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Pág. 236932 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de enero de 2003 lo establecido en la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, de fecha 7 de diciembre del 2001; De conformidad con el artículo 7º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado y los artículos 3º, 4º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las faculta- des conferidas por la Resolución Administrativa Nº 083- 2001-P-PJ, del 8 de agosto del 2001, concordante con el inciso d) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, apro- bado por Resolución Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Poder Judicial para el ejercicio fiscal 2002 que consta en el Anexo, el mismo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que en el Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones Modificado, a que se refiere el artículo anterior, sea puesto a disposición del público en la Subgerencia de Logística, y se remita en el plazo máximo de diez (10) días de aprobado al Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE y la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, publicándose la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS IBÁÑEZ MANCHEGO Gerente General 00437 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen turno especial para conoci- miento de acciones de Hábeas Corpus en la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 006-2003-P-CSJLI/PJ Lima, 3 de enero del 2003 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 194-2002-CE- PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de diciembre del pasado año; se dispuso que las Salas Especializadas en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, deberían de estar confor- madas por tres (3) Vocales Superiores, suprimiéndose la denominación de "corporativas", así como la subes- pecialidad de procesos ordinarios y apelaciones de pro- cesos sumarios, manteniéndose las denominaciones de Reos en Cárcel y de Reos Libres; tal y conforme, este Despacho ha tenido en cuenta al emitir la Resolución Administrativa Nº 001-2003-P-CSJLI/PJ, de fecha 2 de los corrientes; en consecuencia, en lo que respecta a las Salas Superiores Especializadas en lo Penal con Reos Libres, éstas han sido reestructuradas en su numeración, contando a la fecha con seis Salas, y de otra parte en lo que respecta a las Salas Superiores Especializadas con Reos en Cárcel, se cuenta con cua- tro Salas; Que el Artículo Sexto de la Resolución Adminis- trativa Nº 006-2002-P-CSJL-PJ, de fecha 4 del año próximo pasado, se dispuso un turno especial para co- nocimiento de las acciones de Hábeas Corpus, de du- ración de un mes, entre las Salas Superiores Especia- lizadas en lo Penal sin distinción de vía procesal u otra característica accesoria, en los siguientes casos: 1) Cuando las Salas Superiores Especializadas en lo Pe- nal tengan competencia en las Acciones de HábeasCorpus como primera instancia. 2) En los casos de apelaciones de Acciones de Hábeas Corpus; 3) Cuan- do se ponga en conocimiento de la Sala Superior Es- pecializada en lo Penal de turno, las acciones de Há- beas Corpus que se tramiten ante los Juzgados Espe- cializados en lo Penal; por lo que estando a lo expues- to en el primer considerando resulta pertinente dispo- ner lo concerniente al turno especial para la tramita- ción de los Hábeas Corpus, para el presente año judi- cial; Que, es atribución del Presidente de la Corte Supe- rior de Justicia, dirigir la política administrativa y jurisdic- cional en la sede de su jurisdicción, por lo que estando al inicio del presente año judicial, resulta necesario organizar los TURNOS JUDICIALES, para las exigen- cias detalladas en el considerando precedente, que re- girán las Salas Superiores Especializadas en lo Penal, a efectos de hacer factible y organizado el trabajo, manteniendo de esta manera, factibles los canales de interrelación, entre los Juzgados Especializados en lo Penal, la Fiscalía, los Procesados, los Abogados y los Litigantes que acceden a la administración de Justicia en materia penal, en aras de un eficiente y efectivo ser- vicio de Justicia, en beneficio del procesado en condi- ción de libre o detenido; Que, estando a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el turno especial para conocimiento de las acciones de Hábeas Corpus, de dura- ción de un mes, entre las Salas Superiores Especializadas en lo Penal, correspondiente al presente año judicial, confor- me se detalla a continuación: Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel Mes de Enero Sala de Vacaciones con Reos en Cárcel Mes de Febrero Tercera Sala Penal con Reos en Cárcel Mes de Marzo Cuarta Sala Penal con Reos en Cárcel Mes de Abril Cuarta Sala Penal con Reos Libres Mes de Mayo Quinta Sala Penal con Reos Libres Mes de Junio Sexta Sala Penal con Reos Libres Mes de Julio Primera Sala Penal con Reos Libres Mes de Agosto Segunda Sala Penal con Reos Libres Mes de Setiembre Tercera Sala Penal con Reos Libres Mes de Octubre Primera Sala Penal con Reos en Cárcel Mes de Noviembre Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel Mes de Diciembre Artículo Segundo.- DISPONER que las acciones de Hábeas Corpus sean de conocimiento del Juez Especializa- do en lo Penal que se encuentre de Turno. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Gerencia de Personal y Escalafón del Poder Judicial y de la Fiscalía de la Nación, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 00429 Ratifican a magistrado como Presiden- te del Programa del Servicio Civil de Graduandos en Derecho, SECIGRA - DERECHO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 013-2003-P-CSJLI/PJ Lima, 8 de enero del 2003