Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2003 (28/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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la Formacion y el Ascenso de Magistrados, dirigidos a los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, Secretarios y Relatores de Sala Titulares, que reunan los requisitos establecidos por las Leyes Organicas del Poder Judicial y del Ministerio Publico, para acceder al grado inmediato superior de la MORDAZA judicial o fiscal. Articulo Segundo.- Autorizar la ejecucion del MORDAZA Curso Especial de Preparacion para el Ascenso Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, facultandose a la Direccion General la adopcion de las medidas y acciones necesarias para su implementacion. REGLAMENTO DE LOS CURSOS ESPECIALES DE PREPARACION PARA EL ASCENSO PRIMER, MORDAZA Y TERCER NIVEL DE LA MAGISTRATURA - MODALIDAD A DISTANCIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El presente Reglamento MORDAZA el desarrollo de los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, del Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados, dirigidos a los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, Secretarios y Relatores de Sala Titulares, que reunan los requisitos para ascender al grado inmediato superior. Articulo 2º.- Los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso-Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, integran el Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados, el cual, a su vez, forma parte de la actividad permanente de la Academia de la Magistratura, bajo dependencia directa del Director Academico. TITULO II DEL PROGRAMA PARA LA FORMACION Y EL ASCENSO DE MAGISTRADOS Capitulo 1 Del Subdirector Articulo 3º.- Corresponde a la Subdireccion del Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados, las funciones siguientes: 1. Planificar, dirigir, coordinar y supervisar los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, en las sedes donde se realizan. 2. Proponer los requerimientos financieros, materiales y humanos para la ejecucion de los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia. 3. Realizar el seguimiento permanente de la preparacion impartida, tanto en el ambito academico cuanto en el pedagogico, debiendo efectuar los respectivos informes a la Direccion Academica. 4. Organizar y supervisar el MORDAZA de admision, evaluacion y egreso de los discentes. 5. Resolver los pedidos y solicitudes de los discentes, para lo cual esta facultado a delegar en las Coordinaciones Locales la resolucion de las solicitudes cuyo sentido no tenga alcance nacional. 6. Las demas que le correspondan de acuerdo con el Manual de Organizacion y Funciones. Capitulo 2 Del Coordinador Local Articulo 4º.- Habra un Coordinador en cada localidad donde la Academia de la Magistratura desarrolle los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia. En las sedes desconcentradas de la Academia de la Magistratura, los Coordinadores de Sede haran las veces de Coordinadores Locales.

Articulo 5º.- Son funciones del Coordinador Local: 1. Ejecutar los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, en el ambito de la localidad a su cargo, en observancia del calendario academico. 2. Atender las tareas administrativas necesarias para la buena marcha del Curso Especial de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, a su cargo. 3. Coordinar en su localidad con los Tutores Academicos y Administrativos, los aspectos relativos a la ejecucion del Curso, con sujecion a las instrucciones de la Subdireccion del PFA o previa elevacion de las consultas correspondientes. 4. Recibir las consultas, peticiones y reclamos de los discentes, resolviendo aquellas que estuvieren vinculadas con las materias delegadas por la Subdireccion del PFA. Los asuntos que el Coordinador Local eleve a la Subdireccion para su resolucion, deberan acompanarse de un informe que contenga una exposicion MORDAZA de los hechos y antecedentes, del sentido de su opinion y de las sugerencias correspondientes. 5. Reportar a la Subdireccion del PFA las informaciones pertinentes conforme con lo previsto por el presente reglamento. 6. Las demas que le asigne la Subdireccion del PFA. TITULO III DE LOS DISCENTES Articulo 6º.- La admision a los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, se rige por el reglamento que, para tal efecto, apruebe el Consejo Directivo. Articulo 7º.- Son discentes de los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia, los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, Secretarios y Relatores de Sala Titulares admitidos al Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados, tanto por reunir los requisitos previstos por las leyes organicas del Poder Judicial y del Ministerio Publico para acceder al grado inmediato superior, cuanto por cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria publicada, para dicho efecto, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 8º.- Cada discente es beneficiario de una beca que cubre parcialmente los gastos academicos y administrativos del correspondiente Curso; por consiguiente, solo debera abonar un derecho de matricula, cuyo monto sera fijado por la Academia de la Magistratura. La Academia de la Magistratura no subvencionara los gastos de transporte, hospedaje, alimentacion o viaticos de los discentes de los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia. Articulo 9º.- Son derechos de los discentes: 1. Recibir la preparacion academica con sujecion a lo establecido en el Diseno Pedagogico de los Cursos Especiales. 2. Recibir el Manual del Participante y los Materiales de Ensenanza establecidos para el Curso. 3. Solicitar y recibir asesoria del Tutor Academico y del Tutor Administrativo, las veces que lo considere necesario dentro del horario establecido. 4. Expresar libremente sus ideas, bajo el MORDAZA de los principios constitucionales. 5. Estar informados de su record academico. 6. Presentar las peticiones y reclamos con sujecion a lo dispuesto por el presente Reglamento. Articulo 10º.- Son deberes de los discentes: 1. Cumplir el presente Reglamento y las demas disposiciones dictadas por la Academia de la Magistratura. 2. Observar puntualmente las recomendaciones establecidas en el Manual del Participante. 3. Revisar permanentemente su correo electronico, pagina web de la Academia de la Magistratura y otros

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