Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2003 (16/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de noviembre de 2003

de requisito (s) e indicar al administrado que debe subsanarlos en el plazo MORDAZA de dos dias habiles, observacion que debera ser anotada bajo firma del receptor en la Solicitud-Formulario y en el cargo o MORDAZA para el administrado; bajo apercibimiento de tener por no presentada su solicitud y consiguiente devolucion por parte de la Unidad de Tramite Documentario. 7.2. La Unidad de Tramite Documentario, solo en el caso de que la Solicitud-Formulario contenga los requisitos establecidos, la remitira en el dia a la Subdireccion de Servicio Social para que en el plazo de 5 dias habiles la evalue, emitiendo el informe pertinente y con el proyecto de Resolucion Directoral lo remita a la Direccion de Bienestar Social y Desarrollo Humano para que emita el acto administrativo pertinente. 7.3. El presente procedimiento es de evaluacion, operando el silencio administrativo positivo. 7.4. En caso de denegatoria de inscripcion, el administrado podra interponer en los plazos de 5 y 6 dias habiles respectivamente, contados a partir del dia siguiente de notificado con el acto administrativo los recursos siguientes: 7.4.1. Recurso de Reconsideracion, sera resuelto por el Director de Bienestar Social y Desarrollo Humano como primera instancia, en el plazo de 5 dias habiles. 7.4.2. Recurso de Apelacion, sera resuelto por el Director Municipal como MORDAZA y MORDAZA instancia con el consiguiente agotamiento de la via administrativa; previo informe sustentatorio de la Oficina de Asesoria Juridica, en el plazo de 5 dias habiles. 7.5. Para el presente procedimiento seran aplicables las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, en lo que fuera pertinente. Articulo 8º.- Solicitud-Formulario Aprobar la Solicitud-Formulario, a que hace referencia el articulo 6º la cual forma parte integrante de la presente Ordenanza como Anexo 1. CAPITULO III MORDAZA DE ELECCION Articulo 9º.- De la Convocatoria El MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia dispondra la convocatoria a eleccion de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA, determinando el lugar dentro de la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, fecha y hora del acto electoral. Articulo 10º.- Contenido del Decreto de Alcaldia El Decreto de Alcaldia ademas de lo establecido en el articulo 9º debera contener: 10.1. Calendario electoral que incluye las fechas de cierre en el Libro de Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA de Surco. 10.2. Publicacion del Padron Electoral. 10.3. Plazo de Impugnacion contra el Padron Electoral. Articulo 11º.- Publicidad del Decreto de Alcaldia El Decreto de Alcaldia disponiendo la Convocatoria a Elecciones debera ser publicado por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulacion, en el plazo MORDAZA de 3 dias calendario, posteriores a su emision. Articulo 12º.- Padron Electoral 12.1. El Padron Electoral sera elaborado por la Subdireccion de Servicio Social en coordinacion con el Comite Electoral, en base a las inscripciones efectuadas en el Libro de Registro Distrital de las Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA de Surco. 12.2. Debera publicarse el Padron Electoral en las vitrinas especialmente acondicionadas para las publicaciones, ubicadas en la sede del Palacio Municipal y demas Oficinas Administrativas y Agencias Municipales, dentro de los tres dias calendario posteriores al cierre de las inscripciones consentidas.

12.3. La publicacion del Padron Electoral debe incluir el nombre de la Organizacion de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA inscrita y el de su delegado acreditado, agrupadas por segmentos. Articulo 13º.- De las Impugnaciones Cualquier ciudadano o vecino del distrito de MORDAZA de MORDAZA puede impugnar la inscripcion de la Organizacion de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA y/o del delegado acreditado, presentando su impugnacion dentro de los dos dias habiles de concluida la publicacion del Padron Electoral. Articulo 14º.- Del Comite Electoral Para efectos del MORDAZA electoral se conforma el Comite Electoral, que constituye la MORDAZA autoridad en el MORDAZA electoral, cuyos fallos son inapelables, integrado por: - Director Municipal, en calidad de Presidente. - Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, en calidad de Secretario. - Director de Bienestar Social y Desarrollo Humano, en calidad de Vocal. Articulo 15º.- De las Funciones del Comite Electoral Son las siguientes: 15.1. Resolver las impugnaciones que se formulen contra la inscripcion de la Organizacion de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA y/o del delegado acreditado, en unica instancia. 15.2. Organizar, dirigir y controlar el MORDAZA electoral. 15.3. Inscribir a los candidatos, conforme lo establece la ley. 15.4. Resolver las tachas que se formulen, las que seran resueltas en el acto. 15.5. Proclamar a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para integrar el Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA de Surco. 15.6. Levantar el Acta pertinente. 15.7. Comunicar al MORDAZA los resultados del MORDAZA electoral, remitiendole el Acta Electoral y MORDAZA de la misma al MORDAZA Nacional de Elecciones y al Organismo Nacional de Procesos Electorales. Articulo 16º.- Acto Electoral Participan en el dia de la eleccion unicamente los delegados acreditados por las Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA y que figuran en el Padron Electoral. El delegado acreditado puede ser reemplazado o representado por otro de la Organizacion de la Sociedad Civil, hasta dos dias MORDAZA de la fecha fijada para las elecciones en la Convocatoria, lo cual debera ser puesto en conocimiento de los demas delegados MORDAZA del inicio de la eleccion, para las observaciones o impugnaciones que deseen realizar, siendo resuelto por el Comite Electoral en el acto. Articulo 17º.- Sistema de Eleccion Preferencial La eleccion de representantes se realiza reuniendo a los delegados de las Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA de MORDAZA eligiendo cada uno de ellos a sus 5 candidatos preferenciales, ocupando los cargos quienes obtengan las mas altas votaciones. Articulo 18º.- Supervision de la Eleccion La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el dia y lugar senalado en el Decreto de Alcaldia disponiendo la Convocatoria, supervisara la eleccion que se iniciara a las 9.00 a.m. en primera convocatoria y a las 9.30 a.m. en MORDAZA y MORDAZA convocatoria. Articulo 19º.- MORDAZA de los Candidatos 19.1. El Comite Electoral recibira la MORDAZA de los candidatos por segmentos o la MORDAZA de las listas de candidatos para todos los segmentos segun el numero

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