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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2003 (29/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 244998 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de mayo de 2003 - Señor Juan Infante Alosilla, representante de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa- PROMpyme. - Señor Alvaro Roca Rey, representante del Instituto Nacional de Cultura - INC. - Señor Mario Vargas Díaz, Representante de la Asociación de Exportadores - ADEX. Artículo 2º.- El Comité Consultivo de Artesanía formu- lará recomendaciones sobre acciones, lineamientos depolítica y normas relacionadas con la actividad artesa-nal, siendo el cargo de miembro del referido Comité ad honorem. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 09903 Designan miembro del ComitØ de Coordinación Multisectorial a que se refiere el D.S. N” 053-2003-RE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2003-MINCETUR/DM Lima, 26 de mayo de 2003 Visto el Memorándum Nº 152-2003-MINCETUR/SG/ OGPPD, de la Oficina General de Planificación, Presu-puesto y Desarrollo. CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacio- nal - APCI, conforme al artículo 11º de la Ley Nº 27692 -Ley de Creación de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional, cuenta con un Comité de Coordinación Multisectorial de Cooperación que actúa como instancia de enlace y coordinación para fortalecer la gestión de lacooperación internacional. Asimismo, conforme al artí-culo 13º de la misma Ley, dicho Comité esta compuesto,entre otros, por los Directores o Jefes de las OficinasResponsables de la Cooperación Técnica de los Minis- terios o quienes hagan sus veces; Que, el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 53-2003- RE, Reglamento de Organización y Funciones de laAgencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI,dispone que los miembros del citado Comité de Coordi-nación Multisectorial serán designados por Resolución del Titular de la Entidad; Que, en consecuencia resulta necesario designar al Director de la Oficina de Cooperación Técnica e Inver-sión Pública de la Oficina General de Planificación, Pre-supuesto y Desarrollo como integrante del Comité deCoordinación Multisectorial antes mencionado, en re- presentación del Ministerio de Comercio Exterior y Tu- rismo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Ley Nº 27790- Ley de Organización y Funciones del Ministerio deComercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Sr. OSCAR ALFREDO DONAYRE PONCE, Director (e) de la Oficina de Coope- ración Técnica e Inversión Pública de la Oficina Generalde Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministeriode Comercio Exterior y Turismo, como miembro del Co-mité de Coordinación Multisectorial a que se refiere elartículo 13º del Decreto Supremo Nº 053-2003-RE. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Agencia Peruana de Cooperación Inter-nacional - APCI.Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y ComunicacionesEncargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 09904 Aprueban formato de Certificado de Origen a utilizarse por importadores debienes sujetos a derechos antidumpingo compensatorios, provisionales o de-finitivos, que deban acreditar el lugarde origen RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 198-2003-MINCETUR/DM Lima, 26 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 21-95-ITINCI, publi- cado el 5 de agosto de 1995, se aprobaron las normaspara determinar el origen de los productos importadosen los casos que se establezca la aplicación de dere-chos antidumping y/o compensatorios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 102-95-ITIN- CI/DM, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 123-95-ITINCI/DM, y Nº 142-96-ITINCI/DM, se aprobóun formato de certificado de origen para las importacio-nes de tejidos clasificados en los capítulos 52 y 55 delArancel de Aduanas, sujetos a derechos antidumping,con el objeto de evitar la elusión de los derechos; Que, es necesario modificar las Resoluciones Minis- teriales antes mencionadas a fin de aprobar un formatode certificado de origen único para todos los productossujetos a derechos antidumping o compensatorios pro-visionales o definitivos, a fin de facilitar las operacionescomerciales; En aplicación de la Ley Nº 27790 - Ley de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior yTurismo y de su Reglamento aprobado por Decreto Su-premo Nº 005-2002-MINCETUR: SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar el formato de Certificado de Origen que deberá ser utilizado por el importador debienes sujetos a derechos antidumping o compensato-rios, provisionales o definitivos, que deban acreditar el lugar de origen de los bienes, de acuerdo a las normas que para tal efecto apruebe el Ministerio de ComercioExterior y Turismo mediante Resolución Ministerial. Artículo 2º .- El Certificado de Origen deberá ser ex- pedido en el formato que en Anexo forma parte integran-te de la presente Resolución Ministerial, y deberá satis- facer los siguientes requisitos mínimos: a) Ser expedido y llenado en idioma español, si se expide en idioma diferente debe acompañarse de unatraducción oficial al español. b) Será firmado y sellado por la autoridad competen- te para emitir certificados de origen, del país o lugar de origen, o por un organismo oficialmente autorizado a talefecto, por la administración del país donde se expide elCertificado. c) Contendrá todos los datos indispensables para identificar el producto al que se refiere. A tal efecto, los datos mínimos indispensables y los criterios de califica- ción de origen, serán especificados mediante Resolu-ción Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Tu-rismo. Artículo 3º .- Los Certificados de Origen tendrán un plazo de validez de noventa (90) días contados a partir