Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2003 (16/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2003

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALITRAL - SULLANA VISTO:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Acuerdan proponer que se incluya en las Normas Tecnicas del MORDAZA a la varietal de uva denominada uvina
ACUERDO Nº 103-2003-MPC Canete, 31 de octubre de 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Acuerdo, sobre la inclusion en las Normas Tecnicas del MORDAZA a la varietal de uva denominada UVINA; CONSIDERANDO: Que, la uva denominada Uvina es una varietal originaria de la MORDAZA alta de la provincia de Canete, desarrollada exclusivamente en el microclima de Lunahuana, Pacaran y MORDAZA y considerada como unica en el MORDAZA y posiblemente en el MORDAZA, contando con mas de 100 anos de existencia; siendo una de sus caracteristicas que no requiere de insumos quimicos para su control fitosanitario debido a la excelencia climatologica en que se desarrolla y por tratarse de una cepa resistente a la filoxera, por lo que se la considera como uva ecologica, a la que se le agrega propiedades preventivas en beneficio de la salud; Que, la uva Uvina permite la produccion de vino y MORDAZA que viene ganando espacio preferencial en el MORDAZA nacional demostrado al ocupar el primer lugar en los Concursos Nacionales de MORDAZA de los anos 1996, 1997, 1999 y 2002, permitiendo, ademas, la generacion de puestos de trabajo en la zona; Que, existe una MORDAZA destinada a impedir el avance de esta varietal en la produccion de MORDAZA, que atenta contra la produccion local, por lo tanto fiel a la tradicion canetana merece la atencion prioritaria de la Comuna Provincial, que debe resaltarse y preservarse; Que, del 13 al 16 de noviembre de 2003 se celebra el II Congreso Nacional del MORDAZA en la MORDAZA de Tacna congregando a investigadores, especialistas y productores interesados en contribuir al desarrollo nacional del MORDAZA, como producto nato y MORDAZA de nuestro pais; Estando a lo expuesto, a lo aprobado en forma unanime por el pleno del concejo, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- Proponer al MORDAZA II Congreso Nacional del MORDAZA "Cesar Chiarella Arce" a realizarse en la heroica MORDAZA de Tacna, incluir en forma definitiva en las Normas Tecnicas del MORDAZA a la varietal de uva denominada UVINA, producida en las riberas del rio Canete. Articulo 2º.- Reconocer a los distritos de Lunahuana, Pacaran y MORDAZA como REGION VITIVINICOLA DE LA UVINA. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 21328

Las observaciones a las Bases de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDS-S hechas por el Ing. MORDAZA MORDAZA Jayo MORDAZA con Carta Nº 049-2003/JHMAING de fecha 16 de setiembre del 2003, sobre el MORDAZA de seleccion para la ejecucion de la obra "Construccion, Mejoramiento y Remodelacion de Plaza de MORDAZA - Salitral - Sullana", asi como el Pronunciamiento Nº 172-2003 (GTN) de fecha 27 de octubre del 2003 emitido por la Gerencia Tecnico Normativo de CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, mediante R.A. Nº 104-2003-MDS/A de fecha 26.8.2003 se aprobo el Expediente Tecnico denominado "Construccion, Mejoramiento y Remodelacion de Plaza de MORDAZA - Salitral - Sullana" con un valor referencial de S/. 217,247.99; asi mismo se autorizo al Comite Especial Permanente de Contrataciones y Adquisiciones de Obras, Bienes y Servicios de la Municipalidad Distrital de Salitral a realizar el debido MORDAZA de seleccion de la referida Obra, de acuerdo y tal como lo dispone la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los Decretos Supremos Nº 012-2001-PCM y Nº 013-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento respectivamente; Que, habiendo iniciado el MORDAZA de seleccion mediante la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDS-S-CEP, el Ing. MORDAZA MORDAZA Jayo MORDAZA, formulo observaciones a las Bases, las mismas que al no haber sido acogidas en su totalidad por el Comite Especial, fueron remitidas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, al MORDAZA de lo que establece el Articulo 28º del D.S. Nº 012-2001-PCM y Articulo 52º del D.S. Nº 013-2001-PCM, para el respectivo pronunciamiento; Que, mediante PRONUNCIAMIENTO Nº 172-2003 (GTN) de fecha 27 de octubre del 2003, el mismo que ha sido recepcionado mediante Oficio Nº 584-2003 (PRE) con fecha 3 de noviembre; el CONSUCODE ha dispuesto que la Municipalidad Distrital de Salitral debera declarar de Oficio la Nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0012003-MDS-S, convocada para la ejecucion de la Obra en referencia, en concordancia con los argumentos expuestos tanto en las observaciones del adquiriente de las Bases, asi como con las recomendaciones planteadas en el indicado Pronunciamiento; Teniendo en cuenta la parte considerativa, y al MORDAZA de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, y el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de Oficio la Nulidad del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDS-S-CEP, convocada para la "Construccion, Mejoramiento y Remodelacion de Plaza de MORDAZA - Salitral - Sullana"; autorizando al Comite Especial Permanente para que lleve a cabo un MORDAZA MORDAZA selectivo, para lo cual debera elaborar nuevas Bases. Articulo Segundo.- Disponer que la presente disposicion debera notificarse al dia siguiente de expedicion, a todos los adquirientes de Bases, asi como al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Articulo Tercero.- Autorizar a Secretaria General para que realice las respectivas notificaciones y su debida publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA R. MORDAZA R. MORDAZA 21329

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALITRAL
Declaran de oficio nulidad de MORDAZA de seleccion convocado para la construccion, mejoramiento y remodelacion de Plaza de MORDAZA - Salitral - Sullana
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 116-MDS/A Salitral, 7 de noviembre del 2003

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