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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G36/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de noviembre de 2003 Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Maríti- mo", con el propósito de combatir la pesca ilegal de recur-sos hidrobiológicos con el uso de embarcaciones que nocuentan con permisos de pesca o contando con dicho de-recho administrativo capturan recursos no autorizados, asícomo aquellos que teniendo permiso de pesca descargan un volumen mayor al autorizado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 394-2003-PRO- DUCE del 17 de octubre de 2003, se aprobó los "Términosde Referencia para la selección de la(s) empresa(s) quese encargará(n) de la ejecución del Programa de Vigilan-cia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo" y el cronograma de trabajo de la Comisión cons- tituida por el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE; Que mediante Resolución Ministerial Nº 408-2003-PRO- DUCE de fecha 29 de octubre de 2003, se modificaron elnumeral VIII (RENUNCIA DE LA EMPRESA SELECCIONA- DA) y el numeral 9,4 (CRONOGRAMA Y PROCESO DE SELECCIÓN), de los Términos de Referencia para la selec-ción de la(s) empresa(s) que se encargará(n) de la ejecucióndel Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desem-barque en el Ámbito Marítimo aprobado mediante ResoluciónMinisterial Nº 394-2003-PRODUCE, con la finalidad de per- mitir una mayor transparencia a dicho proceso; Que la Comisión citada en el segundo considerando, ha aprobado se amplíe el plazo para la evaluación de laspropuestas económicas de las empresas postoras; aspec-to que es importante conceder para el buen término delproceso de selección de la(s) empresa(s) que se encarga- rá(n) de la ejecución del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo aproba-do mediante Resolución Ministerial Nº 394-2003-PRODU-CE; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar los puntos 9.7 y 9.8 del numeral IX (CRONOGRAMA Y PROCESO DE SELECCIÓN) de losTérminos de Referencia para la selección de la(s)empresa(s) que se encargará(n) de la ejecución del Pro- grama de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, aprobado mediante Resolución Mi-nisterial Nº 394-2003-PRODUCE, en los siguientes térmi-nos: Nº Actividad Fechas 9.7 Presentación de la Ante la Subcomisión, Propuesta Económica los días 5 y 6 de noviembre de 2003. Evaluación de la Ante la Subcomisión, Propuesta Económica los días 10 al 14 de noviembre de 2003. 9.8 Comunicación de los Sábado 15 de noviembre Resultados de 2003. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial entra- rá en vigencia a partir del día de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 20496 /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65 /G61/G6E/G63/G68/G6F/G76/G65/G74/G61/G20/G79/G20/G61/G6E/G63/G68/G6F/G76/G65/G74/G61/G20/G62/G6C/G61/G6E/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G66/G6C/G6F/G74/G61 /G64/G65/G20/G6D/G61/G64/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G73/G20/G73/G65/G20/G6F/G62/G74/G75/G76/G69/G65/G2D/G72/G6F/G6E/G20/G61/G6C/G20/G61/G6D/G70/G61/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G36/G39/G32/G30 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 420-2003-PRODUCE Lima, 6 de noviembre de 2003CONSIDERANDO: Que el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que son patrimonio de la Naciónlos recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas juris-diccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular su manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que el artículo 9º de la citada Ley contempla que, so- bre la base de evidencias científicas disponibles y de fac-tores socioeconómicos, la autoridad pesquera determinarásegún el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, losmétodos de pesca, tallas mínimas de captura y demás nor-mas que requieran la preservación y explotación racionalde los recursos pesqueros; Que mediante Resolución Ministerial Nº 406-2003-PRO- DUCE del 28 de octubre del 2003, se estableció un Régi- men Provisional de Pesca del recurso anchoveta ( Engrau- lis ringens ) y anchoveta blanca ( Anchoa nasus ), en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimodel Perú y los 16° 00' S a partir del 1 de noviembre del2003; autorizándose el desarrollo de las actividades de extracción y procesamiento del recurso anchoveta, a partir de las 00.00 horas del 1 de noviembre del 2003, en la zonacomprendida entre los 8° 00' S y los 16° 00' S, disponién-dose asimismo, que dichas actividades en la zona com-prendida al norte de los 8° 00' S, se iniciaran a partir de las00.00 horas del día 11 de noviembre del 2003; Que el segundo párrafo del artículo 6º de la Resolución Ministerial a que se hace referencia en el considerandoprecedente, establece que el Ministerio de la Producción,en aplicación del Enfoque Precautorio, podrá disponer lasuspensión de las actividades pesqueras de un determi-nado puerto o zona de pesca, en caso de observar una reiterada actitud de la flota anchovetera de efectuar faenas de pesca en la zona reservada de las 5 millas o ante lapresencia del recurso merluza en las capturas de dichaflota; sin perjuicio de iniciar el procedimiento administrativosancionador que corresponda; Que mediante el Informe Nº 145-2003-PRODUCE/ DINSECOVI-Dif, del 6 de noviembre de 2003, la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, informa so-bre la presencia masiva de embarcaciones pesqueras demadera que vienen desarrollando sus operaciones de pes-ca dentro de las 5 millas marinas, entre los paralelos 8°00'Sy 13°00' S; Que el área marítima mencionada en el considerando anterior, está reservada para el desarrollo de la actividadpesquera artesanal y de menor escala, conforme lo dispo-ne el Decreto Supremo Nº 017-92-PE, encontrándose pro-hibido por el numeral 63.2 del artículo 63º del Reglamentode la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PE, el uso de artes y aparejos de pesca que modifiquen las condiciones bioecológicas del mediomarino, tales como redes de arrastre de fondo, redes decerco industriales, rastras y chinchorros mecanizados; porlo que resulta necesario, en aplicación del enfoque precau-torio, dictar medidas que permitan una racional explotación de los recursos hidrobiológicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blanca (Anchoa nasus ) de la flota de madera cuyos permisos de pesca fueron obtenidos al amparo de la Ley Nº 26920 y de los Decretos Supremos Nºs. 003-98-PE, 003-2000-PE y 005-2002-PRODUCE, a partir de las 00.00 horas del día 8de noviembre hasta las 24 horas del día 10 de noviembrede 2003, en el área comprendida entre los paralelos 8°00'S y 13°00' S. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del área que comprende la presente suspensión de las actividades extractivas, podrán procesar el recursoanchoveta provenientes de la flota de madera antes citada,hasta las 18.00 horas del día 8 de noviembre de 2003.