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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2003 (28/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

PÆg. 241768 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de marzo de 2003 de la República Dominicana han invitado a este Banco Central para asistir al curso "Sistema de Pagos", a rea- lizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Domi- nicana; por lo que el Directorio ha considerado conve-niente la participación de este Banco Central; De conformidad, por lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a loacordado el Directorio en su sesión de fecha 20 de mar- zo de 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios al señor Gregorio Vladimir Quevedo Sánchez, Analista Profesio- nal de la Sección Análisis y Estadísticas del Sistema de Pagos de la Gerencia de Crédito y Regulación Financie-ra, a la ciudad de Santo Domingo, entre los días 31 de marzo y 5 de abril de 2003, inclusive, a fin de intervenir en el curso que se señala en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes : US$ 597,22 Viáticos : US$ 1 440,00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto : US$ 28,00 ------------------ Total :US$ 2 065,22 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. RICHARD WEBB Presidente 05915 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Declaran en situación de urgencia el servicio de digitalización de boletas sustento de las libretas electorales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 116-2003-JEF/RENIEC Lima, 27 de marzo de 2003VISTO: El Informe Nº 349-2003-GAJ/RENIEC de fecha 20 de marzo del 2003 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 024-2003-GP/RENIEC de fecha 18 de marzodel 2003 de la Gerencia de Procesos; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Artículo 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, exonera de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Ad- judicación Directa, según sea el caso, las adquisicionesy contrataciones que se realicen en situación de urgen- cia declaradas de conformidad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del Artículo 20º del mismocuerpo legal se realizarán mediante proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los servi- cios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a laadquisición de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario parallevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo, el Artículo 108º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado esta- blece que la situación de urgencia debe entenderse comouna medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio deque se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, mediante el Informe Técnico Nº 024-2003-GP/ RENIEC de fecha 18 de marzo de 2003, la Gerencia de Procesos, informa sobre la necesidad de efectuar la digitalización de las boletas que sustentan la emisión delas libretas electorales debido a que en la actualidad alrededor de 4'000,000 de libretas electorales no han sido canjeadas por los respectivos DNIs, siendo requi-sito previo al canje, el scaneo de las mencionadas bole- tas que sustentan las libretas electorales, adicionalmen- te a ello, mediante Resolución Jefatural Nº 058-2003 defecha 21 de febrero del 2003, se ha declarado la caduci- dad de las Libretas Electorales, habiéndose dado un plazo hasta el 31 de julio del año en curso para que losciudadanos peruanos cumplan con dicho canje; Que, ante tal hecho imprevisible se ha estimado la emi- sión de por lo menos 5'000,000 de DNIs para el presenteaño, a un promedio de 410,000 documentos mensuales, siendo el caso que la producción actual es únicamente de 150,000 DNIs mensuales, motivo por el que se requiereampliar la capacidad productiva en 3 veces la actual con la finalidad de poder satisfacer la demanda de los ciudadanos que solicitan el canje de las Libretas Electorales por el DNI; Que, en el presente caso se configuran los presupues- tos para declarar en urgencia el servicio de digitalización de boletas que sustentan las Libretas Electorales aúnvigentes, en razón de que la ausencia de dicho servicio imposibilitaría el canje de las libretas electorales por el DNI oportunamente, conforme al calendario establecidoen la Resolución Jefatural Nº 058-2003 de fecha 21 de febrero de 2003, pues previa a la emisión de los DNIs, no se podrían scanear a tiempo las boletas que susten-tan la identidad de cada persona; Que, asimismo, la ausencia de este servicio de digitali- zación ha resultado imprevisible en razón de que reciéncon fecha 21 de febrero del año en curso se han decla- rado la caducidad de las Libretas Electorales menciona- das, situación por la que este servicio no pudo ser inclui-do oportunamente ni en el Presupuesto ni el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el año 2003, habiéndose efectuado recientemente las modificacionese inclusiones necesarias; Que, el hecho de esperar a que se convoque el pro- ceso de selección pertinente para el servicio de digitali-zación de 4'000,000 de boletas previa a la emisión del DNI perjudicaría la atención oportuna y ágil a los ciuda- danos que efectúen su trámite de canje de libretas elec-torales por el DNI, comprometiendo de esta forma inminentemente la continuidad de los servicios esencia- les del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, es en razón a ello que se hace sumamente nece- sario la declaración en situación de urgencia por el plazo extraordinario de 90 días (período de urgencia), con la fina-lidad de digitalizar 2'000,000 de boletas sustento de las libre- tas electorales; debiéndose exonerar del proceso de selec- ción correspondiente a la contratación de los servicios descaneo de dicho número de boletas, procediendo con la adjudicación de menor cuantía correspondiente; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y con el visto bueno de las Gerencias de Administración y de Aseso-ría Jurídica y los informes técnico y legal de la Gerencia de Procesos y de Asesoría Jurídica respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgen- cia por el plazo de 90 días el servicio de digitalización de boletas sustento de las libretas electorales. Artículo Segundo.- Aprobar la exoneración por si- tuación de urgencia del proceso de Concurso Público, la contratación del servicio de digitalización de 2'000,000 de boletas sustento de libretas electorales por un valorreferencial de 1'100,000 (Un millón cien mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, disponiendo