Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2003 (19/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 19 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Crean la Fiscalia Provincial Ad Hoc de Prevencion del Delito en Asuntos de Control Gubernamental, que competen a la Contraloria General de la Republica y de organos que conforman el Sistema Nacional de Control
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 903-2003-MP-FN MORDAZA, 17 de junio de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, en el ejercicio de las funciones del Ministerio Publico, la Constitucion y su Ley Organica garantizan su plena autonomia para la defensa de la legalidad y de los intereses publicos tutelados por el Derecho; velar por la recta administracion de justicia, conducir las investigaciones de delitos y ejercer la accion penal; Que, la Ley Organica de la Contraloria General y del Sistema Nacional de Control Nº 27785 de fecha 22 de MORDAZA del 2002, dispone que el Ministerio Publico, coadyuve al mejor cumplimiento del Control Gubernamental mediante la creacion de una Fiscalia Provincial Ad-hoc; Que, mediante Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 1344-2002-MP-FN, de fecha 22 de MORDAZA del 2002, se resolvio aprobar la Directiva Nº 11-2002-MP-FN, mediante la cual, a los efectos de cumplir con un efectivo y oportuno cauce de las acciones tendentes a salvaguardar la gestion y manejo de bienes y recursos publicos, se dispuso que las denuncias por delitos en agravio del Estado provenientes de Informes de Auditoria, Examenes Especiales e Investigaciones que llevan a cabo la Contraloria General de la Republica y los organos que conforman el Sistema Nacional de Control, MORDAZA asumidas por los Fiscales Superiores y los Fiscales Provinciales en toda la Republica, de manera prioritaria y adecuada; Que, una de las funciones del Ministerio Publico, asignadas por la ley de su creacion, esta referida a la defensa de los derechos ciudadanos y la prevencion del delito, asi como representar en los procesos judiciales a la sociedad; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear la Fiscalia Provincial AdHoc de Prevencion del Delito en Asuntos de Control Gubernamental, que competen a la Contraloria General de la Republica y de los organos que conforman el Sistema Nacional de Control. Articulo Segundo.- La Fiscalia Provincial Ad-Hoc de Prevencion del Delito en Asuntos de Control Gubernamental, es de turno permanente y con competencia en el Distrito Judicial de Lima. Articulo Tercero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Ad-Hoc de Prevencion del Delito en Asuntos de Control Gubernamental. Articulo Cuarto.- Nombrar al doctor Yonel MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Ad-Hoc de Prevencion del Delito en Asuntos de Control Gubernamental. Articulo Quinto.- El Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, se encargara de prestar el apoyo necesario al Fiscal Provincial Ad-Hoc de Prevencion del Delito en Asuntos de Control Gubernamental. Articulo Sexto.- La Gerencia General se encargara de la implementacion y dotacion de personal necesario para el funcionamiento de la Fiscalia creada. Articulo Setimo.- Dejar sin efecto toda Resolucion de nombramiento o designacion que se oponga a la presente Resolucion. Articulo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Contralor General de la Republica, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia

Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 11543

Nombran Fiscal Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA en el Despacho de la Fiscalia Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 911-2003-MP-FN MORDAZA, 18 de junio de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Superior en el Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA Casachagua MORDAZA, Fiscal Adjunta Provincial Titular de MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial en lo Civil de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 578-2003MP-FN, de fecha 21 de MORDAZA del 2003. Articulo Segundo.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA Casachagua MORDAZA, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo, con retencion de su cargo de carrera. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 11544

Nombran fiscales adjuntos provinciales provisionales de los Distritos Judiciales de MORDAZA y La MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 912-2003-MP-FN MORDAZA, 18 de junio del 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial en lo Civil de MORDAZA, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial en lo Civil de Lima.

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