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PÆg. 244992 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de mayo de 2003 desarrolladas, en un plazo de treinta (30) días calenda- rio posteriores a la culminación del evento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 10009 Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Di-rección Regional Agraria Lambayeque RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0477-2003-AG Lima, 28 de mayo de 2003 VISTA: La Carta de fecha 28 de abril de 2003, cursada por el Abog. Gerardo Martín Guerrero Franco al señor Minis-tro de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0671-2002- AG, de 11 de julio de 2002, se designó al Abog. GerardoMartín Guerrero Franco, como Director de Sistema Ad-ministrativo II de la Oficina de Asesoría Jurídica de laDirección Regional Agraria Lambayeque; Que, con el documento del visto, el mencionado fun- cionario ha presentado su renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica delMinisterio de Agricultura y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 15 de abril de 2003, la renuncia presentada por el Abog. Ge-rardo Martín Guerrero Franco, al cargo de Director deSistema Administrativo II de la Oficina de Asesoría Jurí- dica de la Dirección Regional Agraria Lambayeque; dán- dole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 10010 Constituyen Comisión encargada de elaborar propuesta de reglamento delConsejo Nacional de Concertación parala Reactivación y Desarrollo del Sec- tor Agropecuario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0485-2003-AG Lima, 28 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, es política permanente del Ministerio de Agri- cultura propiciar el diálogo con las organizaciones re- presentativas de los gremios agrarios, para lo cual fue creado el Consejo Nacional de Concertación Agrariamediante Decreto Supremo Nº 041-2002-AG; Que, mediante Ley Nº 27965 se ha creado el Conse- jo Nacional de Concertación para la Reactivación y Desa-rrollo del Sector Agropecuario, derogándose el Decreto Supremo Nº 041-2002-AG;Que, de acuerdo a la disposición transitoria de la Ley Nº 27965, el Consejo Nacional de Concertación Agrariapermanecerá en funciones hasta la fecha de Constitu-ción del Consejo Nacional de Concertación para laReactivación y Desarrollo del Sector Agropecuario; Que, de acuerdo al artículo 5º de la Ley Nº 27965, es el Poder Ejecutivo el encargado de reglamentar la pre- sente ley en el plazo de 60 días, por lo que se hacenecesario constituir una comisión que trabaje la pro-puesta de reglamento con el que deberá contar el men-cionado Consejo; Que, siendo política del Ministerio de Agricultura la apertura permanente para la plena participación de los gremios en los espacios de concertación sobre los te-mas agrarios; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º inciso f) del Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Regla-mento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión encargada de elaborar la propuesta de reglamento del Consejo Nacio-nal de Concertación para la Reactivación y Desarrollodel Sector Agropecuario, la misma que estará conformadade la siguiente manera: - El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Con- certación Agraria - CONACA, quien la presidirá. - Un representante del Ministro de Agricultura.- Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca del Ministerio de Agricultura. - Dos representantes de los Gremios Agrarios que integran el Consejo Nacional de Concertación Agraria -CONACA. Artículo 2º.- La Comisión elaborará la propuesta de reglamento para el Consejo Nacional de Concertaciónpara la Reactivación y Desarrollo del Sector Agropecua-rio, alcanzando sus conclusiones a la Alta Dirección parasu posible implementación. Artículo 4º.- La Comisión que se constituye median- te la presente resolución deberá iniciar sus actividadesen un plazo no mayor a cinco (5) días, la misma tendráuna duración máxima de cuarenta y cinco (45) días apartir de la fecha de su instalación, debiendo entregar altérmino de su vigencia la propuesta de norma legal a la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 10054 DEFENSA Modifican y precisan disposiciones so- bre Normas Relativas a las DotacionesMínimas de Seguridad para naves debandera nacional mayores de 13.30arqueo bruto RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0405-2003/DCG 16 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 0641-2002/DCG de fecha 6.noviembre.2002 se aprobó las "Normas Re-lativas a las Dotaciones Mínimas de Seguridad" para todas las naves de bandera nacional mayores de 13.30 arqueo bruto;