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PÆg. 241761 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de marzo de 2003 entregado -en donación- UN (1) RELOJ DE PARED MARCA "BELTZ" CUADRADO NÚMERO N-5168 valo- rizado en S/. 17.00 (DIECISIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES), que servirá para que los señores trabajadoresvisualicen el horario de su ingreso con el marcador elec- trónico de la sede de la indicada Corte Superior de Jus- ticia; Que, esta donación satisface los requisitos exigidos por la Directiva Nº 003-2002-GG/PJ "Regulación de Donaciones, Comodato, Adjudicaciones o Entrega deBienes Muebles y/o Inmuebles a favor del Poder Judi- cial", así como lo dispuesto por el artículo 25º del "Regla- mento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Mue-bles del Poder Judicial" aprobado por la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 165-2001-P-PJ, en concordancia con lo establecido enel artículo 172º del "Reglamento General de Procedi- mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es- tatal", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y con lo esti-pulado por la Directiva Nº 009-2002/SBN "Procedimien- tos para la Donación de Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de laDonación de Bienes Muebles a favor del Estado", apro- bada por la Resolución Nº 031-2002/SBN, en el sentido que la donación de bienes muebles debe ser aceptadamediante Resolución emitida por el titular de la entidad donataria; y, De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 76º inciso 4) del "Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial"; aprobado por el De- creto Supremo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº27465 y estando a las facultades delegadas a esta Ge- rencia General por la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 132-2002-P-PJ, enconcordancia con lo establecido por la Ley Nº 27209; RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por el Sindicato Único de Trabajadores de la Corte Supe-rior de Justicia del Cono Norte de Lima, a favor del Poder Judicial - Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, de UN (1) RELOJ DE PARED MARCA "BELTZ"CUADRADO NÚMERO N-5168 valorizado en la suma de S/. 17.00 (DIECISIETE CON 00/100 NUEVOS SO- LES), que servirá para que los señores trabajadoresvisualicen el horario de su ingreso con el marcador elec- trónico de la sede de la mencionada Corte Superior de Justicia. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución Administrativa al Sindicato de Trabajadores de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima,para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS IBAÑEZ MANCHEGO Gerente General 06038 Sancionan con destitución a servido- res por sus actuaciones como tØcnicosy secretario de juzgados penales deChincha INVESTIGACIÓN ODICMA Nº 97-2000-ICA Lima, veintiocho de febrero del dos mil tres. VISTO; el expediente administrativo que contiene la Investigación ODICMA número noventisiete guióndos mil guión Ica, instaurada contra Miguel Ángel Du- rand Ramírez, Enrique Eberto Balbuena Marañón, Jesús Emilio Fajardo Núñez y Dennis Jesús RamosAvilés, por sus actuaciones como Secretario B del Primer Juzgado Penal de Chincha, Secretario de la Secretaría A del Segundo Juzgado Penal de Chin-cha, Técnico de la Secretaría B del Primer Juzgado Penal de Chincha, y Técnico de la Secretaría A del Segundo Juzgado Penal de Chincha, respectivamen-te; por los fundamentos pertinentes de la resolución de fojas mil doscientos ochentitrés y siguientes, sufecha dieciocho de febrero del dos mil dos; y, CON- SIDERANDO: Primero: que, mediante resolución expedida por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de fecha dieciochode febrero del dos mil dos, se propone en uno de sus extremos la destitución de don Dennis Jesús Ramos Avilés, don Jesús Emilio Fajardo Núñez y don Enri-que Eberto Balbuena Marañón, por sus actuaciones como Técnico de la Secretaría A del Segundo Juzga- do de Chincha, Técnico de la Secretaría B del PrimerJuzgado Penal de Chincha y Secretario de la Secre- taría A del Segundo Juzgado Penal de Chincha, res- pectivamente; Segundo: que, se imputa a los nom- brados servidores haber cometido graves irregulari- dades al haber realizado cobros indebidos de certifi- cados de depósitos judiciales, falsificando firmas tantodel Juez del Primer Juzgado Penal de Chincha, se- ñor Julio Trucios Portocarrero como de la Secretaria de dicho Juzgado, Tania Peralta Vega; Tercero: que, corre a fojas ciento noventiséis, el informe del señor Julio Trucios Portocarrero, en el que hace de conoci- miento de Jefatura de la Oficina Distrital de Controlde la Magistratura de Ica las irregularidades cometi- das por los nombrados trabajadores del Juzgado Penal, sustentando su denuncia en la comunicacióncursada por el Banco de la Nación - Agencia "A" de Chincha, en la que informa que entre los meses de noviembre y diciembre de mil novecientos noventinue-ve, y enero del dos mil dos fueron cobrados en dicha agencia bancaria un total de cuarenta certificados de consignación judicial, habiéndose evidenciado que lafirma del nombrado Juez había sido falsificada, al igual que la firma y sello de la Secretaria Tania Peral- ta Vega, quien aseguró que en la fecha en que sellevaron a cabo los actos ilícitos ella no se encontra- ba laborando en la ciudad de Chincha sino en el Ter- cer Juzgado de Ica, afirmando haber dejado encar-gado el sello al señor Enrique Eberto Balbuena Mara- ñón; que, asimismo, el Juez Trucios Portocarrero ha manifestado que su sello era entregado a los Secre-tarios Sender y Durand, así como al Técnico Fajardo para que procedieran con el sellado del despacho correspondiente, por lo que supone que en algún mo-mento pudieron haber obtenido un duplicado; Cuar- to: que, realizadas las investigaciones pertinentes se llegó a la conclusión que fue el Técnico DennisRamos Avilés, quien se encargó de desglosar los depósitos judiciales obrantes en los expedientes archivados para luego disponer del dinero consigna-do en ellos, procediendo para ese fin a la falsificación de las firmas del Juez Trucios Portocarrero y de la Secretaria Tania Peralta Vega, a efectos de solicitarsu cobro por intermedio de terceras personas aje- nas al Poder Judicial, tales como personal del servi- cio de vigilancia, courier, limpieza u otros, y a travésde Jesús Fajardo Núñez, Técnico de la Secretaría B del Primer Juzgado Penal de Chincha, quien en va- rias oportunidades efectuó dichos cobros en la agen-cia del Banco de la Nación, a cambio de obtener par- te del dinero mal habido; todo ello con conocimiento del Secretario Enrique Balbuena Marañón, quien erael que proporcionaba los sellos; Quinto: que, al res- pecto, los investigados Dennis Ramos Avilés, Jesús Emilio Fajardo Núñez y Enrique Eberto BalbuenaMarañón, en sus descargos buscan eludir o minimi- zar las imputaciones formuladas en su contra, así como en cada caso, su responsabilidad individual;sobre el particular, Jesús Emilio Fajardo Núñez, si bien ha reconocido expresamente haber intervenido en el cobro de certificados de depósitos judiciales,señala como autores intelectuales de los hechos a Dennis Ramos Avilés, y Enrique Eberto Balbuena Marañón, entre otros, a efectos de justificar su irre-gular conducta; de otro lado, tanto Dennis Ramos Avilés, como Enrique Eberto Balbuena Marañón, han rechazado las acusaciones en su contra, manifes-tando entre otros aspectos, que están basadas en simples suposiciones no acreditadas y mal intencio- nadas, que carecen de elementos convincentes; Sex- to: que, no obstante lo señalado por los nombrados servidores, obra a fojas ciento noventicinco la decla- ración de Ángel Celestino Napa Félix, trabajador delimpieza quien ha manifestado que el vigilante Rolan- do Vilela Herrera le pidió en una oportunidad que fue- ra a cobrar un certificado de depósito al Banco de la