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PÆg. 241754 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de marzo de 2003 que la Constancia de Registro Nº 2241-2002 materia de investigación no es auténtica, reconociendo haber reali- zado un montaje para obtener el referido documento para luego presentarla a la USE Nº 16 de Barranca, señalan-do en su descargo que lo hizo por voluntad propia debi- do a que la referida USE le solicitaba presentar la docu- mentación actualizada en corto tiempo y que los sociosdesconocían el hecho descrito; Que, resultado de la investigación realizada la Ofici- na de Auditoría Interna del Sector recomienda a laSecretaría General compulsar la necesidad de autorizar a la Procuradoría Pública a cargo de los asuntos judicia- les del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleopara que en representación y defensa de los intereses del Estado, en virtud a las conclusiones establecidas en la Hoja Informativa Nº 05-2003-OAI-OAEE, interpongalas acciones judiciales contra los que resulten respon- sables, de la presunta comisión de delito contra la fe pública; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173- 2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Es- tado, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondientes contra don ElíasGrados Nicho por los hechos expuestos en la parte con- siderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás antecedentes del caso, al Procurador Público del Esta- do encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción el Empleo para los fines a que secontrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 05936 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2003-TR Lima, 25 de marzo de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 015-2003-MTPE/OAI del Auditor General (e), la Hoja Informativa Nº 05-2003-OAI-OAEE; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Hoja Informativa de Vistos, la Ofici- na de Auditoría Interna del Sector presenta las investiga-ciones efectuadas en torno a la información proporciona- da por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, conrelación a la emisión supuestamente fraudulenta de una Constancia de Registro de inscripción en la base de datos de dicha entidad, a favor de la empresa San RosE.I.R.L.; Que, con respecto al caso, la Dirección del Progra- ma Sectorial II de la Unidad de Servicios Educativos Nº16 de Barranca comunicó a PROMPYME que la Cons- tancia de Registro signada con el número Nº 3578-2002 otorgada supuestamente por dicha institución a la em-presa San Ros E.I.R.L., y que fuera presentada a la referida Unidad de Servicios Educativos, debería ser analizada con relación a su autenticidad, debido a queno estaría suscrita por el funcionario que correspondía a la fecha de su emisión; Que, a fojas 07 de la Hoja Informativa de Vistos, consta la declaración del Sr. Arturo Haro Gutiérrez, ex Gerente de Compras de PROMPYME, quien supuestamente habría firmado la Constancia materiade investigación, el cual manifiesta que el formato uti- lizado en la Constancia de Registro Nº 3578-2002, sí es el utilizado en la época en que laboró en PROMPY- ME, pero la fecha no se ajusta a dicho período, encuanto a la firma que aparece como suya, en efecto le corresponde, el contenido de la Constancia de Regis- tro ha sido utilizado para adecuarlo consignando otrafecha en la cual ya no se encontraba prestando servi- cios a PROMPYME, precisando que se observa en el formato una dirección de PROMPYME que no corres-ponde a la de la fecha que figura en la Constancia en mención; Que, con relación al caso, se procedió a cursar citación a la Sra. Amelida Eloisa Rosel La Chira, Gerente General de la empresa San Ros E.I.R.L., para que concurra el día 13.2.2003 a la Oficina deAuditoría Interna, de acuerdo al cargo de la notifica- ción ésta habría sido recibida por la Srta. Carolina Sánchez Rosel, quien figura en dicho cargo como"hija", sin embargo la emplazada no concurrió, pos- teriormente, con fecha 18 de febrero de 2003, se publicó otra citación en el Diario Oficial El Peruanocon igual resultado; Que, resultado de la investigación realizada la Ofici- na de Auditoría Interna del Sector recomienda a laSecretaría General compulsar la necesidad de autorizar a la Procuradoría Pública a cargo de los asuntos judicia- les del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleopara que en representación y defensa de los intereses del Estado, en virtud a las conclusiones establecidas en la Hoja Informativa Nº 05-2003-OAI-OAEE, interpongalas acciones judiciales contra los que resulten respon- sables, de la presunta comisión de delito contra la fe pública; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173- 2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondien-tes contra los que resulten responsables de los he- chos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás antecedentes del caso, al Procurador Público del Esta- do encargado de los asuntos judiciales del Ministerio deTrabajo y Promoción el Empleo para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 05937 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2003-TR Lima, 25 de marzo de 2003VISTOS: El Oficio Nº 015-2003-MTPE/OAI del Auditor General (e), la Hoja Informativa Nº 05-2003-OAI-OAEE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja Informativa de Vistos, la Ofici- na de Auditoría Interna del Sector presenta las investiga- ciones efectuadas en torno a la información proporciona- da por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Promo-ción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, con relación a la emisión supuestamente fraudulenta de una Constancia de Registro de inscripción en la base de