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PÆg. 240388 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de marzo de 2003 tes del vencimiento del primer plazo, las razones por las que hará uso de tal prórroga, de no hacerlo se considera denegado el pedido, conforme a lo previsto por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, modificada por la Ley Nº 27927. Si la Defensoría del Pueblo carece de la información solicitada, se deberá comunicar este hecho al solici-tante, indicándole su ubicación o destino, si es que ello es conocido por la institución. La Comisión de Transparencia Institucional deberá resolver la apelación que se presente, en el plazo máxi- mo de siete días hábiles. Artículo 8º.- Organización interna Para el adecuado cumplimiento de la obligación a la que se refiere el artículo 3º, los responsables designa-dos en la presente Directiva deberán prever una adecua- da infraestructura, así como la organización, sistemati- zación y publicación de la información a la que se refiereesta directiva. El último día hábil de cada mes remitirán un reporte a la Adjuntía en Asuntos Constitucionales especificandolas solicitudes de información en trámite, atendidas y denegadas. Segundo.- DISPONER que los Adjuntos y Represen- tantes promuevan la difusión y publiquen en lugares visi- bles de las oficinas de la Defensoría del Pueblo a nivelnacional, el texto de la presente resolución, junto con la Directiva sobre Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública de la Defensoría del Pueblo. Tercero.- ENCARGAR la supervisión del cumpli- miento de la presente Resolución a la Adjuntía en Asun- tos Constitucionales. Cuarto.- DISPONER que la presente resolución se incluya en el Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso de la República, de conformidad con el artícu-lo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en funciones 04535 J N E Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora delConcejo Distrital de Santo Domingo,provincia de Morropón RESOLUCIÓN Nº 081-2003-JNE Expediente Nº 436-2003-Vacancia Lima, 6 de marzo de 2003Vista la solicitud presentada el 3 de marzo de 2003 por el señor Carlos López Jiménez, Alcalde del ConcejoDistrital de Santo Domingo, provincia de Morropón, de- partamento de Piura, comunicando la vacancia del car- go de regidor que ejercía Lida Romero de Félix, porfallecimiento; eleva el expediente municipal correspon- diente; CONSIDERANDO: Que con la copia certificada del Acta de Defunción extendida por la Municipalidad Distrital de Castilla, co- rriente a fojas 7, se acredita que la ciudadana Lida Ro- mero de Félix falleció el 10 de febrero de 2003; Que según consta del acta obrante de fojas 3 a 5, correspondiente a la sesión celebrada por el Concejo Distrital de Santo Domingo el 26 de febrero de 2003,dicha corporación edil acordó declarar la vacancia del cargo de regidor que ejercía doña Lida Romero de Félix, por fallecimiento; Que la muerte pone fin a la persona, conforme lo establece el artículo 61º del Código Civil, por lo que, elcargo municipal que ocupaba doña Lida Romero de Fé- lix ha quedado vacante, siendo necesario completar el número de regidores del Concejo Distrital de Santo Do- mingo, con arreglo a lo dispuesto por el numeral 2) delartículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorporaal candidato suplente de la misma lista electoral del va- cado, debiendo ser convocada la ciudadana Linida Córdova de Castillo, integrante de la lista del Movimientode Unidad Provincial Morropana; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Elec- ciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Convocar a la ciudadana Linida Córdova de Castillo, candidata no proclamada de la lista del Movimiento de Unidad Provincial Morropana para queasuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de San- to Domingo, provincia de Morropón, departamento de Piura, en el período de gobierno municipal 2003 - 2006;disponiendo se le otorgue la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGAVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 04440 Precisan integrantes del Concejo Distri- tal de Santa Catalina de Mossa, pro-vincia de Morropón RESOLUCIÓN Nº 082-2003-JNE Lima, 6 de marzo de 2003 Vista la solicitud presentada el 5 de marzo de 2003 por don Esguard Rodríguez Ramírez, Alcalde del Conce- jo Distrital de Santa Catalina de Mossa, provincia de Morropón, departamento de Piura, comunicando que ensu calidad de alcalde ha recibido documentos de diver- sas instituciones públicas que, equivocadamente, son dirigidas al nombre de Olvert Miguel Domíngez Pintado,quien fue candidato de otra lista electoral; por lo que pide se rectifique los archivos y base de datos, ya que el recurrente ha sido elegido y proclamado por el JuradoElectoral Especial de Morropón, contando con su respec- tiva credencial; asimismo, solicita se comunique a las instituciones pertinentes, la aclaración correspondiente; CONSIDERANDO: Que de la revisión del Acta de Proclamación Munici- pal de Resultados de Cómputo y de Autoridades Electas en el distrito de Santa Catalina de Mossa, elaborada porel Jurado Electoral Especial de Morropón, se advierte que no obstante haberse proclamado ganadora la lista del Partido Perú Posible y aplicado correctamente la cifrarepartidora para las regidurías, en el cuadro correspon- diente a las autoridades electas se consigna errónea- mente los nombres de los integrantes de la lista del Par-tido Aprista Peruano, que logró el tercer lugar de vota- ción en la mencionada circunscripción; Que el error material contenido en la citada acta no altera los resultados electorales del distrito de Santa Catalina de Mossa, ni la correcta proclamación del recu- rrente en el cargo de Alcalde; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar que el Concejo Distrital de Santa Catalina de Mossa, provincia de Morropón,departamento de Piura, está integrado de la siguiente manera: