Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2003 (29/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2003 VISTOS:

NORMAS LEGALES

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El Oficio Nº 708-2003-AG-DGIA de la Direccion General de Informacion Agraria; el Oficio Nº 1367-2003AG-OGA-439-OL de la Direccion General de la Oficina General de Administracion; y el Informe Nº 004-2003AL-OL del Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exonerados de los Procesos de Licitaciones, Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme lo dispuesto por el articulo 20º del precitado Texto Unico Ordenado; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que de producirse los supuestos senalado en el articulo 19º de la Ley, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion por cualquier medio de comunicacion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular de Pliego; asimismo, el articulo 116º del mismo cuerpo legal establece que debe indicarse en la resolucion exoneratoria, el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el Informe Nº 004-2003-AL-OL sustenta tecnicamente la necesidad de contratar una empresa que brinde los servicios de Consultoria en Informatica Juridica de Banco Legal Agrario que contenga la informacion concerniente a Sintesis Legal Agraria, Normas a Texto Completo, Thesaurus Juridico, Boletines Legales Agrarios, Legislacion ordenada por Sectores, Directorio Regional Agrario, Proyectos de Ley en debate y noticias agrarias a traves de un Web Site exclusivo en Internet, sin restricciones de ningun MORDAZA para el uso del publico en general; Que, asimismo, en dicho informe se senala que no existe empresa que brinde los servicios del Banco de Datos Legal en Internet gratuitamente, habiendose verificado que existen empresas que ofrecen a usuarios el servicio de acceso y consulta de legislacion con un costo promedio de US$ 1,500.00 por instalacion y US$ 100.00 mensuales por matenimiento de servicio; Que, en consecuencia, resulta necesaria la contratacion de la empresa Asesorandina S.A., para que brinde el servicio senalado en los considerandos precedentes, siendo procedente su contratacion mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, exonerandose del MORDAZA de seleccion correspondiente, de conformidad con lo previsto en el inciso f) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 113º de su Reglamento; Que, se ha cumplido con emitir el Informe Tecnico y Legal a que se refiere el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; Estando a las facultades conferidas por Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el literal b) del Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 0172001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerase del requisito del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, correspondiente a la adquisicion del servicio de Consultoria en Informatica Juridica de Banco Legal Agrario, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, y en conse-

cuencia se faculta a la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura, a adquirir el servicio a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por el periodo de MORDAZA a diciembre de 2003. Articulo 2º.- El Valor Referencial de la adquisicion es de US$ 7,200.00 (Siete Mil Doscientos y 00/100 Dolares Americanos), provenientes de la fuente de financiamiento recursos ordinarios. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los informes Tecnico y Legal que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 10008

Oficializan "X Festival Internacional de la Vicuna" y "XI Chaccu Nacional de Vicunas" a celebrarse en la Comunidad Campesina de Lucanas y en la Reserva Nacional de Pampas Galeras, departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0476-2003-AG MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Oficio Nº 0265-2003-AG-CONACS-P del Presidente del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos CONACS, solicitando la oficializacion del "X Festival Internacional de la Vicuna" y "XI Chaccu Nacional de Vicunas"; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, en coordinacion con la Municipalidad Distrital de Lucanas y la Comunidad Campesina de Lucanas, organiza el "X Festival Internacional de la Vicuna" y el "XI Chaccu Nacional de Vicunas", a realizarse del 22 al 24 de junio de 2003, en la MORDAZA de Lucanas y en la Reserva Nacional de Pampas Galeras, en el departamento de Ayacucho; Que, los eventos en mencion tienen por objetivo la promocion y difusion del uso sustentable de la vicuna por parte de las comunidades campesinas del pais; asi como rescatar la milenaria tradicion del CHACCU de vicunas, y difundir y promocionar el potencial turistico de la MORDAZA de influencia de la Reserva Nacional de Pampas Galeras; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, Decreto Supremo Nº 026-92-AG y la Resolucion Ministerial Nº 0313-94-AG - Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el "X Festival Internacional de la Vicuna" y "XI Chaccu Nacional de Vicunas", a celebrarse del 22 al 24 de junio de 2003, en la Comunidad Campesina de Lucanas y en la Reserva Nacional de Pampas Galeras, en el departamento de Ayacucho. Articulo 2º.- El Presidente del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, presentara al Ministro de Agricultura un informe de las actividades

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