Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2003 (27/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de diciembre de 2003

Es responsable de consolidar la informacion relativa a la ejecucion y seguimiento Presupuestario que presentan las Unidades Ejecutoras, asi como de informar al Titular del Pliego sobre el avance experimentado en el cumplimiento de las Metas Presupuestarias. Asimismo, efectua el seguimiento de la disponibilidad presupuestaria para la elaboracion de los Compromisos y propone las modificaciones presupuestarias necesarias para el mejor cumplimiento de las metas, teniendo en cuenta la Escala de Prioridades establecida por el Titular del Pliego. d. La Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora, conforme a lo dispuesto en el articulo 43º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, y el articulo 12º de la Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico - Ley Nº 28112, registra sus ingresos, contrae compromisos, devenga gastos, ordena pagos e informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas bajo su responsabilidad. Asimismo, esta a cargo de la afectacion y registro de la informacion generada por las acciones descritas precedentemente, la que debe hacer de conocimiento, bajo responsabilidad, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Las Unidades Ejecutoras canalizaran a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sus consultas y solicitudes dirigidas a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico sobre la interpretacion o aplicacion de la normativa presupuestaria. Las consultas y solicitudes que no se cinan a lo senalado, no seran atendidas y se procedera a su archivo. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico solo absuelve las consultas que se efectuen a traves de este procedimiento, conforme a las atribuciones que senala el articulo 8º numeral 8.3 de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, a las Gerencias Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Articulo 6º.- Niveles de Coordinacion Institucional El Titular del Pliego, en su condicion de mas alta autoridad ejecutiva, es responsable de emitir los lineamientos operativos necesarios para el trabajo coordinado entre la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territor ial, la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) y las Oficinas Generales de Administracion o instancias analogas, a fin de garantizar la fluidez de la informacion de la Ejecucion Presupuestaria, financiera y fisica. Los niveles minimos de coordinacion deben permitir lo siguiente: a. Realizar Compromisos sujetandose a la Asignacion aprobada en la Ley Anual de Presupuesto Publico (incluidas las modificaciones presupuestarias aprobadas durante el ejercicio), los montos autorizados por las Asignaciones Trimestrales de Gasto y los Calendarios de Compromisos aprobados de manera trimestralizada conforme se establece en el articulo 21º de la presente Directiva. b. Asegurar que las Programaciones Trimestrales de Gastos, se determinen conforme al comportamiento probable de los niveles de ejecucion mensual de gastos durante el trimestre, y sirve de base para la ejecucion del Plan Anual de Adquisiciones, Cronogramas de Desembolsos, Cronogramas de Inversion y otros gastos informados, oportunamente, por las areas organicas competentes a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. c. Garantizar que la informacion de la ejecucion de ingresos, (ingresos efectivamente recaudados, captados u obtenidos), detallada a nivel de MORDAZA de Financiamiento, Categoria, Generica, Subgenerica y Especifica del Ingreso, se encuentre a disposicion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a fin de tenerla en cuenta para efectos de la elaboracion de las Programaciones Trimestrales del Gasto y de la aprobacion de los

Calendarios de Compromisos. d. Contar con la Informacion de la ejecucion fisica del avance de las metas presupuestarias contenidas en las actividades y proyectos, aprobados para el presente ano fiscal. e. Reportar los avances en el cumplimiento de metas, indicadores de gestion y de resultados, a que se refiere el articulo 9º, numeral 9.3 de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 Ley Nº 28128. CAPITULO III APROBACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Articulo 7º.- Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales Los Gobiernos Regionales tienen como competencia exclusiva el de aprobar su Presupuesto Institucional, conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 9º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783. La aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Regionales incluye las transferencias aprobadas en la Ley Anual de Presupuesto asi como los recursos generados en el MORDAZA de competencia de conformidad con la normatividad vigente. Articulo 8º.- Plazo para la aprobacion y remision de los Presupuestos institucionales de los Gobiernos Regionales Conforme a lo senalado en el articulo precedente, el Gobierno Regional aprobara su Presupuesto Institucional a nivel de Ingresos y de Egresos, por Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto y de Fuente de Financiamiento, resultante del MORDAZA de formulacion y aprobacion de la Ley Anual de Presupuesto. Dicha aprobacion se efectua mediante Acuerdo del Consejo Regional y es promulgado por el Presidente Regional a traves de Resolucion Regional de acuerdo al Modelo Nº 01/GR "Resolucion para la Promulgacion del Presupuesto Institucional en los Gobiernos Regionales" en un plazo que no excede del 31 de diciembre del 2003, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Consejo Regional. Los Gobiernos Regionales deberan remitir MORDAZA de sus Presupuestos Institucionales de Apertura dentro de los cinco (05) dias habiles de promulgados a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, a la Contraloria General de la Republica y Congreso de la Republica, adjuntando el Acuerdo Regional y la Resolucion Regional, asi como los Anexos emitidos del Aplicativo Informatico de Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales para el ano fiscal 2004, debidamente visados por el Presidente Regional y el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, los cuales se detallan a continuacion: 1. Presupuesto Institucional de Ingresos por Partidas (Anexo Nº 01 A/GR) Detalle de Ingresos: (Fondo de Compensacion Regional, Canon y Sobrecanon, Participacion en Renta de Aduanas, Recursos Directamente Recaudados, Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno, Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo, Donaciones y Transferencias).

2. Presupuesto Institucional de Egresos por Unidad Ejecutora (Anexo Nº 02 A/GR)

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