Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2003 (28/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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datos de dicha entidad, a favor de la empresa Kimochi Servicios Generales S.R.L.; Que, con respecto al caso, la Direccion del Programa Sectorial II de la Unidad de Servicios Educativos Nº 16 de Barranca comunico a PROMPYME que la MORDAZA de Registro sin numero de registro supuestamente otorgada con fecha 11.9.01 por dicha institucion a la empresa Kimochi Servicios Generales S.R.L., y que fuera presentada a la referida Unidad de Servicios Educativos, deberia ser analizada con relacion a su autenticidad, debido a que no estaria suscrita por el funcionario que correspondia a la fecha de su emision; Que, a fojas 06 de la Hoja Informativa de Vistos, consta la declaracion del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Compras de PROMPYME, quien segun lo senalado mediante Oficio Nº 4788-2002-DPSII-AGA-USE-16-BCA de la Direccion del Programa Sectorial II de la Unidad de Servicios Educativos Nº 16 de Barranca, habria firmado la MORDAZA materia de investigacion, indicando que el formato utilizado en la referida MORDAZA de Registro sin numero, no fue el utilizado en el periodo de su gestion en PROMPYME y la firma que aparece como suya no le corresponde, precisando ademas, que se observa en el formato una direccion de PROMPYME que no corresponde a la de la fecha que figura en la Constancia; Que, con relacion al caso, el Sr. MORDAZA MORDAZA Tassara MORDAZA, Gerente General de la empresa Kimochi Servicios Generales S.R.L., manifesto que le encargo el tramite de obtencion de la MORDAZA de Registro a la Sra. Lady Hijar MORDAZA, personal administrativo de la empresa, y que en ningun momento le informaron que la MORDAZA de Registro ante PROMPYME a favor de su empresa, no estaba suscrita por el funcionario que correspondia a esa fecha; Que, la Sra. Lady Hijar MORDAZA en su declaracion indica que en efecto realizo los tramites para la obtencion de la MORDAZA de Registro ante PROMPYME para la empresa Kimochi Servicios Generales S.R.L. para lo cual dejo los documentos necesarios, relativos a la empresa, en la mesa de partes de la referida entidad publica, recogiendo al cabo de dos dias la MORDAZA sin hacerle firmar ningun documento por la recepcion de la misma, ni efectuar pago alguno por su emision asimismo, senalo que en la USE Nº 16 de Barranca no le comunicaron que la referida MORDAZA de Registro no habria sido suscrita por el funcionario que correspondia, solo que presentara otra MORDAZA de Registro porque la presentada, aproximadamente en junio de 2002, no correspondia a dicho ano; Que, resultado de la investigacion realizada la Oficina de Auditoria Interna del Sector recomienda a la Secretaria General compulsar la necesidad de autorizar a la Procuradoria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, en virtud a las conclusiones establecidas en la Hoja Informativa Nº 05-2003-OAIOAEE, interponga las acciones judiciales contra los que resulten responsables, de la presunta comision de delito contra la fe publica; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1732002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondientes contra los que resulten responsables de los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase la documentacion y demas antecedentes del caso, al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de

Trabajo y Promocion el Empleo para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 05938

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador interponer acciones legales que correspondan por presunta comision de delito de hurto
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 230-2003-MTC/02 MORDAZA, 21 de marzo de 2003 VISTO: El Memorandum Nº 189-2002-PROVIAS-D de la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 027-2002-MTC/ 15.17.07.Patrim, el Jefe de Patrimonio de la Direccion de Infraestructura Vial de la ex Direccion General de Caminos informa haber tomado conocimiento por medio de don MORDAZA MORDAZA Saquicuray, Coordinador del Proyecto: Estudios Definitivos de la Carretera Lampa-Juliaca, de la desaparicion de un Teodolito electronico y Nivel automatico, enviado por la Jefatura del mencionado Proyecto de Juliaca a MORDAZA por via aerea; Que, mediante el Memorandum Nº 023-2002-PROVIAS-D-GAL, el Gerente de Asuntos Legales de PROVIAS DEPARTAMENTAL remite el Informe Legal Nº 0032002-PROVIAS-D-GAL/PHR en el que se recomienda emitir el resolutivo que faculte al Procurador a interponer las acciones judiciales correspondientes debido a la sustraccion de los mencionados equipos; Que, segun lo senalado por don MORDAZA MORDAZA Saquicuray en su Informe Nº 001-2002-AMS, con fecha 8 de agosto de 2002 se apersono a los almacenes de la Compania Aerocontinente S.A. ubicados en la avenida MORDAZA Faucett en la Provincia Constitucional del Callao, a fin de recoger el encargo enviado por el Proyecto: Estudios Definitivos de la Carretera Juliaca-Lampa, el mismo que consistia de 8 MORDAZA cerradas con cinta de embalaje y un sobre manila; Que, el senor MORDAZA senala asimismo que, una vez en la sede del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se registro el contenido de las mencionadas MORDAZA, encontrandose en dos de ellas piedras, botellas, ladrillos y demas material, cubierto con hojas de papel periodico; Que, manifiesta asimismo que, habiendo comunicado de lo sucedido al Jefe de Patrimonio de la Direccion de Infraestructura Vial de la ex Direccion General de Caminos, este le manifesto que estarian faltando un Teodolito electronico y un Nivel automatico, de acuerdo a la Guia de Remision del Proyecto, que se encontraba en el sobre manila enviado; Que, mediante Informe Nº 027-2002-MTC/ 15.17.07.Patrim, el Jefe de Patrimonio de la Direccion de Infraestructura Vial de la ex Direccion General de Caminos hace de conocimiento de lo sucedido a la Direccion de Infraestructura Vial a fin que se dispongan las acciones que permitan la recuperacion del Teodolito electronico y un Nivel automatico a cargo de la Jefatura del Proyecto: Estudios Definitivos de la Carretera Lampa-Juliaca; Que, de conformidad con la MORDAZA Certificada de la denuncia interpuesta con fecha 9 de agosto de 2002, por el Residente de Obra del Proyecto: Estudios Defini-

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