Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2003 (27/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2003

Otorgan permiso de pesca a persona natural para operar embarcacion artesanal
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 28 de febrero del 2003 Visto los escritos Nº CE-01981003 y el Reg. 15829002 de fechas 21 de noviembre y 16 de diciembre del 2002 respectivamente, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA FIESTAS; CONSIDERANDO: Que los articulos 19º y 20º inciso a) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, definen a la extraccion comercial de menor escala o artesanal como la captura de recursos hidrobiologicos mediante la pesca, la caza acuatica o la recoleccion realizada con el empleo de embarcaciones menores o sin ellas, con predominio del trabajo manual; Que mediante los articulos 43º, 44º y 45º de la citada Ley, se establece que los permisos de pesca son derechos especificos que el Ministerio de la Produccion otorga en el ambito nacional a las personas naturales y juridicas y a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, exceptuando a la pesca artesanal del pago de derechos; Que mediante los escritos del visto, el recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera artesanal denominada "MARIA MORDAZA 1", de Matricula CO-20946-CM, de 29.46 m3 capacidad de bodega, equipada con red de cerco de 1 1/2 pulgadas de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada por el recurrente, se ha determinado que ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 4, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, mediante el Informe Nº 010-2003-PRODUCE/DNEPPDch y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria actualmente Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º, del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera artesanal denominada "MARIA MORDAZA 1" de matricula Nº CO-20946-CM, de 29.46 m3 capacidad de bodega, equipada con red de cerco de 1 1/2 pulgadas de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano. Articulo 2º.- Las operaciones de pesca, estan sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulaciones y ordenamiento pesquero, relacionados al uso de artes, aparejos y metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas aspectos contemplados en el ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera artesanal. Asimismo, sera causal de caducidad o suspension temporal del presente permiso de pesca, si la embarcacion excede de 32.6 m3 de volumen de bodega que le

corresponde para ser calificada como embarcacion pesquera artesanal. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 05855

Otorgan a empresa autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 050-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 28 de febrero del 2003 Visto el expediente de registro Nº CE-00722003, con escritos de fechas 24 de setiembre, 4 de octubre y 28 de noviembre del 2002, presentados por PESQUERA VELEBIT S.A. CONSIDERANDO: Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que la construccion y/o adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos. Asimismo, que las autorizaciones de incremento de flota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 631-95PE de fecha 13 de noviembre de 1995, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a PESQUERA VELEBIT S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "CANETE 6", de matricula Nº CE10551-PM, con 350.48 m3 de capacidad de bodega, para extraer recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/ 2 pulgada (13 mm.); Que mediante el escrito de registro Nº CE-00722003 de fecha 24 de setiembre del 2002, PESQUERA VELEBIT S.A., solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "CANETE 6", siniestrada por hundimiento con perdida total, segun Resolucion de Capitania Nº 021-2002 de fecha 29 de MORDAZA del 2002, con matricula cancelada Nº CE10551-PM y de 350.48 m3 de capacidad de bodega, para construir una nueva embarcacion pesquera que se denominara "KIARA", para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto; Que mediante el escrito de registro Nº CE-00722003 de fecha 4 de octubre del 2002, PESQUERA VELEBIT S.A., amplia su solicitud a fin de que se le otorgue autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada denominada "CANETE 6" de matricula Nº CE-10551-PM y de la embarcacion pesquera "TRIDENTE III" de matricula Nº CE-2794-CM, para la operacion de la embarcacion pesquera "KIARA" de 487.60 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto. La ampliacion del petitorio MORDAZA mencionado, segun manifesto el solicitante, se habria sustentado en la decision del Poder Judicial, el mismo que habria declarado fundado el pedido de PESQUERA VELEBIT S.A., en lo referente al permiso de pesca para la operacion de la

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