Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2003 (27/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Vista la nota del Despacho del Viceministro de Industria de fecha 26 de febrero del 2003; CONSIDERANDO: Que mediante comunicacion de la Secretaria Tecnica-Aztess&Congreso S.L., el Director del Congreso invita al senor Viceministro de Industria del Ministerio de la Produccion, para que participe como ponente en el I Congreso Iberoamericano de Centros Tecnologicos, que se llevara a cabo del 31 de marzo al 3 de MORDAZA del 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Espana; Que asimismo, el Director General de A y M Gestion y Consulting de MORDAZA, mediante carta de fecha 18 de marzo del 2003, invita al Viceministro de Industria para llevar a cabo reuniones con el Ministerio de la Ciencia y Tecnologia, el Centro para el Desarrollo Tecnologico Industrial (CDTI), entre otros, hasta el dia 5 de MORDAZA del 2003; Que conforme al articulo 8º de la Ley Nº 27267, Ley de Centros de Innovacion Tecnologica, modificado por el articulo 3º de la Ley Nº 27890, el Ministerio de la Produccion, a traves del Viceministro de Industria, es la Autoridad competente en materia de Centros de Innovacion Tecnologica; Que por otro lado la Agencia de Promocion de la Inversion - PROINVERSION y el Ministerio de la Produccion, tienen suscrito un Convenio para la promocion de inversiones orientadas a la pequena y mediana empresa industrial; Que en tales condiciones resulta importante la participacion del Viceministro de Industria, en los eventos mencionados, con la finalidad de promover la inversion espanola de mediana envergadura en el Peru, en especial las MORDAZA atendidas por los Centros de Innovacion Tecnologica - CITEs; Que asimismo, es necesario encargar las funciones correspondientes al cargo de Viceministro de Industria de la Produccion, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por Ley Nº 27779, en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Con opinion favorable del Viceministro de Industria y del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO, Viceministro de Industria, a las ciudades de MORDAZA y MORDAZA, en Espana del 28 de marzo al 6 de MORDAZA del 2003, para que participe como ponente en el I Congreso Iberoamericano de Centros Tecnologicos - CITEs; asi como en reuniones con empresas e instituciones espanolas relevantes en el ambito de la innovacion tecnologica. Articulo 2º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Pesqueria, las funciones del Viceministro de Industria, a partir del 29 de marzo, mientras dure la ausencia del Titular. Articulo 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego del Ministerio de la Produccion, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes aereos US$ Viaticos US$ Tarifa CORPAC US$ 1 120,00 2 080,00 28,00

Declaran improcedente solicitud sobre modificacion de licencia para operar planta de harina de pescado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 042-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 20 de febrero del 2003 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE00709003, del 19 de setiembre del 2002, presentado por la empresa ALIMENTOS MARITIMOS S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 289-96-PE, del 31 de MORDAZA de 1996, se otorgo a ALIMENTOS MARITIMOS S.A., licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos a traves de sus plantas de enlatado y harina de pescado, con capacidades de 3 071 cajas/turno y 42 t/h, respectivamente, en su establecimiento industrial ubicado en el MORDAZA San MORDAZA Nº 108, MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita modificacion de la licencia de operacion de su planta de harina de pescado otorgada por la Resolucion Ministerial Nº 289-96-PE, por innovacion tecnologica sin incremento de capacidad; Que de acuerdo a la inspeccion tecnica realizada el 1 de diciembre del 2002 a la planta de harina de pescado de ALIMENTOS MARITIMOS S.A. se ha establecido que unicamente se ha sustituido un cocinador MORDAZA directo por uno MORDAZA mixto, variando la capacidad de los cocinadores a 63 t/ h pero manteniendo la capacidad de procesamiento total de la planta, innovacion tecnologica parcial que no justifica la modificacion de la licencia correspondiente, toda vez que no incidira en la calidad de la harina de pescado que se produzca, pero que, no obstante, debe considerarse en el anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002PE, modificando las especificaciones tecnicas consignadas a la referida planta; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 069-2002-PRODUCE/DNEPP-Dchi, del 9 de diciembre del 2002; con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa ALIMENTOS MARITIMOS S.A., referente a la modificacion de la licencia otorgada por Resolucion Ministerial Nº 289-96-PE, para operar su planta de harina de pescado con capacidad de 42 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA San MORDAZA Nº 108, MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Modificar el Anexo IV-B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, en lo referido a la capacidad de los cocinadores de la planta de harina de pescado convencional de la empresa ALIMENTOS MARITIMOS S.A., consignando 63 t/h como nueva capacidad de los mismos. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 05854

Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al viaje, el mencionado funcionario, debera presentar un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos al Titular del Sector, con MORDAZA a la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico, con la correspondiente rendicion de cuentas. Articulo 5º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 05898

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