV de conformidad con el Regla- mento Operativo del Bono Familiar Habitacional-BFH. d. Solicitar la documentación adicional que considere necesaria para acceder y mantener el Registro de cada proyecto. e. Autorizar la inscripción de proyectos con una habili- tación urbana diferente al tipo "B" en función a la calidad mínima de sus obras, no pudiendo ser éstas de calidad inferior a las habilitaciones urbanas del entorno. f. Verificar los compromisos asumidos por el solicitante en la presentación de su proyecto. g. Evaluar las soluciones que presenten el promotor y/ o la Organización Postulante (OP) que permitan financiar el 100% de los costos fijos del proyecto, para el caso de Postulación Colectiva. h. Definir los porcentajes señalados en los Artículos 14º y 17º del Reglamento Operativo del Bono Familiar Habita- cional aprobado por Resolución Ministerial Nº 247-2003-VIVIENDA. i. Evaluar si las condiciones contenidas en los docu- mentos presentados respecto al Artículo 4.1.3, 4.3.3,4.3.4 y otros resultan suficientes para el desarrollo del proyecto. j. Cumplir con las demás funciones que se establezcan en la presente Resolución. Artículo 3º.- Requisitos de Admisión Accederán al Registro de Proyectos de Vivienda de Te- cho Propio, los proyectos habitacionales que reúnan lossiguientes requisitos: 3.1 Comprender exclusivamente viviendas de interés social de acuerdo a lo establecido en Reglamento Opera- tivo del Bono Familiar Habitacional-BFH aprobado por la Resolución Ministerial Nº 247-2003-VIVIENDA. 3.2 El predio saneado legalmente, es decir libre de car- gas y gravámenes salvo las provenientes de servidumbres de acueducto, electroducto, de luz, vistas y desagüe, asícomo las servidumbres de paso, las que deberán contem- plarse en el desarrollo del proyecto. Excepcionalmente, se admitirá una hipoteca en tanto cumpla con lo señalado enel Artículo 4.3.3 de la presente Resolución. 3.3 Asimismo, el predio no debe encontrarse en litigio ni contar con ocupantes (precarios o inquilinos), a excep-ción de los Proyectos de Renovación Urbana. 3.4 El predio saneado técnicamente, es decir, como mínimo debe contar con la Resolución de aprobación delproyecto de Habilitación Urbana respectiva que determina que el predio es elegible. Asimismo, el predio debe contar con la zonificación residencial o compatible acorde al pro-yecto planteado, así como con las factibilidades de servi- cios y las vías de acceso. En los lugares donde la munici- palidad no haya aprobado un Plan Director de DesarrolloUrbano, se podrá aceptar una Resolución de Aprobación del Plano de Trazado y Lotización emitida por autoridad competente. No son predios elegibles, los siguientes: a. Los imposibilitados de contar con factibilidad de ser- vicios; b. Los ubicados en sectores no autorizados por la Municipalidad competente o el Instituto Nacional de Cultu-ra, de ser el caso, para la implantación de viviendas; c. Los ubicados en zonas de alto riesgo, como las siguientes: i. Zonas de inundación de cursos de agua; ii. Zonas sujetas a deslizamientos;iii. Zonas en quebradas o con pendientes superiores al 30%; iv. Zonas cuyos suelos tengan nivel freático a menos de 50 centímetros de profundidad, medidos desde la superfi- cie del suelo; v. Zonas ubicadas sobre o contiguos a depósitos de desechos tóxicos o rellenos sanitarios; vi. Zonas ubicadas sobre asentamientos mineros; 3.5 El proyecto y las viviendas que lo comprenden de- ben cumplir con las normas establecidas en el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial aprobadopor el Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y sus modifi- catorias; el Reglamento Nacional de Construcciones y sus normas técnicas NTE U.190 y NTE A.060 actualizadasmediante Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC; y las disposiciones municipales vigentes. Artículo 4º.- Contenido del expediente para Pro- yectos de Adquisición de Vivienda Nueva - Postulación Individual o Postulación Colectiva Adicionalmente, a los requisitos de admisión señala- dos en el artículo anterior, el expediente debe contener los siguientes documentos: 4.1 Información General 4.1.1 Formulario de Solicitud de Registro presentado por el promotor del proyecto y suscrita conjuntamente con el propietario del predio, según formato que establecerá elComité Ejecutivo. 4.1.2 Compromiso de Cumplimiento de Obligaciones y de Desarrollo de Proyecto, según formato que estableceráel Comité Ejecutivo; 4.1.3 Carta fianza o póliza de caución incondicional, de realización inmediata, solidaria e irrevocable y sin benefi-