TEXTO PAGINA: 65
PÆg. 245627 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de junio de 2003 CONSUCODE/PRE, se formula y presenta el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL PROYECTO INTEGRADO PRORRIDRE PRASTER, del ejercicio 2003; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar en vía de regularización el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL PROYECTO INTEGRADO PRORRIDRE PRASTER, delejercicio fiscal 2003, conteniendo en todas sus partes y anexos correspondientes y que forman parte integrantes de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Publíquese el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones del Proyecto Integrado PRO- RRIDRE PRASTER, en el Diario Oficial El Peruano, dentrode los diez (10) días posteriores a su aprobación. Artículo Tercero.- Encárguese a la Dirección de Admi- nistración y a la Comisión Permanente de Adquisiciones yContrataciones e instancias administrativas competentes, la Ejecución del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones del Proyecto Integrado PRORRIDRE PRASTER. Artículo Cuarto.- Póngase en conocimiento de la pre- sente Resolución, a las dependencias correspondientes PRORRIDRE PRASTER y de las instancias respectivas delGobierno Regional Puno. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN LUIS ORTIZ VALENCIA Director Ejecutivo 10745 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Convocan a elecciones de representan- tes de las organizaciones de la socie-dad civil para la conformación del Con- sejo de Coordinación Regional DECRETO REGIONAL Nº 003-2003-REGIÓN CALLAO-PR Callao, 5 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27902 "Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, para regular la participación de los alcaldes provinciales y de la sociedad civilen los Gobiernos Regionales y fortalecer el proceso de des- centralización y regionalización", se incluyó al Consejo de Co- ordinación Regional dentro de la estructura básica de los Go-biernos Regionales como un órgano consultivo y de coordina- ción del Gobierno Regional con las municipalidades, el mismo que estará constituido por los Alcaldes Provinciales y por losrepresentantes de la Sociedad Civil; Que, de conformidad con los artículos 8º, 9º, 10º y 11º del Reglamento del Consejo de Coordinación Regional, se apertu-ró el Libro de Registro Regional de las Organizaciones de la Sociedad Civil y se inició la inscripción de las organizaciones y de sus delegados legalmente acreditados e interesados enparticipar en las elecciones para elegir a sus representantes los mismos que constituirán el Consejo de Coordinación Regio- nal por un período de dos (2) años; Que, la Primera Disposición Transitoria del Reglamento del Consejo de Coordinación Regional, establece que esta presidencia, bajo responsabilidad, convocará mediante De-creto Regional a elecciones de los representantes de la So- ciedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional; Que, el presente Decreto Regional cuenta con la apro- bación del Directorio de Gerencias Regionales, y de acuer- do a los artículos 21º inciso d) y 40º de la Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales"; SE RESUELVE: Artículo Único.- Convocar a Elecciones de los Repre- sentantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil parala conformación del Consejo de Coordinación Regional, a llevarse a cabo el día 12 de junio del 2003, a partir de las 8.30 a.m. hasta las 4.00 p.m. en el local institucional del Gobierno Regional, ubicado en la Av. Juan Pablo II Nº 140,Bellavista - Callao. Regístrese y comuníquese.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 10742 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza N” 128 de la Municipalidad Distrital de Santiago deSurco, que establece el marco de arbi-trios municipales para el aæo 2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 067 Lima, 22 de mayo de 2003 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de mayo de 2003, el Oficio Nº 333-2003-SG-MSS de la Muni-cipalidad Distrital de Santiago de Surco de fecha 4 de abrilen curso, solicitando ratificación de la Ordenanza Nº 128, que aprueba los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2003, en su jurisdic-ción; De conformidad con lo opinado por la Comisión de Eco- nomía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 037-2003-MML-CEPP; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 94º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las contribuciones, ar-bitrios, derechos y licencias se aprueban por la munici-palidad mediante Edictos (hoy Ordenanzas) con el votoconforme de no menos de la mitad del número legal de miembros del Concejo. Además, establece que los dis- positivos aprobados por las Municipalidades Distritalesrequieren de la ratificación del Concejo Provincial parasu vigencia; Que, por otro lado, la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, establece que anualmente se aprobarán los criterios de determinación y los importes a pagar por concepto de arbitrios; Que, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 211, la Municipalidad Metropolitana de Lima, regula el Procedi-miento de Ratificación de Ordenanzas de carácter tributa-rio expedidas por las Municipalidades Distritales de la pro- vincia de Lima, mencionando en su artículo 5º que el expe- diente de ratificación debe ser remitido por el SAT a estaComisión, adjuntando el informe correspondiente; Que, con Oficio Nº 333-2003-SG-MSS, la Municipali- dad Distrital de Santiago de Surco en cumplimiento de lasnormas precitadas, remite la Ordenanza Nº 128 que regula el Marco de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2003 en su jurisdic-ción, a fin de que se proceda a su ratificación; Que, asimismo, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, emite el Informe Nº 04-90-00000870, señalandoque la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, ha cumplido con los requisitos legales y técnicos que exige la Ordenanza Nº 211-MML, adjuntando la Exposición deMotivos, Informe Técnico, Informe Legal, copia autentica-da del Texto de la Ordenanza sometida a ratificación, copiaautenticada del Acta de Sesión de Concejo Distrital en lacual consta la aprobación por mayoría de la Ordenanza sometida a ratificación, copia de los antecedentes norma- tivos y copia de la publicación de la Ordenanza materia deratificación;