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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2003 (24/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 248656 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de julio de 2003 1.3 Ejecutor. - Funcionario del Ministerio que dirige el Procedimiento de Ejecución Coactiva. 1.4 Auxiliar.- Funcionario del Ministerio que colabora con el Ejecutor en la realización de sus funciones. 1.5 Procedimiento.- El Procedimiento de Ejecución Coactiva. 1.6 Obligación.- Multa impaga, cualquier otra sanción, medida o disposición impuesta por la autoridad que no hasido cumplida por el administrado y que sea exigible coac-tivamente. 1.7 Deuda.- Monto total a pagar dentro del Procedimien- to. Está compuesto por el monto de la multa, las costas ylos gastos, o por cualquier otra acreencia dineraria exigiblecoactivamente. 1.8 Ley.- Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Eje- cución Coactiva. 1.9 Reglamento.- Decreto Supremo Nº 0069-2003-EF, Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecución Co-activa, y las normas vigentes del Decreto Supremo Nº 0036-2001-EF. 1.10 REC.- Resolución de Ejecución Coactiva. 1.11 Oficina u OEC.- La Oficina de Ejecución Coactiva del Ministerio. 1.12 Órganos.- Dependencias de Ministerio, de com- petencia nacional o regional, encargadas de la imposiciónde sanciones y/o otras obligaciones que tienen mérito deejecución. Artículo 2º.- La potestad de ejecución coactiva El Ministerio se encuentra facultado para exigir coacti- vamente el pago de las multas que aplica, los intereses, losgastos y costas que liquida y el cumplimiento de otras san-ciones y obligaciones que impone, de conformidad con loestablecido en la Sexta Disposición Complementaria, Tran- sitoria y Final de la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- Función del Ejecutor El Ejecutor es el funcionario responsable de la gestión de las cobranzas coactivas en el Ministerio, y de hacer cum- plir por la vía coactiva las otras obligaciones impuestas por éste. Dirige y supervisa la tramitación de los procedimien-tos iniciados y ejerce en nombre del Ministerio las accio-nes de cobranza y ejecución coactiva. El Ejecutor realiza sus funciones con autonomía y suje- ción a la ley, velando por la celeridad, legalidad, economía y eficacia del Procedimiento. Artículo 4º.- Facultades del Ejecutor Es facultad del Ejecutor: a) Verificar la exigibilidad de las sanciones y otras obli- gaciones administrativas. b) Iniciar el Procedimiento mediante la emisión de la Resolución de Ejecución Coactiva – REC. c) Ordenar, variar o sustituir las medidas cautelares a fin de garantizar el pago de la deuda o el cumplimiento dela obligación. d) Adoptar cualquier otra disposición o medida tendien- te al pago de la multa o al cumplimiento de la obligación,tales como, requerimientos de pago, comunicaciones, pu-blicaciones, colocación de carteles y afiches, registro delos deudores en las centrales de riesgo, etc. e) Ejecutar las garantías otorgadas a favor del Ministe- rio dentro o fuera del Procedimiento. f) Tramitar directamente alguno de los expedientes co- activos. g) Supervisar la tramitación de los expedientes asigna- dos al(los) Auxiliar(es). h) No admitir escritos y acciones que entorpezcan la tramitación del procedimiento o la realización de las dili- gencias. i) Supervisar el correcto diligenciamiento de las notifi- caciones de los documentos coactivos. j) Requerir a los órganos y proyectos del Ministerio, a las entidades públicas y privadas información y documen- tación relativa a los obligados. k) Comparecer, cuando corresponda, ante instancias judiciales por procesos derivados del cumplimiento de susfunciones. l) Solicitar autorización judicial para hacer uso de medi- das como el descerraje y similares. m) Dar fe de los actos en los que interviene. n) Suspender el Procedimiento de conformidad a las causales establecidas en la Ley. o) Pronunciarse sobre las tercerías de propiedad.p) Disponer la devolución de los bienes en los casos en los que corresponda conforme a ley. q) Las demás que son propias del ejercicio de sus fun- ciones. Artículo 5º.- Competencia del Ejecutor El Ejecutor Coactivo del Ministerio tiene competencia en todo el territorio nacional para exigir coactivamente, san-ciones y otras obligaciones impuestas por los órganos delMinisterio de competencia nacional y regional. Artículo 6º.- Función y facultades del Auxiliar El Auxiliar Coactivo tiene como función colaborar con el Ejecutor; realiza las acciones y tareas encomendadas poréste, con el propósito de garantizar la eficacia de la co-branza, la celeridad de los procedimientos y el adecuado funcionamiento de la Oficina. Sus facultades y obligacio- nes son las siguientes: a) Tramitar con celeridad y custodiar los expedientes coactivos a su cargo. b) Realizar las diligencias, acciones y tareas ordena- das por el Ejecutor. c) Elaborar informes y cualquier otra documentación de su competencia. d) Suscribir las cédulas de notificación, actas, informes, requerimientos coactivos, comunicaciones, publicacionesy demás documentos que los ameriten. e) Concurrir a las reuniones que le competen o a aque- llas para las que ha sido delegado por el Ejecutor. f) Las demás facultades que le reconoce la Ley, el Re- glamento o le delegue el Ejecutor. Artículo 7º.- Colaboración con los funcionarios co- activos Los servidores, funcionarios y personal del Ministerio, prestarán toda su colaboración al Ejecutor, Auxiliar y engeneral a todo el personal de la Oficina de Ejecución Coac-tiva-OEC. Al más breve plazo remitirán la información ydocumentación solicitada y diligenciarán lo dispuesto por éste. Artículo 8º.- Naturaleza y características del Proce- dimiento Durante el Procedimiento, el Ejecutor está facultado para exigir compulsivamente el pago de la sanción, los intere- ses, las costas y los gastos, o el cumplimiento de la obliga- ción, velando por la celeridad del mismo, la simplicidad delos actos, la observancia de los plazos, la adopción y eje-cución oportuna de las medidas cautelares, la legalidad yel respeto de los derechos de los obligados. Artículo 9º.- Notificación de las resoluciones La notificación de las resoluciones emitidas dentro del Procedimiento, deben realizarse conforme a las dis-posiciones establecidas en el Capítulo III, Título I de laLey Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral. Los otros documentos y medidas de cobranza se- rán notificadas de acuerdo a las indicaciones dadas por el Ejecutor. La Oficina de Ejecución Coactiva supervisa directamente el diligenciamiento de las notificaciones por parte de laempresa de mensajería, e instruye al personal de ésta res-pecto a las formas y formalidades de la notificación. Artículo 10º.- Costas y gastos El Ejecutor liquidará las costas y gastos del Procedi- miento de acuerdo al arancel aprobado para el efecto. Enel caso de los gastos adjuntará la documentación susten-tatoria. La liquidación de las costas y gastos se realiza con- forme se vayan produciendo y los montos totales pueden ser incluidos en las resoluciones que se emitan dentro delProcedimiento. Artículo 11º.- Acumulación de expedientes Cuando existan dos (2) o más multas impuestas a una persona o se tramiten varios expedientes respecto de un mismo obligado, el Ejecutor podrá disponer suacumulación en observancia de los principios de cele-ridad, economía y eficacia de la cobranza. Los expe-dientes acumulados tomarán el número del más anti-guo, seguido de la abreviatura ACUM y se tramitarán como uno sólo a partir de la fecha en que se dispuso su acumulación. En caso la acumulación de expedientes dificulte su tra- mitación, éstos pueden ser desacumulados.