Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2003 (15/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de marzo de 2003

Administracion General y el Informe Nº 055-2003-OAJ/ ML, de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de enero del ano en curso, el Concejo Municipal acordo declarar la Urgencia, por espacio de sesenta (60) dias, de la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche en el distrito de Lurin, exonerandose a la Municipalidad de la obligacion de convocar al MORDAZA de seleccion para la contratacion correspondiente, encargandose a la Direccion Municipal, para que dentro de la mayor premura, celebre los contratos que corresponda a fin de que se logre atender la provision de insumos del indicado Programa en toda la circunscripcion del distrito, y se realicen las convocatorias al MORDAZA de seleccion para la adquisicion en el lapso restante del ano 2003; Que, en cumplimiento del MORDAZA referido Acuerdo, la administracion municipal conformo al Comite Especial que se encargo de convocar a la Licitacion Publica Nº 0001-2003-CE/ML, el mismo que con fecha 2 de febrero pasado, publico la convocatoria en el Diario Oficial El Peruano y expendio las Bases Administrativas; Que, segun se desprende del Informe de la Direccion de Administracion General, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 086-03-ALC/ML, se ha retrotraido el MORDAZA de seleccion convocado, al haberse incumplido el ultimo parrafo del Art. 4.1. de la Ley Nº 27712, que modifica la Ley Nº 27470; Que, este MORDAZA imprevisible ha hecho que se venza el plazo inicialmente autorizado por el Concejo Municipal para la declaracion de Urgencia efectuada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 002-2003-MDL, por lo que se requiere prorrogar el termino hasta por un lapso razonable, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y articulos 108º y 113º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, lo que se desprende del informe de la Direccion de Administracion General, el que concluye en la necesidad de prorrogar el estado de Urgencia, en un termino necesario para proseguir con el MORDAZA de seleccion en curso; Que, la Oficina de Asesoria Juridica de la Comuna, ha cumplido con evacuar el Informe Nº 055-2003-OAJ/ MDL, informe legal mediante el cual se considera necesario y factible la prorroga de la declaracion de Urgencia que se propone desde el punto de vista tecnico; En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 10º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA aprobatorio unanime del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Prorrogar la Declaracion de Urgencia, por espacio de hasta noventa (90) dias adicionales al plazo por establecido en el Acuerdo de Concejo Nº 002-2003-MDL, la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche en el distrito de Lurin; en consecuencia, se exonera a la Municipalidad de Lurin, de la obligacion de convocar a procesos de seleccion para la adquisicion que corresponda. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal, para que dentro de la mayor premura, celebre los contratos que correspondan, por la adquisicion de seis mil seiscientas setenta y cuatro (6,674) raciones diarias, hasta por un importe por racion de cuarenta y dos centimos (S/. 0,42), a fin de que se logre atender la provision de insumos del Programa en toda la circunscripcion del distrito, asi como disponga que el Comite Especial prosiga con el Concurso Publico Nº 001-2003CE/ML, para la adquisicion en el lapso restante del ano 2003. Articulo Tercero.- Dentro del plazo de Ley, la Secretaria General cumplira con hacer publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 05032

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2003
ORDENANZA Nº 271
San MORDAZA, 12 de marzo de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en la V-2003 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12.3.2003 el Informe Nº 22-2003-MSB-GG-GR presentado por la Gerencia de Rentas solicitando la extension de la prorroga al vencimiento de la primera cuota del pago del Impuesto Predial y Arbitrios. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion del Estado establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 74º de la MORDAZA MORDAZA referida consagra la potestad tributaria de los gobiernos locales, los cuales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, los plazos para la cancelacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales se encuentran contenidos en el articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal y el articulo 8º de la Ordenanza Nº 184-CDSB-C, que MORDAZA la Regulacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, Rellenos Sanitarios y Serenazgo del distrito; Que, sustenta la solicitud de prorroga el retraso en que se ha incurrido en la entrega de las Cuponeras 2003 a los contribuyentes, debido principalmente a deficiencias de orden logistico y de nomenclatura de vias; por lo que resulta razonable extender la prorroga dispuesta mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2003MDSB-A de fecha 27 de febrero del 2003, a efecto de que los contribuyentes no se vean afectados por situaciones ajenas a ellos; Estando a la opinion emitida por la Gerente de Asesoria Legal y con el MORDAZA unanime del pleno del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento del pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales - 2003 hasta el 31 de marzo del 2003; con extension de los beneficios que rigen para las cancelaciones previstas dentro del plazo establecido en la normatividad de la materia. Articulo Segundo.- Ratificar los alcances del Decreto de Alcaldia Nº 003-2003-MDSB-A de fecha 27 de febrero del 2003.Articulo Tercero.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias en lo que a prorroga de los pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales se refiere, con cargo a dar cuenta al Concejo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Comunicaciones el cumplimiento y difusion de la presente norma. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04972

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