Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2003 (19/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Wong, contra la Resolucion del Colegio de Notarios de MORDAZA Nº 021-2003-CNL-VN/JD, de fecha 22 de febrero de 2003; confirmandose la recurrida en todos sus extremos. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y a las partes intervinientes, para los fines que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. A. MORDAZA MORDAZA KRENZ Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 21407

Confirman resolucion que declaro infundada queja interpuesta contra Notario de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 025-2003-JUS/CN MORDAZA, 9 de octubre de 2003 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA Dongo MORDAZA, contra la Resolucion Nº 043-2003CNL-VN/JD, de fecha 29 de marzo de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de Lima; CONSIDERANDO: Que, el dia 12 de setiembre de 2002, el senor MORDAZA Dongo MORDAZA, recibio de parte del vigilante de la MORDAZA donde reside, una Carta Notarial remitida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nadramija, Gerente General de la empresa Rhino Sport Car S.A., la misma que segun el quejoso habia sido tramitada inoficiosamente y arrojada en un domicilio diferente al suyo. Asimismo, el quejoso manifiesta que la Carta Notarial fue remitida a la Notaria MORDAZA, para que realice el tramite respectivo de notificacion, pero por encontrase fuera de su jurisdiccion funcional fue derivada a la Notaria del quejado para que realice el tramite de notificacion; siendo el hecho concreto que el notificador de la Carta Notarial nunca habria llegado a su domicilio; Que, mediante escrito de fecha 28 de octubre de 2002 el senor MORDAZA Dongo MORDAZA, interpone un recurso de queja contra el Notario Publico de MORDAZA, Dr. Selmo MORDAZA MORDAZA Tapia; Que, mediante, Resolucion Nº 013-2003-CNL/D, de fecha 13 de enero de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de MORDAZA, se resuelve abrir MORDAZA disciplinario al Notario de MORDAZA, Dr. Selmo MORDAZA MORDAZA Tapia; Que, mediante Oficio Nº 011-03-SICT/NP-PL-L, de fecha 29 de enero de 2003, el Notario Selmo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su descargo respecto a la queja interpuesta en su contra; Que, mediante escrito de fecha 26 de febrero de 2003, la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Mestanza, en su calidad de Fiscal del Colegio de Notarios de MORDAZA, emite su Dictamen Fiscal, en el que concluye que no es posible determinar que el senor Notario de MORDAZA, Selmo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrido en falta sancionable a que se refiere el inciso h) del articulo 149º de la Ley del Notariado, por lo que no resulta pertinente formular propuesta de sancion, debiendose declarar infundada la queja interpuesta por el senor Rocardo Dongo Obando; Que, mediante Resolucion Nº 043-2003-CNL-VN/JD, de fecha 29 de marzo de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de MORDAZA, se resuelve declarar infundada la queja interpuesta por el senor MORDAZA Dongo MORDAZA contra el Notario de MORDAZA, Dr. Selmo MORDAZA MORDAZA Tapia; Que, mediante escrito de fecha 13 de MORDAZA de 2003, el senor MORDAZA Dongo MORDAZA, interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 043-2003-CNL-VN/JD, de fecha 29 de marzo de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de Lima; Que, mediante Resolucion Nº 062-2003-CNL-VN/JD, de fecha 14 de MORDAZA de 2003, expedida por el Colegio de No-

tarios de MORDAZA, se resuelve conceder el recurso de apelacion planteado por el quejoso, elevando el expediente al Consejo del Notariado; Que, del analisis de los hechos y de los documentos presentados por el senor MORDAZA Dongo MORDAZA, tanto en el recurso de queja como en el recurso de apelacion, se puede apreciar que el Notario quejado se ha cenido a lo dispuesto en el articulo 100º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado, en concordancia con los articulos 24º y 97º de dicha MORDAZA legal, por lo que en este extremo no se evidencia inconducta funcional alguna, que en cuanto a la certificacion de la entrega de la carta notarial, MORDAZA resulta valida mientras el supuesto agraviado no cumpla con las exigencias contenidas en el articulo 124º del Decreto Ley Nº 26002, y que la supuesta demora en la tramitacion de la investigacion no es un hecho imputable al Notario investigado; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion de fecha 9 de octubre de 2003, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 142º, incisos b) y e) de la Ley del Notariado aprobada por Decreto Ley Nº 26002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Dongo MORDAZA contra la Resolucion apelada y, en consecuencia, confirmese en todos sus extremos la Resolucion Nº 043-2003-CNL-VN/JD, de fecha 29 de marzo de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de Lima. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA, y al apelante, para sus fines. Registrese, comuniquese y publiquese. A. MORDAZA MORDAZA KRENZ Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 21408

Declaran infundada apelacion y exhortan a Notaria Publica de MORDAZA tener presente la aplicacion de la Res. Nº 00799-SUNAT, aun cuando el Notario preste servicios fuera de su oficina notarial
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIAD Nº 026-2003-JUS/CN MORDAZA, 9 de octubre de 2003 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Velaochaga Tesei, contra la Resolucion Nº 008-2003-CNL, de fecha 16 de enero de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de Lima; que resuelve declarar infundado el MORDAZA disciplinario iniciado contra la Notaria Publica de MORDAZA, Dra. MORDAZA Lizbet MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 19 de agosto de 2002, el senor MORDAZA MORDAZA Velaochaga Tesei, interpone un recurso de queja contra la Notaria Publica de MORDAZA, Dra. MORDAZA Lizbet MORDAZA MORDAZA, por supuesta infraccion a la etica profesional y falta de transparencia e imparcialidad en el cumplimiento de sus funciones; Que, en su escrito de queja, don MORDAZA MORDAZA Velaochaga Tesei, manifiesta que con el proposito de evitar el embargo de un bien inmueble de propiedad de su ex esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lercari, en un MORDAZA de alimentos que sigue contra MORDAZA, se elaboro una minuta de compra-

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