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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (07/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 245634 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de junio de 2003 del primero de junio del año 1956, que contribuyó significa- tivamente a lograr el retorno de la democracia en nuestropaís. Artículo Segundo.- HACER CONOCER el tenor del pre- sente acuerdo a la Presidencia, Secretaría General, De- partamental y Distrital del Partido Acción Popular. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 10607 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan plazo para presentación de declaraciones juradas y pago de pri- mera y segunda cuotas trimestrales del impuesto predial ORDENANZA MUNICIPAL Nº 055-MVES Villa El Salvador, 29 de mayo del 2003 Visto: El Informe Nº 122-03-MVES/OR de fecha 28.5.2003, suscrito por el Director de la Oficina de Rentas; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que se ejerce a través de Ordenanzas conrango de ley; Que, asimismo las Municipalidades son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi-trios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, mediante Ordenanzas Nº 049-MVES, se autorizó la emisión mecanizada de la Declaración Jurada del Im-puesto Predial y su correspondiente recibo de pago, esta-bleciéndose como fecha de vencimiento del pago del 1er.Trimestre del Impuesto Predial el 31 de marzo del 2003,autorizándose a la vez la Declaración Jurada Masiva de Datos gratuita de actualización de información relativa al impuesto predial; Que, mediante Ordenanza Nº 052-MVES, entre otros, se prorrogó hasta el 30 de abril del 2003, el plazo para lapresentación de la Declaración Jurada y el pago de laprimera cuota trimestral del Impuesto Predial, y se ratificó la gratuidad de la Declaración Jurada de actualización del Impuesto Predial, así como la condonación del pago decualquier clase de multa; Que, mediante Ordenanza Nº 054-MVES, entre otros, también se prorrogó hasta el 30 de mayo del 2003 el plazopara la presentación de la Declaración Jurada y el pago de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial, ratificán- dose la gratuidad de la Declaración Jurada de actualiza-ción de datos del Impuesto Predial, así como la condona-ción del pago de cualquier clase de multa; Que, mediante Documento Nº 4798 del 26.5.03, el Asen- tamiento Humano Virgen de la Candelaria, Asentamiento Humano Proyecto Integral Pachacámac Sector Ampliación Max Uhle, y otros, manifiestan que con motivo de estar adportas la fecha de vencimiento para la actualización dedatos a ser incorporados en el Impuesto Predial y no ha-biéndose llevado dicha campaña en la zona del ParqueMetropolitano, que comprende a 11 Asentamientos Huma- nos con más de 12,000 predios, y que el otorgamiento de un mayor plazo pasa por la decisión política de la Comisiónde Administración y Rentas, y que sumado a casos simila-res para poder lograr a cabo una buena campaña de ac-tualización de datos, con el fin de evitar problemas que sepuedan presentar de no lograrse una ampliación del plazo de la campaña predial, solicitan la presentación de una moción que respalde dicho pedido; Que, mediante Informe Nº 122-03-MVES/OR, la Direc- ción de Rentas, hace de conocimiento que al existir elpedido de la población solicitando la ampliación de losplazos de la campaña predial a efectos de cumplir con susobligaciones tributarias, y teniendo en cuenta que la natu- raleza del pedido proviene por propia iniciativa de la mis-ma, considera que debe evaluarse la procedencia de lamisma a favor del vecindario y los contribuyentes; Que, ante el pedido de la población, se considera conveniente seguir prorrogando los plazos señalados enlas Ordenanzas anteriores, referidas entre otros al plazode vencimiento del pago de la primera cuota trimestral delImpuesto Predial, el plazo para la presentación de la De-claración Jurada Masiva, así como el plazo de vencimiento del pago de la segunda cuota trimestral del Impuesto Pre- dial, para que el vecindario pueda cumplir con sus obliga-ciones tributarias y pueda acogerse a los beneficios otor-gados; Estando a lo informado, contando con la opinión legal favorable de la Dirección de Asesoría Jurídica expresada mediante Informe Nº 772-2003-OAJ/MVES de fecha 29.5.2003 y en uso de las atribuciones conferidas en elinciso 8) del Art. 9º de la Nueva Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972, con el Voto Unánime del ConcejoMunicipal, se expide la presente: ORDENANZA Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 30 de junio del 2003, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas yel pago de la primera y segunda cuota trimestral del Im-puesto Predial de la jurisdicción de Villa El Salvador, sin las multas e intereses correspondientes. Artículo 2º.- Ratificar la gratuidad de la Declaración Jurada de actualización de datos del Impuesto Predial,así como la condonación de cualquier clase de multa;respecto de dichas declaraciones y de transferenciasde inmuebles, para los vecinos que cumplan con efec- tuar su Declaración hasta el 30 de junio del 2003, con los mismos requisitos establecidos en la anterior Orde-nanza Nº 054-MVES, pudiendo acogerse los expe-dientes en trámite. Artículo 3º.- Ratificar el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 052-MVES, y el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 054-MVES, respecto a que la incorporación como poseedores o tene- dores mediante la presente Declaración Jurada Masiva sólotiene efectos de prestación tributaria, no constituyendoreconocimiento de otros derechos de naturaleza civil, co-mercial u otros distintos a los tributarios. Artículo 4º.- Establézcase como horario de atención para la presente Campaña, tanto en el Palacio Municipal como en las Agencias Municipales, el que a continuaciónse detalla: - De lunes a viernes de 08.00 hrs. a 17.00 hrs. - Sábados de 08.00 hrs. a 12.00 hrs. - Domingo 29 de junio de 08.00 hrs. a 12.00 hrs. Artículo 5º.- Encargar a la Dirección Municipal en coordinación con la Secretaría General de Concejo, Ofici-na de Rentas, Oficina de Administración y Agencias Muni-cipales de Desarrollo el cumplimiento de la presente Orde- nanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 10654 Aprueban Reglamento de Implementa- ción y Funcionamiento del Depósito Municipal de Vehículos Menores ORDENANZA MUNICIPAL Nº 056-MVES Villa El Salvador, 29 de mayo del 2003 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR EN SESIÓN EXTRAORDINARIADE LA FECHA; Visto: el Dictamen de la Comisión Permanente de Regi- dores de los Servicios Comunales, de fecha 29.5.2003;