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PÆg. 240735 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 de contrataciones y adquisiciones del Estado, son máxi- ma autoridad administrativa los responsables de lasunidades ejecutoras mencionados en el artículo 4º de la resolución antes referida; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 002- 2002-TR/VMPE de fecha 17 de julio del 2002, se designó a la señora Anita Milagros Alvarado Saona, Coordinado- ra Nacional del Programa de Capacitación laboral Juve-nil- PROJoven; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM estable- ce que cada Entidad elaborará el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones, el que será aprobado por elTitular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 349-2002- TR se aprobó el Presupuesto Institucional, en el que se detalla las metas y asignaciones conforme a las leyes presupuestarias para el presente ejercicio fis-cal 2003; Que, la Unidad de Administración ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de laUnidad Ejecutora 002 – Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROJoven, de acuerdo a la Directi- va Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, determinándo-se los procesos de selección correspondientes al Ejercicio Fiscal 2003; Que, mediante la Directiva Nº 022-2001-CONSU- CODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001- CONSUCODE/PRE de fecha 7 de diciembre de 2001, establece que la aprobación del Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones está a cargo del Titular del Plie- go o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda; Con las visaciones del Área de Asesoría Jurídica y Presupuesto; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, y la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por la Resolución Nº 200-2001-CONSU- CODE/PRE; En uso de las facultades delegadas en el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 353-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo – MTPE, de la Unidad Ejecu- tora 002: Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROJoven; para el Ejercicio Presupuestal 2003,los procesos de selección que se detallan en el anexo Nº 01, el mismo que adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el artículo precedente estará a disposición del público, en la Unidad de Administración del Programa deCapacitación Laboral Juvenil – PROJoven, Oficina Nº 508 – 5to. Piso, de la avenida Salaverry Nº 655, Jesús María, Sede Central del Ministerio de Trabajo y Promo-ción del Empleo. Artículo 3º.- Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- Remitir al Consejo Superior de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPYME, copia de la presente Resolu-ción y su anexo en el plazo y forma establecidos en la ley. Regístrase, comuníquese y publíquese. MILAGROS ALVARADO SAONA Coordinadora Nacional PROJoven 04814TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan licencia a empresa para que preste servicio de avituallamiento anaves de Bahía y Terminal Portuariodel Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 039-2003-MTC/13 Lima, 13 de febrero de 2003 Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 2002-009593 y 2003-00993) presentada por la empresa I.J.I. SERVI- CIOS INTEGRALES S.AC., solicitando Licencia para laprestación de Servicio de Avituallamiento a Naves en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans- porte Acuático del sector Transportes y Comunicacio- nes, la regulación, supervisión y control de las activida-des administrativas empresariales de los servicios de transporte marítimo y conexos realizados en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 (28.FEB.2001), se aprobó el Reglamento del refe- rido Decreto Supremo, el cual en su Artículo 11º estable-ce que las licencias para prestar los referidos servicios, serán otorgadas por Resolución Directoral de la Direc- ción General de Transporte Acuático, previo cumplimientode los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la recurrente se encuentra debidamente inscri- ta en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con elNº 20463383325; Que, según opinión favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, me-diante los Informes Nºs. 034-2003-MTC/13.02 y 027-2003- MTC/15.al, respectivamente, la citada empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 14° del referidoReglamento y su modificatoria aprobada por Resolución Ministerial N° 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791 - Ley de Organización y Funciones del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, Decreto Su-premo N° 056-2000-MTC (29.DIC.2000) y su Regla- mento aprobado por Resolución Ministerial N° 100- 2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), modificado por Re-solución Ministerial N° 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001); SE RESUELVE: Artículo 1°.- OTORGAR a la empresa I.J.I. SERVI- CIOS INTEGRALES S.AC., la Licencia Nº 044-2003-MTC/ 13-SAN, para que preste Servicio de Avituallamiento a Naves en Bahía y Terminal Portuario del CALLAO, sinperjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Artículo 2°.- La Licencia que se otorga por el Artícu- lo 1º precedente, concede a su titular un derecho espe- cífico e intransferible y tiene vigencia por tres (3) años calendario, computados a partir de la fecha de publica-ción de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar período a petición de parte. Artículo 3°.- La Licencia de Servicio de Avitualla- miento a Naves que se otorga por el Artículo 1° de la presente Resolución Directoral implica la obligación delTitular de someterse a las disposiciones legales vigen- tes sobre la materia, así como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos SA., y alas disposiciones y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático.