Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2003 (27/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

Pag. 258308

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de diciembre de 2003

(i) En los Grupos Genericos de Gasto "Personal y Obligaciones Sociales" y "Obligaciones Previsionales": * Debe comprender la atencion de la Planilla -de enero a diciembre- correspondiente al personal nombrado y contratado (con vinculo laboral) asi como de los pensionistas, debiendo considerarse los gastos variables y ocasionales, ademas del incremento del numero de pensionistas. * Debe considerar el pago de planillas de naturaleza estacional, con ocasion de Cursos de MORDAZA, adelanto de planillas a docentes que laboran en Zonas y Lineas de Frontera (de acuerdo a lo senalado en el Decreto de Urgencia Nº 067-95), aguinaldos y escolaridad. * Debe considerar el pago de las cargas sociales para el personal con vinculo laboral, conforme a la normatividad vigente sobre la materia. (ii) En el Grupo Generico de Gasto "Bienes y Servicios": * Debe priorizar la atencion de gastos orientados a la prestacion de los servicios directos de la entidad, tales como las tarifas de servicios basicos, asi como de aquellos conceptos que por su caracter permanente son atendidos mensualmente (combustibles, lubricantes, racionamiento, servicios de vigilancia, limpieza, seguridad, PRONOEI y cualquier otra obligacion contractual de ejecucion continuada). * Debe considerar el menor requerimiento de recursos, por factores estacionales que reducen la demanda del financiamiento de las Actividades y Proyectos por debajo de su nivel habitual (caso de los Centros Educativos en periodo vacacional). (iii) En el Grupo Generico de Gasto "Otros Gastos Corrientes": * Debe asegurar los pagos ocasionales que acaeceran durante el ano fiscal, Dietas de los Consejeros y, en los casos que corresponda, debe priorizar la atencion de aquellos gastos orientados al desarrollo de los programas sociales, asi como los correspondientes al cronograma de atencion de aportes internacionales (como es el pago de cuotas internacionales). * Debe asegurar pagos de Impuestos Directos (Impuesto a la Renta, Predial, Vehicular, entre otros) y multas a cargo de la Entidad; conceptos que deben estar previstos, previo a su pago, en el Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2004. (iv) En la Categoria del Gasto "Gasto de Capital": * Debe atender la demanda de gastos que implique el cumplimiento de las Metas Presupuestarias consideradas en los Proyectos aprobados en el Presupuesto Institucional del Pliego. En tal sentido, debe asegurar la atencion de gastos por concepto de obligaciones contraidas por la Entidad por efecto de la suscripcion de los Contratos de Obras vigentes para el ano fiscal asi como de los respectivos cronogramas de ejecucion fisica. * Debe tener en cuenta los factores que inciden en la ejecucion de las Metas Presupuestarias de Proyectos, tales como aspectos climatologicos, etapa del Proyecto y similares, evitando la programacion de recursos que no seran utilizados, con el evidente perjuicio en la programacion de gastos de otros Proyectos. * Debe considerar los niveles de pari-passu para los proyectos financiados con endeudamiento externo y donaciones, debiendo presentar la informacion correspondiente en el Formato Nº 01/GR, "Detalle de los Gastos financiados con Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo, Donaciones y Contrapartida Nacional", a mas tardar el 10 de enero de 2003. * Debe cenirse -en lo concerniente a la programacion de Otros Gastos de Capital- a la disponibilidad resultante

de programar los gastos de Proyectos a que hace referencia el presente numeral, teniendo en cuenta la Escala de Prioridades que el Titular del Pliego establecio durante la etapa de Programacion Presupuestaria. Articulo 11º.- Tratamiento de la Informacion generada en la Programacion Mensual de Ingresos y Gastos La Programacion de Ingresos y Gastos se elabora utilizando el aplicativo "Programacion Mensualizada del Presupuesto 2004", remitido por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico a los Pliegos Presupuestarios, oportunamente. La informacion que el Pliego ingrese en dicho aplicativo, es de caracter oficial y constituye la informacion fuente que coadyuva a la aprobacion, seguimiento y control del MORDAZA Presupuestario de los Pliegos. Articulo 12º.- Responsables de la Programacion Mensual de Ingresos y Gastos Es responsabilidad de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, garantizar la consistencia tecnica de la Programacion Mensual de Ingresos y Gastos, con el objeto de facilitar las acciones de caracter operativo -a cargo de las Unidades Ejecutoras- orientadas al cumplimiento oportuno de las Metas Presupuestarias establecidas para el Ano Fiscal. En los casos de las Unidades Ejecutoras cuyas programaciones mensuales de gastos se encuentren sujetas a determinados lineamientos de politica sectorial, establecidos por Entidades pertenecientes al Gobierno Nacional; la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial debe efectuar la compatibilizacion correspondiente, a efectos de lograr una programacion armonizada con las acciones del Sector al cual se vinculan. Articulo 13º.- La Programacion de las Metas Presupuestarias La Programacion de las Metas Presupuestarias, es el MORDAZA tecnico mediante el cual se efectua el cronograma de la ejecucion fisica de las Metas Presupuestarias establecidas para el ano fiscal, teniendo en cuenta el Plan Anual de Adquisiciones, cronogramas de Desembolsos, cronogramas de Inversion, periodo de cumplimiento de la meta y otros documentos adecuados para el efecto. La Programacion de las Metas Presupuestarias relacionadas a obras se ajusta a las acciones contenidas en el Plan Operativo y no necesariamente a un programa mensual de gastos. La determinacion de los cronogramas de ejecucion fisica, a nivel de cada Meta Presupuestaria, se encuentra a cargo de las areas tecnicas pertinentes, para cuyo efecto, el Titular del Pliego instruye, coordina y asigna las responsabilidades operativas que estime necesarias para su cumplimiento, en atencion a las atribuciones establecidas en el primer parrafo del articulo 8º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209. La informacion a que se refiere el parrafo anterior debe presentarse a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamieto Territorial, para efectos de los procesos vinculados al control y evaluacion presupuestal. Articulo 14º.- MORDAZA del "Reporte Analitico del Presupuesto Institucional de Apertura" La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite a las Unidades Ejecutoras, el documento denominado "Reporte Analitico del Presupuesto Institucional de Apertura", el cual se encuentra detallado a Nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Componente, Meta Presupuestaria, Fuente de Financiamiento, Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto y Especifica del Gasto.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.