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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (19/06/2003)

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Pág. 246236 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de junio de 2003 tando permiso de operación para prestar servicio de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasaje-ros); CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001- MTC se aprobó el Reglamento de Transporte FluvialComercial, en el cual se establecen las normas téc-nicas y legales a las cuales deberán sujetarse laspersonas naturales y jurídicas que prestan éste ser-vicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del trans- porte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expe-dir los permisos de operación a las empresas navierasnacionales; Que, don WILMER SALDAÑA LOZANO, cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Regla-mento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servi-cio de transporte fluvial mixto (de carga y pasajeros), entráfico nacional y en servicio regular, en la zona de Sel-va; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº10000397267; Que, mediante informe Nº 068-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimo-dal, así como del Informe Nº 089-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operación presentada, por lo que resultaprocedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC yDecreto Supremo Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de don WILMER SALDAÑA LOZANO, para pres-tar servicio de transporte fluvial mixto (de carga y pasa- jeros), en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotajeSERVICIO : Regular: ruta: Pucallpa - Iquitos y vi- ceversa TRANSPORTE : Mixto (Carga y P asajeros) Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refie- re el artículo precedente será atendido con la embarca-ción de su propiedad denominada: MF- “San Miguel” con matrícula PA-7465-MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años,computados a partir de la fecha de la publicación en elDiario Oficial El Peruano; la renovación deberá ser solici-tada por el recurrente a la Dirección General de Trans- porte Acuático del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones con anticipación de sesenta (60) días calen-dario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado implica la obligación por parte de la empresa de so-meterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse alas normas modificatorias y complementarias que seexpidan sobre la materia, así como a las disposicio-nes y directivas que dicte la Dirección General deTransporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas queprestan servicio de Transporte Fluvial, en la forma esta-blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-cial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, a las Capitanías de Puerto de Pucallpa y Iquitos y a laDirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Loreto. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General de Transporte Acuático 09473 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aceptan renuncia del Representante Titular de los Trabajadores ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios delPoder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 112-2003-P/PJ Lima, 17 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 5 de junio del 2003, el señor Gregorio Fabián Pérez Parco, ha formuladorenuncia irrevocable ante la Comisión Permanentede Procesos Administrativos Disciplinarios del PoderJudicial, en representación de los Trabajadores, su- jetos al Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 5º de la Resolución Administrativa de la Presidencia delPoder Judicial Nº 081-2003-P/PJ de fecha 30 de abril del2003, es necesario autorizar la convocatoria del Proce- so Electoral para designar a los nuevos Representantes Titular y Suplente de la citada Comisión, conforme lodispone el Artículo 165º del Reglamento de la Ley deBases de la Carrera Administrativa y Remuneracionesdel Sector Público; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4) del Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ACEPTAR a partir de la fecha la renuncia irrevocable, formulada por el señor Gre- gorio Fabián Pérez Parco, como Representante Titu-lar de los Trabajadores ante la Comisión Permanentede Procesos Administrativos Disciplinarios del PoderJudicial, dándoles las gracias por los servicios pres-tados. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la convocatoria del Proceso Electoral para elegir a los Representantes Titu-lar y Suplente de los Trabajadores del Poder Judicial,ante la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios, encargándose dicho Proceso a laGerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Geren- cia General. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, para su cono-cimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 11517