Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2003 (07/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 7 de junio de 2003

Que, el articulo 2º de la Ordenanza Nº 128-MSS, establece como contribuyentes a los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier titulo o sin el. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirira la calidad de responsable por el pago del tributo el poseedor del predio; Que, asimismo, en el articulo 3º se indica que la condicion del contribuyente se configura en el primer dia calendario de cada trimestre que corresponda la obligacion. Cuando se efectue cualquier transferencia, la obligacion tributaria para el MORDAZA propietario nacera en el trimestre siguiente al que se adquirio la condicion de propietario; Que, el SAT con relacion al articulo precitado, senala que guarda concordancia con lo regulado en el articulo 6º, en donse se establece la periodicidad mensual de los Arbitrios Municipales, los mismos que deben cancelarse dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza; Que, en el articulo 4º se define los servicios por los cuales se van a cobrar los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, cuyos montos recaudados seran destinados unica y exclusivamente a financiar el costo de dichos servicios, de conformidad con el articulo 11º de la Ordenanza; Que, el articulo 8º de la MORDAZA materia de ratificacion, se fija los criterios de distribucion del costo de los arbitrios regulados en la Ordenanza, los mismos que son: valor del predio determinado en la declaracion jurada de autoavaluo, el uso o actividad en el predio, el valor de la unidad impositiva tributaria vigente al mes de enero de cada ano; Que, cabe senalar, que la Ordenanza Nº 128-MSS no determina el monto de los arbitrios, por lo que no es necesario la MORDAZA de ningun informe tecnico ni realizar un analisis de los costos de los servicios a prestar; Que, en consecuencia, del analisis efectuado por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT a la Ordenanza Nº 128, que regula los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2003, en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, se concluye que se encuentra conforme a la normatividad vigente dentro de lo establecido por el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal y demas normas vigentes; ACORDO: Articulo Unico.- Ratificar la Ordenanza Nº 128 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, que establece el MORDAZA de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2003 en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10669

Que, el numeral 4) del articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, consagra la competencia de las Municipalidades para crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, respetando los principios de legalidad, igualdad y respeto de los derechos fundamentales y no confiscatorios; Que, el inciso b) del articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributacion Municipal- dispone que para la modificacion de las tasas y contribuciones las Municipalidades no tienen ninguna limitacion legal; Que, por otro lado, conforme al numeral 7 del articulo 68º de la Ley Organica de Municipalidades, corresponde a estos organos otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento; Que, la actual gestion dentro de su politica de desarrollo integral del distrito, ha visto por conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes del distrito para que regularicen sus obligaciones tributarias; Que, visto el Informe Nº 210-2003-SGRT/GR/MDI de la Subgerencia de Registro Tributario y Recaudacion de la Gerencia de Rentas, el cual senala la conveniencia de otorgar un beneficio de reduccion de arbitrios para los contribuyentes que dediquen parte de su unico predio a una actividad economica autorizada; Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN BENEFICIO DE REDUCCION DE ARBITRIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE DEDIQUEN PARTE DE SU UNICO PREDIO A ACTIVIDADES ECONOMICAS Articulo 1º.- Establezcase un beneficio a los propietarios de un unico inmueble cuyo uso principal sea de MORDAZA habitacion, posea ademas un establecimiento comercial o de servicios independizado ante los registros publicos o ante la administracion municipal, cuyo valor no supere el 35% del total del predio y ademas posea la respectiva licencia de funcionamiento a nombre del propietario y/o conyuge, o hijos debidamente acreditados. Dicho beneficio se establecera en una reduccion del 50% del monto de los arbitrios municipales correspondientes a la parte del predio dedicada a establecimiento comercial o de servicio. El presente beneficio se aplicara de oficio o a pedido de parte. En este ultimo caso, se presentara una solicitud simple acompanada, segun corresponda del documento probatorio de la propiedad y MORDAZA fedateada de la autorizacion municipal de funcionamiento. POR TANTO:

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Establecen beneficio de reduccion de arbitrios para los contribuyentes que dediquen parte de su unico predio a actividades economicas
ORDENANZA Nº 043-2003-MDI
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria celebrada el dia veintidos de MORDAZA del dos mil tres, visto el Informe Nº 0030-2003-GAJ/MDI sobre el Proyecto de Ordenanza que establece beneficio de reduccion de arbitrios para los contribuyentes que dediquen parte de su unico predio a actividades economicas;

Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10696

Modifican disposiciones referidas a los Arbitrios Municipales para el ano 2003
ORDENANZA Nº 044-2003-MDI
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria celebrada el dia veintidos de MORDAZA del dos mil tres, visto el Informe

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