Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2003 (15/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, sabado 15 de marzo de 2003
VISTOS:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 240893

El Memorandum Nº 25-2003-DDCH de la Oficina de Desarrollo de Capacidades Humanas donde senala que con fecha 18 de febrero del 2003 el Comite de Administracion ha acordado que insumo se va a adquirir para el Programa del Vaso de Leche ejercicio 2003 y dispone a la Division de Logistica proceda a llevar a cabo el MORDAZA que corresponda; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en su Articulo 7º establece que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debiendo prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, aprueba del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y en el senala que el Plan Anual de Contrataciones debera ser aprobado por el titular del Pliego; y que con el Plan Anual aprobado se efectuaran los procesos de seleccion previstos para el periodo, de conformidad con lo establecido en el Art. 14º de la Ley; Que, la Municipalidad Provincial de Ilo con Resolucion de Alcaldia Nº 35-2003-MPI; aprobo su Plan Anual de Adquisiciones, dando cuenta de ello a CONSUCODE y PROMPYME; Que, por Ley Nº 24059, se crea el Programa Vaso de Leche, para atender y servir como complemento nutricional a los ninos menores de cero, de seis anos, madres y gestantes y en periodo de lactancia, siendo para ello necesario proveer al Programa Vaso de Leche de los insumos necesarios para su atencion, estimandose que por el volumen de la adquisicion, esta debe de efectuarse por la modalidad de Adjudicacion Directa Publica; Que, el Art. 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; precisa que las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas no contenidos en el Plan Anual deberan ser aprobados por el Titular del Pliego, lo cual debera informarse a CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Estando a las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y contando con la aprobacion de la Direccion de Administracion General, Oficina de Asuntos Legales; Direccion de Investigacion y Desarrollo y Division de Logistica; SE RESUELVE:

Que, en Sesion Extraordinaria de fecha 12 de febrero del 2003, el Concejo Municipal de Paita declaro en situacion de urgencia al adquisicion de los insumos para el Programa del Vaso de Leche correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2003, en merito a lo expuesto en los respectivos informes tecnico y legal, habiendo este organo colegiado designado el Comite Especial encargado de la Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, sin embargo, la invitacion a los proveedores y la notificacion al PROMPYME se ha efectuado a traves de la Oficina de Administracion, procedimiento que es necesario corregir, siendo a la vez necesario revisar exhaustivamente el contenido de las bases, para su formal aprobacion mediante resolucion del Titular del Pliego; Que, el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM estipula que el Titular del Pliego podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de Seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, debiendo expresarse en la resolucion que se expida, la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en consecuencia es necesario expedir la Resolucion pertinente y retrotraer el MORDAZA a la fecha de la declaratoria de situacion de urgencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23953; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad de oficio de lo actuado por la Oficina de Administracion de la Municipalidad Provincial de Paita en lo que respecta al MORDAZA de seleccion para la adquisicion en situacion de urgencia de los productos para el Programa del Vaso de Leche correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2003, retrotrayendo dicho MORDAZA al acto de declaratoria en situacion de urgencia de los mencionados insumos. Articulo Segundo.- Notificar la presente Resolucion a PROMPYME y a los proveedores invitados a este MORDAZA de adjudicacion, correspondiente al Comite Especial designado para el efecto hacer la nueva invitacion en su oportunidad, de acuerdo a sus atribuciones. Articulo Tercero.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, conforme a lo establecido por el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese.

Primero.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado el MORDAZA que se senalan en el anexo adjunto. Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a CONSUCODE y PROMPYME dentro de los plazos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05049

MORDAZA D. WONG AYON MORDAZA 05048

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 014-2003-MDM-A
MORDAZA, 7 de febrero del 2003 VISTO: El Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ano Fiscal 2003 aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 042-2002-MDM/A del Pliego Municipal Distrital de Montero; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del texto unico ordenado del texto de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA
Declaran nulidad de lo actuado en lo referido a MORDAZA de seleccion para la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 188-2003-MPP/A
Paita, 6 de marzo del 2003

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