Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2003 (29/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2003

- Senor MORDAZA MORDAZA Alosilla, representante de la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMpyme. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del Instituto Nacional de Cultura - INC. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante de la Asociacion de Exportadores - ADEX. Articulo 2º.- El Comite Consultivo de Artesania formulara recomendaciones sobre acciones, lineamientos de politica y normas relacionadas con la actividad artesanal, siendo el cargo de miembro del referido Comite ad honorem. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 09903

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 09904

Aprueban formato de Certificado de Origen a utilizarse por importadores de bienes sujetos a derechos antidumping o compensatorios, provisionales o definitivos, que deban acreditar el lugar de origen
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-2003-MINCETUR/DM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 21-95-ITINCI, publicado el 5 de agosto de 1995, se aprobaron las normas para determinar el origen de los productos importados en los casos que se establezca la aplicacion de derechos antidumping y/o compensatorios; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 102-95-ITINCI/DM, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 123-95-ITINCI/DM, y Nº 142-96-ITINCI/DM, se aprobo un formato de certificado de origen para las importaciones de tejidos clasificados en los capitulos 52 y 55 del Arancel de Aduanas, sujetos a derechos antidumping, con el objeto de evitar la elusion de los derechos; Que, es necesario modificar las Resoluciones Ministeriales MORDAZA mencionadas a fin de aprobar un formato de certificado de origen unico para todos los productos sujetos a derechos antidumping o compensatorios provisionales o definitivos, a fin de facilitar las operaciones comerciales; En aplicacion de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el formato de Certificado de Origen que debera ser utilizado por el importador de bienes sujetos a derechos antidumping o compensatorios, provisionales o definitivos, que deban acreditar el lugar de origen de los bienes, de acuerdo a las normas que para tal efecto apruebe el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo mediante Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El Certificado de Origen debera ser expedido en el formato que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, y debera satisfacer los siguientes requisitos minimos: a) Ser expedido y llenado en idioma espanol, si se expide en idioma diferente debe acompanarse de una traduccion oficial al espanol. b) Sera firmado y MORDAZA por la autoridad competente para emitir certificados de origen, del MORDAZA o lugar de origen, o por un organismo oficialmente autorizado a tal efecto, por la administracion del MORDAZA donde se expide el Certificado. c) Contendra todos los datos indispensables para identificar el producto al que se refiere. A tal efecto, los datos minimos indispensables y los criterios de calificacion de origen, seran especificados mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 3º.- Los Certificados de Origen tendran un plazo de validez de noventa (90) dias contados a partir

Designan miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial a que se refiere el D.S. Nº 053-2003-RE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 196-2003-MINCETUR/DM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2003 Visto el Memorandum Nº 152-2003-MINCETUR/SG/ OGPPD, de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo. CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, conforme al articulo 11º de la Ley Nº 27692 Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, cuenta con un Comite de Coordinacion Multisectorial de Cooperacion que actua como instancia de enlace y coordinacion para fortalecer la gestion de la cooperacion internacional. Asimismo, conforme al articulo 13º de la misma Ley, dicho Comite esta compuesto, entre otros, por los Directores o Jefes de las Oficinas Responsables de la Cooperacion Tecnica de los Ministerios o quienes MORDAZA sus veces; Que, el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 53-2003RE, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, dispone que los miembros del citado Comite de Coordinacion Multisectorial seran designados por Resolucion del Titular de la Entidad; Que, en consecuencia resulta necesario designar al Director de la Oficina de Cooperacion Tecnica e Inversion Publica de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo como integrante del Comite de Coordinacion Multisectorial MORDAZA mencionado, en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director (e) de la Oficina de Cooperacion Tecnica e Inversion Publica de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, como miembro del Comite de Coordinacion Multisectorial a que se refiere el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 053-2003-RE. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI.

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