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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2003 (29/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 244991 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de mayo de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 708-2003-AG-DGIA de la Dirección Ge- neral de Información Agraria; el Oficio Nº 1367-2003-AG-OGA-439-OL de la Dirección General de la OficinaGeneral de Administración; y el Informe Nº 004-2003- AL-OL del Director de la Oficina de Logística de la Ofici- na General de Administración; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exo-nerados de los Procesos de Licitaciones, ConcursosPúblicos o Adjudicaciones Directas, las adquisiciones ycontrataciones que se realicen cuando los bienes o ser- vicios no admiten sustitutos, procediendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía conformelo dispuesto por el artículo 20º del precitado Texto ÚnicoOrdenado; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que de producirse los supuestos señalado en el artículo19º de la Ley, la Entidad hará las adquisiciones o contra-taciones mediante acciones inmediatas sobre la basede la obtención por cualquier medio de comunicación deuna cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorización expresa del Titular de Pliego; asimismo, el artículo 116º del mismo cuerpo legalestablece que debe indicarse en la resolución exonera-toria, el órgano que se encargará de llevar a cabo lacontratación; Que, el Informe Nº 004-2003-AL-OL sustenta técni- camente la necesidad de contratar una empresa que brinde los servicios de Consultoría en Informática Jurí-dica de Banco Legal Agrario que contenga la informaciónconcerniente a Síntesis Legal Agraria, Normas a TextoCompleto, Thesaurus Jurídico, Boletines Legales Agra-rios, Legislación ordenada por Sectores, Directorio Re- gional Agrario, Proyectos de Ley en debate y noticias agrarias a través de un Web Site exclusivo en Internet,sin restricciones de ningún tipo para el uso del público engeneral; Que, asimismo, en dicho informe se señala que no existe empresa que brinde los servicios del Banco de Datos Legal en Internet gratuitamente, habiéndose veri- ficado que existen empresas que ofrecen a usuarios elservicio de acceso y consulta de legislación con un cos-to promedio de US$ 1,500.00 por instalación y US$100.00 mensuales por matenimiento de servicio; Que, en consecuencia, resulta necesaria la contrata- ción de la empresa Asesorandina S.A., para que brinde el servicio señalado en los considerandos precedentes,siendo procedente su contratación mediante el procedi-miento de Adjudicación de Menor Cuantía, exonerán-dose del proceso de selección correspondiente, de con-formidad con lo previsto en el inciso f) del artículo 19º y el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo113º de su Reglamento; Que, se ha cumplido con emitir el Informe Técnico y Legal a que se refiere el artículo 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM; Estando a las facultades conferidas por Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura yel literal b) del Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonérase del requisito del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, correspondiente a la ad-quisición del servicio de Consultoría en Informática Jurí- dica de Banco Legal Agrario, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución, y en conse-cuencia se faculta a la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura,a adquirir el servicio a través del proceso de Adjudica-ción de Menor Cuantía por el período de mayo a diciem-bre de 2003. Artículo 2º.- El Valor Referencial de la adquisición es de US$ 7,200.00 (Siete Mil Doscientos y 00/100 Dólares Americanos), provenientes de la fuente de financiamien-to recursos ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administración remita copia de la presente ResoluciónMinisterial y de los informes Técnico y Legal que la sus- tentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 10008 Oficializan "X Festival Internacional de la Vicuæa" y "XI Chaccu Nacional deVicuæas" a celebrarse en la Comuni- dad Campesina de Lucanas y en la Reserva Nacional de Pampas Galeras,departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0476-2003-AG Lima, 28 de mayo de 2003 VISTO: El Oficio Nº 0265-2003-AG-CONACS-P del Presiden- te del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos -CONACS, solicitando la oficialización del "X Festival In-ternacional de la Vicuña" y "XI Chaccu Nacional de Vicu- ñas"; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Camélidos Sudamerica- nos - CONACS, Organismo Público Descentralizado delMinisterio de Agricultura, en coordinación con la Muni- cipalidad Distrital de Lucanas y la Comunidad Campesi- na de Lucanas, organiza el "X Festival Internacional dela Vicuña" y el "XI Chaccu Nacional de Vicuñas", a reali-zarse del 22 al 24 de junio de 2003, en la ciudad deLucanas y en la Reserva Nacional de Pampas Galeras,en el departamento de Ayacucho; Que, los eventos en mención tienen por objetivo la promoción y difusión del uso sustentable de la vicuñapor parte de las comunidades campesinas del país; asícomo rescatar la milenaria tradición del CHACCU devicuñas, y difundir y promocionar el potencial turísticode la zona de influencia de la Reserva Nacional de Pam- pas Galeras; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura,Decreto Supremo Nº 026-92-AG y la Resolución Ministe-rial Nº 0313-94-AG - Reglamento de Ferias y EventosAgropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el "X Festival Internacional de la Vicuña" y "XI Chaccu Nacional de Vicuñas", a cele-brarse del 22 al 24 de junio de 2003, en la ComunidadCampesina de Lucanas y en la Reserva Nacional dePampas Galeras, en el departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- El Presidente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, presentará al Ministro de Agricultura un informe de las actividades