Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2003 (28/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2003

de la Republica Dominicana han invitado a este Banco Central para asistir al curso "Sistema de Pagos", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana; por lo que el Directorio ha considerado conveniente la participacion de este Banco Central; De conformidad, por lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado el Directorio en su sesion de fecha 20 de marzo de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje por estudios al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista Profesional de la Seccion Analisis y Estadisticas del Sistema de Pagos de la Gerencia de Credito y Regulacion Financiera, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, entre los dias 31 de marzo y 5 de MORDAZA de 2003, inclusive, a fin de intervenir en el curso que se senala en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes : US$ 597,22 Viaticos : US$ 1 440,00 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto : US$ 28,00 -----------------Total : US$ 2 065,22 Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA WEBB Presidente 05915

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Declaran en situacion de urgencia el servicio de digitalizacion de boletas sustento de las libretas electorales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 116-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 27 de marzo de 2003 VISTO: El Informe Nº 349-2003-GAJ/RENIEC de fecha 20 de marzo del 2003 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 024-2003-GP/RENIEC de fecha 18 de marzo del 2003 de la Gerencia de Procesos; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para

llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el Articulo 108º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 024-2003-GP/ RENIEC de fecha 18 de marzo de 2003, la Gerencia de Procesos, informa sobre la necesidad de efectuar la digitalizacion de las boletas que sustentan la emision de las libretas electorales debido a que en la actualidad alrededor de 4'000,000 de libretas electorales no han sido canjeadas por los respectivos DNIs, siendo requisito previo al canje, el scaneo de las mencionadas boletas que sustentan las libretas electorales, adicionalmente a ello, mediante Resolucion Jefatural Nº 058-2003 de fecha 21 de febrero del 2003, se ha declarado la caducidad de las Libretas Electorales, habiendose dado un plazo hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso para que los ciudadanos peruanos cumplan con dicho canje; Que, ante tal hecho imprevisible se ha estimado la emision de por lo menos 5'000,000 de DNIs para el presente ano, a un promedio de 410,000 documentos mensuales, siendo el caso que la produccion actual es unicamente de 150,000 DNIs mensuales, motivo por el que se requiere ampliar la capacidad productiva en 3 veces la actual con la finalidad de poder satisfacer la demanda de los ciudadanos que solicitan el canje de las Libretas Electorales por el DNI; Que, en el presente caso se configuran los presupuestos para declarar en urgencia el servicio de digitalizacion de boletas que sustentan las Libretas Electorales aun vigentes, en razon de que la ausencia de dicho servicio imposibilitaria el canje de las libretas electorales por el DNI oportunamente, conforme al calendario establecido en la Resolucion Jefatural Nº 058-2003 de fecha 21 de febrero de 2003, pues previa a la emision de los DNIs, no se podrian scanear a tiempo las boletas que sustentan la identidad de cada persona; Que, asimismo, la ausencia de este servicio de digitalizacion ha resultado imprevisible en razon de que recien con fecha 21 de febrero del ano en curso se han declarado la caducidad de las Libretas Electorales mencionadas, situacion por la que este servicio no pudo ser incluido oportunamente ni en el Presupuesto ni el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el ano 2003, habiendose efectuado recientemente las modificaciones e inclusiones necesarias; Que, el hecho de esperar a que se convoque el MORDAZA de seleccion pertinente para el servicio de digitalizacion de 4'000,000 de boletas previa a la emision del DNI perjudicaria la atencion oportuna y agil a los ciudadanos que efectuen su tramite de canje de libretas electorales por el DNI, comprometiendo de esta forma inminentemente la continuidad de los servicios esenciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, es en razon a ello que se hace sumamente necesario la declaracion en situacion de urgencia por el plazo extraordinario de 90 dias (periodo de urgencia), con la finalidad de digitalizar 2'000,000 de boletas sustento de las libretas electorales; debiendose exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de scaneo de dicho numero de boletas, procediendo con la adjudicacion de menor cuantia correspondiente; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y con el visto MORDAZA de las Gerencias de Administracion y de Asesoria Juridica y los informes tecnico y legal de la Gerencia de Procesos y de Asesoria Juridica respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia por el plazo de 90 dias el servicio de digitalizacion de boletas sustento de las libretas electorales. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion por situacion de urgencia del MORDAZA de Concurso Publico, la contratacion del servicio de digitalizacion de 2'000,000 de boletas sustento de libretas electorales por un valor referencial de 1'100,000 (Un millon cien mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, disponiendo

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