TEXTO PAGINA: 48
PÆg. 241758 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de marzo de 2003 nes y directivas que dicte la Dirección General de Trans- porte Acuático. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Sector Defensa, para los fines pertinentes. Artículo 6º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director GeneralDirección General de Transporte Acuático 05255 Otorgan licencia a empresa para pres- tar servicios de transporte en bahíaen el Puerto de Eten y su Ærea de in-fluencia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 062-2003-MTC/13 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO Lima, 5 de marzo de 2003 Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 2002-008073 y 008365) presentadas por la empresa ITURRI AGENTE MARÍTIMO S.A., solicitando Licencia para la prestaciónde Servicio de Transporte en Bahía en el Puerto de Eten; CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans-porte Acuático del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y control de las actividades administrativas empresarialesde los servicios de transporte marítimo y conexos reali- zados en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 (28.FEB.2001), se aprobó el Reglamento del refe- rido Decreto Supremo, el cual en su artículo 11º estable- ce que las Licencias para prestar los referidos servi-cios, serán otorgadas por Resolución Directoral de la Dirección General de Transporte Acuático; Que, la recurrente se encuentra debidamente inscri- ta en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20131551437; Que, según opinión favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Le- gal, mediante los Informes Nºs. 074-2003-MTC/13.02 y 051-2003-MTC/13.al respectivamente, la citada empre-sa ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria, aprobada por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001) por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100- 2001-MTC/15.15, modificado por Resolución MinisterialNº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001); SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR a la empresa "ITURRI AGENTE MARÍTIMO S.A.", la Licencia Nº 044-2003- MTC/13-STB, para que preste Servicio de Transporteen Bahía en el Puerto de ETEN y su área de influencia, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Artículo 2º.- El Servicio de Transporte en Bahía a que se refiere el artículo precedente será prestado con la embarcación denominada "ETEN" con matrícula debandera peruana Nº PL-3536-SM. Artículo 3º.- La Licencia que se otorga por el artículo 1º precedente, concede a su titular un derecho especí-fico e intransferible, tiene vigencia por tres (3) añoscalendario, computados a partir de la fecha de publica- ción en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renova- da por similar período a petición de parte. Artículo 4º.- La Licencia de Servicio de Transporte en Bahía que se otorga implica la obligación del titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, así como a las disposiciones y directivas quedicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Sector Defensa, para los fines pertinentes. Artículo 6º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 05256 VIVIENDA Disponen que las Derramas y otras entidades concedan beneficios a susmiembros a fin de participar en el Pro-yecto Techo Propio o para obtenerfinanciamiento otorgado por el FondoMIVIVIENDA DECRETO SUPREMO Nº 009-2003-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, se establece entre otras materias, su com- petencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materiade vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, dictando normas de alcance nacional y supervisando su cumplimiento; Que, mediante Ley Nº 26912, se creó el Fondo Hipote- cario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, el cual tiene por objeto otorgar préstamos a favor de lasInstituciones Financieras Intermediarias, para que a su vez éstas otorguen créditos a los beneficiarios que de- seen financiar la adquisición de viviendas terminadasque no superen las 35 Unidades Impositivas Tributarias, que se construyan como consecuencia de la independización de las unidades inmobiliarias, subdivi-sión de terrenos, la culminación de proyectos de habili- tación urbana en ejecución, así como la construcción de viviendas; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 26912, los beneficiarios de los programas del Fondo MIVIVIENDA, deberán aportar como cuota inicialun porcentaje no menor al diez por ciento (10%) del valor total del inmueble a adquirir, porcentaje que puede ser cubierto también con el valor del terreno sobre el quese construirá la vivienda; Que, mediante Ley Nº 27829, se creó el Bono Fami- liar Habitacional - BFH como parte de la política sectorialdel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el cual se otorga por una sola vez a los beneficiarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restituciónpor parte de éstos, y que se destinará exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejora- miento de una vivienda de interés social; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA se declaró de interés nacional la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento bajo la administración del Fondo MIVIVIENDA, el mismo que tiene como objeto entre otros, establecer, promover y/ofacilitar los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna;