Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2003 (16/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- ENCARGAR a Secretaria General que informe de la presente Resolucion de Alcaldia al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE) y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa (PROMPYME), dando cuenta al CONSUCODE dentro del plazo establecido por la ley. Articulo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 21244

- Condonacion de las Costas y Gastos Administrativos de las deudas que se encuentran en MORDAZA coactivo, salvo aquellas que se encuentren con medida cautelar firme. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y archive. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21335

Sancionan con destitucion a auxiliar coactivo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 772-2003-AL-MDSMP San MORDAZA de Porres, 12 de noviembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen el Programa de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias "PAGAFACIL"
ORDENANZA Nº 072-MDSMP San MORDAZA de Porres, 7 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, en Sesion Ordinaria de fecha 7 de noviembre de 2003, visto el Memorandum Nº 221-2003-GATy R-SMP, de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º al 199º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal las funciones normativas en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, establece que la Administracion esta facultada para otorgar fraccionamiento a aquellos contribuyentes que deseen regularizar sus deudas tributarias, siempre que cumplan con los requisitos o garantias que se establezca; Que, mediante el Reglamento de la Ordenanza Nº 063MDSMP, se establecio el sistema "PAGA FACIL", que tenia vigencia hasta al 31 de octubre del presente ano; sistema que fue acogido positivamente por los vecinos del distrito, siendo necesario por consiguiente su continuacion, el cual debe ser autorizado por una nueva ordenanza; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 9º inciso 8, 10º inciso 1 y 20º inciso 5 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; el Concejo Municipal aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL SISTEMA PAGA FACIL Articulo Unico.- Establezcase por 30 dias el Programa de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias "PAGAFACIL", mediante el cual se otorga los siguientes beneficios: - Pago fraccionado de la deuda insoluta, condonandose los intereses moratorios y de fraccionamiento por pago puntual, dentro de la fecha de vencimiento de cada cuota.

Visto, el Informe Nº 014-2003-CEPAD/MDSMP. CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del articulo 170º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante D.S. Nº 005-90PCM, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios emitio el informe mencionado sobre el MORDAZA iniciado en funcion a los Informes Nºs. 221-2003-UEC-OAT-SMP , 108-2003-OAT-SMP y 313-2003-DRRHH/MDSMP; Que, con fecha 6 de octubre del 2003, se expidio la Resolucion de Alcaldia Nº 729-2003-AL/MDSMP instaurando MORDAZA Administrativo Disciplinario al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Auxiliar Coactivo de esta Municipalidad por la inobservancia de las normas que regulan sus deberes, obligaciones y prohibiciones en su condicion de funcionario publico; Que, dentro del plazo de Ley el funcionario indicado, mediante escrito de fecha 16 de octubre del 2003, solicito MORDAZA de los documentos y prorroga del plazo otorgado, lo que la Comision concedio y con Expediente Nº S 3078 el Sr. MORDAZA presento los descargos respectivos; Que, segun el Atestado el dia 1 de setiembre del 2003 el Sr. MORDAZA fue intervenido por la Policia a solicitud del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en presencia del Representante del Ministerio Publico, en la cuadra 6 de la Av. MORDAZA de Habich, por haber solicitado aparentemente, S/. 600.00 para facilitar el levantamiento de un embargo trabado sobre una cuenta de Banco Continental a nombre de la MORDAZA del denunciante. Segun se indica, el Sr. MORDAZA acepto haber entregado una Cedula de Notificacion de levantamiento de embargo que se encontraba con su post firma, aunque nego haberla firmado y cobrado por ella; Que, a raiz de dicha intervencion el 1º Juzgado Penal le abrio instruccion con mandato de detencion, siendo enviado el dia 3 de setiembre al Penal de Reos Primarios San MORDAZA, motivo por el cual dicho senor dejo de asistir a este centro laboral desde el 2 de setiembre hasta el 4 de octubre del 2003, habiendo solicitado mediante Expediente Nº S 2563 de fecha 5 de setiembre vacaciones adelantadas, sin mas sustento que la expresion por razones de fuerza mayor y, ante la negativa de la entidad a concederselas, solicito licencia sin goce de haber por el periodo de un mes, lo que tambien le fue negado por necesidad del servicio; Que, la Comision senala que efectuo el analisis del resultado de la investigacion efectuada, merituando y evaluando los documentos aportados, respecto del sustento de los informes enunciados anteriormente, a fin de determinar si existe responsabilidad administrativa en los hechos que se imputan; Que, la Comision preciso que no se pronunciaria sobre el supuesto delito que se le imputa, debido a que dicho pronunciamiento no es de su competencia sino que corresponde al ambito jurisdiccional penal; Que, respecto a la inasistencia del senor MORDAZA a este centro laboral, la Comision opino que si bien es un derecho de los funcionarios y servidores solicitar licencia por motivos particulares, segun se establece en el articulo 115º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, tambien lo es de la entidad otorgarlo o no, de acuerdo con las necesidades del servicio. Sin

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