Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G33/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 (i) Cuando se trate de Créditos y Anulaciones en- tre Unidades Ejecutoras El Titular del Pliego debe emitir una Resolución auto- ritativa, a propuesta de la Gerencia Regional de Pla- neamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Terri- torial, detallando la Sección, Pliego, Unidad Ejecuto-ra, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Pro- yecto, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gas- to y Grupo Genérico del Gasto, de acuerdo al ModeloNº 04/GR que forma parte de la presente Directiva. La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, presenta copia de la citada Resolución a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público, en el plazo señalado en el Anexo Nº01/GR de la presente Directiva, adjuntando las co- rrespondientes "Notas para Modificación Presupues- taria". (ii) Cuando se trate de Créditos y Anulaciones den- tro de una Unidad Ejecutora Las modificaciones presupuestarias que se efectúen deben permitir asegurar el cumplimiento de las MetasPresupuestarias, de acuerdo a la oportunidad de su ejecución (establecida en la Programación de Metas Presupuestarias), según la priorización de gastosaprobada por el Titular del Pliego. Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Fun- cional Programático que se efectúen al interior de cada Unidad Ejecutora, se formalizan dentro de los diez primeros días del mes siguiente de realizadas por elTitular del Pliego, conforme al Anexo Nº 01/GR de la presente Directiva, detallando la Sección, Pliego, Uni- dad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma,Actividad, Proyecto, Fuente de financiamiento, Cate- goría del Gasto y Grupo Genérico del Gasto. Las resoluciones que se emitan, se elaboran de acuer- do al Modelo Nº 05/GR que se adjunta a la presente Directiva. Copia de las citadas resoluciones deben serremitidas por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Di- rección Nacional del Presupuesto Público, en el plazoseñalado en el Anexo Nº 01/GR de la presente Direc- tiva. Las Modificaciones Presupuestarias que se realicen con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo", debe-rán contar con Informe favorable de la Gerencia Re- gional de Planeamiento, Presupuesto y Acondiciona- miento Territorial, el mismo que tendrá en cuenta elrespectivo Convenio. Si se hubieran generado "Notas para Modificación Pre- supuestaria" después de la de la Resolución de For- malización de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, como consecuencia deoperaciones que debían registrarse en el mes, éstas deberán aprobarse mediante Resolución adicional expedida por el Titular del Pliego, debidamente fun-damentada. Artículo 28º.- Delegación de facultades para la Aprobación de la Resolución de Formalización de Mo- dificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático Mediante Resolución del titular de Pliego, puede de- legarse la facultad de aprobar la "Resolución de Formali-zación de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático", en cuyo caso, tanto el Titular como el delegado asumen responsabilidad solidaria res-pecto de los actos que formalicen. Artículo 29º.- Lineamientos específicos para la aprobación de Créditos Suplementarios Sólo es procedente la aprobación de un Crédito Su- plementario, cuando la ejecución de gastos exija -de manera previa- la ampliación del marco presupuestal aprobado, de acuerdo a lo siguiente:a) Cuando la ejecución de ingresos supere el marco aprobado, a nivel de Fuente de Financiamiento, del Pre- supuesto Institucional. b) Cuando las proyecciones financieras de los ingre- sos que efectúe el Pliego, a nivel de Fuente de Financia- miento, muestren un incremento que supere el marcoaprobado en el Presupuesto Institucional. Los recursos provenientes de Saldos de Balance y los nuevos Desembolsos procedentes de operaciones de Endeudamiento y de Donaciones se incorporan, necesa- riamente, mediante la aprobación de Créditos Suplemen-tarios. Los saldos de balance de fuentes de financiamiento diferentes de Recursos Ordinarios, se registran en los formatos de ejecución de ingresos a más tardar al 31 de marzo de 2004. Artículo 30º.- Recursos no monetarios Dado el carácter financiero del Presupuesto del Sec- tor Público, en ningún caso procede la incorporación de recursos no monetarios. Artículo 31º.- Efectos de las Modificaciones Pre- supuestarias en las Metas determinadas por el Plie-go Las Modificaciones Presupuestarias, que se aprue- ben en el Nivel Institucional así como en el Funcional Programático, conllevan al incremento o disminución de la cantidad de las Metas Presupuestarias aprobadas enel Presupuesto Institucional del Pliego o a la creación de nuevas Metas Presupuestarias. Artículo 32º - Redondeo de cifras Los montos que se consignen en las disposiciones que aprueban las Modificaciones Presupuestarias deben registrarse en números enteros. CAPÍTULO V EL COMPROMISO DEL GASTO Artículo 33º.- DefiniciónEl Compromiso del Gasto es un acto a través del cual la autoridad competente afecta mensualmente su presu-puesto institucional, por el total o la parte correspondien- te del gasto que deba efectuar la Entidad dentro del año fiscal 2004. El Compromiso es previo a la realización del gasto por obligaciones contraídas a través de disposición le-gal, contrato o convenio, de acuerdo a lo dispuesto en el presente Capítulo. En ningún caso puede realizarse con posterioridad a la generación de una cuenta por pagaren el Estado ni menos al pago de la misma. El Compromiso afecta parcial o totalmente la Asigna- ción Presupuestaria de la actividad o proyecto aprobado al Pliego en la Ley Anual del Presupuesto y sus modifica- ciones presupuestarias, y su cuantía se determina enforma cierta o aproximada, esta última cuando no pueda calcularse exactamente, dentro del marco establecido por la normatividad presupuestaria vigente. El compromiso no puede exceder los montos aproba- dos a los Pliegos Presupuestarios en las AsignacionesTrimestrales ni los autorizados en los respectivos Calen- darios de Compromisos. El Compromiso no implica obligación de pago. Artículo 34º.- Autoridades CompetentesEl Compromiso del Gasto es competencia de la Ofici- na de Administración, la Oficina de Abastecimientos y/ola Oficina de Personal, o las que hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras, de acuerdo a la operación que se pretenda realizar.