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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2003 (08/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 240385 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de marzo de 2003 Regístrese comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones DIRECTIVA Nº 001-2003/DP-PAD DESPLIEGUE TERRITORIAL DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO I FINALIDAD La presente Directiva tiene como finalidad establecer los lineamientos generales para el despliegue territorial de la Defensoría del Pueblo y el ámbito geográfico ymarco de competencia de las Oficinas Defensoriales 1, así como los niveles de coordinación entre éstas y con las Adjuntías, Programas Especiales y Oficinas de Apo-yo de Asesoría. II BASE LEGAL1. Artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú. 2. Artículo 32º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520. 3. Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 12-2001/DP. 4. Resoluciones de creación de Oficinas de la Defen- soría del Pueblo y de designación de sus titulares. III LINEAMIENTOS GENERALES1. El despliegue territorial de la Defensoría del Pueblo tiene la finalidad de extender los servicios de protecciónde derechos y de supervisión de la administración esta- tal y la prestación de los servicios públicos en todo el territorio nacional, conforme al mandato constitucional ylegal. 2. Las estrategias y acciones de despliegue territo- rial de la Defensoría del Pueblo se orientan por los siguien-tes criterios: a) Indefensión. Se otorga prioridad a los sectores de la población cuyos derechos se encuentran en mayor riesgo de vulnerabilidad por razones sociales, econó- micas, culturales, de género o de accesibilidad geográ-fica. b) Itinerancia. El personal de la Defensoría del Pue- blo se desplaza regularmente hacia los lugares más aleja-dos, a fin de ofrecer sus servicios a la población con mayores dificultades de acceso a las Oficinas y Módu- los de Atención. c) Eficacia y oportunidad. El despliegue territorial de la Defensoría del Pueblo supone el otorgamiento de las facultades y competencia necesarias para una actua-ción eficaz y oportuna por parte de los Representantes y de los comisionados y comisionadas del Defensor del Pueblo, en el marco de la política y estrategia institucio-nales. d) Descentralización. Para la instalación de Oficinas y Módulos y para la determinación de sus ámbitos decompetencia, se considera la organización política y la estructura administrativa del país, así como la ubicación e inserción de las ciudades y poblados en los circuitosgenerados por los actores sociales y económicos, la proximidad geográfica y la accesibilidad vial. e) Disponibilidad de recursos. El despliegue territorial se realizará progresivamente, de acuerdo a los planes institucionales y en tanto se cuente con los recursos financieros necesarios para su sostenibilidad. 3. El despliegue territorial de la Defensoría del Pueblo contempla la instalación progresiva de: a) Oficinas Defensoriales b) Módulos de Atenciónc) Equipos Itinerantes IV LAS OFICINAS DEFENSORIALES1. Las Oficinas Defensoriales se constituyen sobre ámbitos departamentales y/o regionales y están a cargode Representantes del Defensor del Pueblo, quien los y las designa. Las Oficinas de Lima y Callao, constituyen una uni- dad de coordinación territorial a la que se suman tam-bién Oficinas Defensoriales establecidas en los Conos Norte, Este y Sur. 2. Los y las Representantes del Defensor del Pueblo son competentes para dirigir la actuación defensorial en el ámbito geográfico que se les asigna en la resolución correspondiente, de modo acorde a la política de laDefensoría del Pueblo de nivel nacional y en el marco del sistema de planificación, seguimiento y evaluación insti- tucional. En tal sentido, en concordancia y complemen-tariamente a lo establecido en el Reglamento de Organi- zación y Funciones y están facultados y facultadas para: a) Admitir, tramitar y resolver quejas y pedidos, así como para absolver consultas. b) Ejecutar labores de supervisión.c) Dirigirse a los órganos de gobierno regional y municipal, entidades estatales y de servicios públicos en el ámbito de su competencia. d) Brindar declaraciones a los medios de comunica- ción sobre aspectos referidos al trámite de casos, la posición adoptada por el Defensor del Pueblo en temasespecíficos y sobre otros asuntos regionales que ten- gan carácter relevante. e) Proponer la contratación del personal de la Oficina Defensorial y de ser el caso, su cese. f) Proponer la instalación de Módulos de Atención en el ámbito geográfico de su competencia, así comocoordinar las labores de planificación, seguimiento y evaluación de los mismos. g) Desarrollar relaciones de cooperación con institu- ciones locales y organizaciones sociales y suscribir convenios con las mismas. h) Ejecutar labores de promoción de derechos. 3. Cuando se requiera la intervención defensorial en aquellas regiones que no cuenten con una OficinaDefensorial, la Primera Adjuntía encargará la actuación requerida a la Oficina Defensorial con mejor posibilidad para atender dicho requerimiento. 4. Las Oficinas Defensoriales establecerán diversas modalidades de cooperación entre sí, con la finalidad de hacer efectiva la atención a las poblaciones bajo su ámbitode competencia. 5. La instalación de Oficinas Defensoriales requie- re autorización expresa de la Primera Adjuntía. Paraello, el titular de la Oficina de Promoción y Coordina- ción Territorial presentará a la Primera Adjuntía un proyecto sustentando la pertinencia y oportunidad,la modalidad de funcionamiento, los resultados esperados así como los requerimientos humanos, logísticos y financieros, considerando los criteriosestablecidos en el acápite III.2 de la presente Direc- tiva. Dichos proyectos requerirán, además, la opi- nión favorable de las oficinas de CooperaciónInternacional, Administración y Finanzas, Planifi- cación y Presupuesto y Asesoría Jurídica. 6. Para el caso de Lima Metropolitana, la Defensoría del Pueblo cuenta con oficinas en los conos de la capital. Sus jefes o jefas son designados o designadas por el Defensor del Pueblo, en cuya representación actúan. Lapropuesta para la designación corresponde al o a la Representante del Defensor del Pueblo en Lima, prefe- rentemente de entre el personal con experiencia de tra-bajo en la institución. V MÓDULOS DE ATENCIÓNLos Módulos de Atención se instalan en capitales provinciales o distritales, dependen de una Oficina De-fensorial y están a cargo de un Comisionado o Comi- sionada del Defensor del Pueblo con las atribuciones establecidas en la Resolución Administrativa correspon-diente. Desarrollan actividades de atención de quejas, pedidos y consultas, supervisión de dependencias estatales y prestadoras de servicios públicos, así comode capacitación y difusión de derechos. Los Módulos de Atención se instalan siguiendo el procedimiento estable- cido en el acápite IV.5 para las Oficinas Defensoriales.La presentación del proyecto de instalación correspon- de al o a la Representante del Defensor del Pueblo en la Oficina Defensorial competente.