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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (03/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 245358 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de junio de 2003 Que, estando a lo expuesto, es necesario otorgar la respectiva Resolución Ejecutiva al postulante que ha ocupado el primer puesto de la Procuraduría Pública Regional de Huánuco; Estando con las visaciones correspondientes; y, En uso de las facultades y atribuciones otorgadas a la Presidenta Regional, en virtud de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgá- nica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902 y atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizaciones y funciones del Gobierno Regional Huánuco aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003-CRH; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al abogado PEDRO NAPOLEÓN LINARES BELLIDO como Procurador Público Regional del Gobierno Regional Huá- nuco. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Re- solución Ejecutiva Regional, a la Presidencia del Conse- jo de Ministros, a todos los Ministerios del Poder Ejecuti- vo, al Presidente del Consejo Nacional de Descen- tralización, al Gerente General Regional del Gobierno Regional de Huánuco, a los Representantes del Poder Ejecutivo y los Órganos Estructurales del Gobierno Re- gional Huánuco. Regístrese, comuníquese y archívese.LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 10333 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Recepcionan la ejecución de obras de habilitación urbana de la Urbanización "Santa Isolina" III Etapa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 265-2003-A/MC Comas, 7 de mayo de 2003 Visto los Expedientes Nº 33160 del 28 de diciembre de 1998 y Nº 03196 del 17 de febrero de 1999, presenta- do por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Expe- diente Nº 01240 del 22 de enero de 1999, Nº 18204 del 19 de agosto de 1999, Nº 19637 del 6 de setiembre de 1999, Nº 5665 del 28 de marzo del 2000 y Nº 2711 del 14 de febrero del 2003 seguidos por el Ing. Jorge Gallegos Paredes, Director Gerente de la Urbanizadora y Servi- cios Carabayllo S.A., quien solicita la recepción de Obras de la Habilitación Urbana correspondiente a la urbani- zación Santa Isolina III etapa del distrito de Comas, pro- vincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, según el Art. 03 de la Ley General de Habilita- ciones Urbanas Nº 26878, Ley Nº 27135, Decreto Supre- mo Nº 11-98-MTC, Reglamento Nacional de Construccio- nes, y Texto Único de Procedimientos Administrativos, es competencia de las Municipalidades Distritales, den- tro de su jurisdicción conocer y aprobar las solicitudes de Habilitaciones Urbanas que presenten las personas naturales o jurídicas, asociaciones y/o cooperativas, entre otros; Que, el recurrente ha cumplido con presentar la si- guiente documentación: a) Formulario-solicitud de Habilitación Urbana. b) Resolución de Aprobación de la Habilitación Urba- na Nº 206-98-MLM-DMDU. c) Certificado de Conformidad de Obras de SEDA- PAL, de fecha 2 de junio de 1999.d) Certificado de Conformidad de Obras de EDEL- NOR, de fecha 26 de abril de 1999. e) Declaración Jurada de Cumplimiento de Normas Técnicas, de fecha 23 de agosto de 1999. f) Planos de Replanteo (03). g) Memoria Descriptiva (03). h) Copia Simple de la Escritura, otorgada por la Urba- nizadora y de Servicios Carabayllo S.A. a favor del Mi- nisterio de Educación. i) Pago por Inspección Técnica, Recibo Nº 3079, de fecha 13 de enero del 2000. Que, por Resolución Nº 414-96-MLM-DMDU, de fe- cha 31 de diciembre de 1996, se aprobó los Estudios Preliminares de Habilitaciones Urbanas para Uso Resi- dencial de Densidad Media R-4, Equipamiento Educati- vo E-2 y de Salud H-2; Que, mediante la Resolución Nº 206-98-MLM-DMDU, se aprobó el Proyecto Definitivo de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo para Uso Residencial de Densidad Media R-4, Equipamiento Educativo E-2 y de Salud H-2 del terreno de 36,000.00 m² denominada urbanización "Santa Isolina" III Etapa, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; asimismo se autorizó la ejecu- ción de las Obras de Habilitación Urbana y la venta ga- rantizada de los lotes comprendidos en el área útil de vivienda de 10,162.67 m²; Que, en la Resolución Nº 007-99-MML/DMDU-DGO- DDU, se autoriza la independización en 4 (cuatro) subparcelas del terreno, de las 36,000.00 m² constitui- dos por la subparcela 1, subparcela 1-A con 18,307.64 m² (Residencial "R-4"), subparcela 1-B con 12,000.00 m² (Equipamiento Educativo "E-2"), subparcela 1-C con 2,000.00 m² (Equipamiento salud "H-2") y subparcela 1- D con 3,692.36 m² (Vía Metropolitana); La Urbanizadora y de Servicios Carabayllo S.A. soli- cita una resolución rectificatoria de la Resolución de Al- caldía Nº 344-00-A-M/C que fue emitida el 12 de abril del 2000. Porque la Oficina Registral de Lima y Callao (Ofici- na Lima) ha realizado unas observaciones de: Vista la Resolución de Alcaldía Nº 344-00-A-M/C del 12-4-00, emitida por la Municipalidad de Comas y la Resolución de Alcaldía Nº 11240 del 27-3-01, emitida por la Munici- palidad Metropolitana de Lima, se aprecia que no se ha determinado la distribución final de las áreas, que inte- gran el área recepcionada, y los aportes que están ins- critos en la Partida Electrónica (de Registros Públicos) Nº 11115207 de la subparcela 1-A, Residencial R-4 con un área de 18,307.64 m²; Lo cual se requiere a fin de proceder a la inscrip- ción de los lotes y sus áreas según Memoria Descrip- tiva. Con relación al aporte del 2% a favor del Ministe- rio de Educación que corresponde a la subparcela 1- A, zonificada semirresidencial R-4 está cubierto den- tro de la donación efectuada al Ministerio de Educa- ción de la subparcela 1-B de 12,000.00 m² conforme está inscrito en la Partida Electrónica Nº 11115210 de Registro Público. En la Resolución Nº 007-99-MML/ DMDU/DGO-DHU del 3-2-99 Art. 2º y Art. 3º, se co- rrobora lo anterior; En la Partida Electrónica Nº 11115207 de Registro Público, corre inscrito que el área de 2,013.84 m² ha sido determinada como área de aporte para recreación públi- ca a favor de la Municipalidad de Comas; En la Partida Electrónica Nº 11115210 de Registros Públicos, indica el aporte que otorga la Urbanizadora y de Servicios Carabayllo S.A. a favor del Estado - Minis- terio de Educación con fines educativos; Que, SEDAPAL con carta Nº 1086-99/ET-N de fecha 2 de junio de 1999, recepciona las Obras de Agua Pota- ble y Alcantarillado de la Habilitación Urbana "Santa Iso- lina" III Etapa. Asimismo, mediante Carta SP-PYO-99- 156 de fecha 26 de abrl de 1999, EDELNOR comunica y da conformidad a la obra ejecutada en la urbanización antes mencionada; Estando al Informe Nº 009-2000-DCHULC-DDU/MC, de fecha 20 de enero del 2000 de la División de Catastro y Habilitaciones Urbanas y Licencia de Construcción, por el cual señala que la RECEPCIÓN DE OBRA es conforme al Plano de Replanteo adjunto; En uso de las facultades que confiere la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades y con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Urbano, Oficina de Asesoría Legal y Dirección Municipal;