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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G34/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de noviembre de 2003 PRODUCE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G46/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G2D /G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G72/G79/G20/G62/G75/G73/G63/G61/G72/G20/G61/G6C/G74/G65/G72/G6E/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6D/G69/G74/G69/G67/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G2D/G62/G6C/G65/G6D/G61/G73/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G76/G69/G72/G75/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G22/G4D/G61/G6E/G63/G68/G61/G20/G42/G6C/G61/G6E/G63/G61/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 452-2003-PRODUCE Lima, 14 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27460, Ley de Promo- ción y Desarrollo de la Acuicultura, establece que el Minis- terio de la Producción es el ente rector a nivel nacional dela actividad acuícola que promueve, norma y controla el desarrollo de la actividad en coordinación con los organis- mos competentes del Estado; Que, la actividad acuícola langostinera, desde el año 1998, se vio seriamente afectada, por los efectos del fenó- meno de “El Niño” y luego por el virus denominado “Man-cha Blanca”, que determinó la adopción de acciones direc- tas por parte del Ministerio de la Producción, habiendo cons- tituido mediante Resolución Ministerial Nº 016-2001-PE, unaComisión Especial encargada de evaluar, promover, incen- tivar y buscar alternativas viables que permitan en un corto plazo mitigar el serio problema social y económico ocasio-nado por la presencia del virus de la “Mancha Blanca” en el departamento de Tumbes; Que, la referida Comisión Especial contó con la par- ticipación de representantes del Estado y de la Asocia- ción Langostinera Peruana - ALPE, y tuvo como tarea establecer un plan de trabajo acorde con los objetivosplanteados, realizando inicialmente un diagnostico si- tuacional de la actividad langostinera y de la problemá- tica surgida por la presencia del virus de la “ManchaBlanca”, y planteando soluciones a corto, mediano y lar- go plazo, las cuales fueron implementadas por etapas en función a la disponibilidad de recursos financierosque fueron gestionados por el sector para apoyar esta actividad productiva, contando con el sector privado para su realización; Que, con la finalidad de continuar con lo emprendi- do en el marco de la Comisión Especial indicada en el párrafo precedente, y a solicitud de representantes dela Asociación Langostinera Peruana (ALPE), se efec- tuaron reuniones con el objeto de analizar en forma con- junta las medidas a implementar en el corto, mediano ylargo plazo para mitigar la presencia del virus de la “Man- cha Blanca”, las mismas que fueron planteadas en tér- minos generales dentro de la comisión aludida y queparte de ellas fueron llevadas a cabo a través del Insti- tuto del Mar del Perú (IMARPE) y del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES); Que, habiéndose llevado a cabo el día 29 de enero del 2003, la décima novena reunión de la precitada Comisión, en la cual se recomendó la aprobación de los “Acuerdossobre Medidas Excepcionales para el Desarrollo Sosteni- ble de la Actividad Acuícola Langostinera”, orientados a via- bilizar su recuperación, y haciendo que éstas conduzcan asu sostenibilidad, para lo cual se requiere adoptar acciones de orden técnico-administrativo para el mejor manejo de dicha actividad; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Minis- terio, a través del Oficio Nº 2497-2003-PRODUCE/OGAJ, de fecha 3 de setiembre del 2003, recomienda que dichaComisión Especial deberá elaborar un Informe Final que contenga los resultados de su labor y las recomendaciones que consideren convenientes y lo presente al DespachoMinisterial; Que, el Reglamento de la Ley de Promoción y Desarro- llo de la Acuicultura, aprobado mediante Decreto SupremoNº 030-2001-PE, establece las formas de promoción y con- trol que en forma genérica se aplican a la actividad de la acuicultura, haciéndose necesario individualizar dicho ac-cionar a las actividades langostineras por la situación ante- riormente descrita;Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura y con la conformidad legal de la Oficina Gene- ral de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, su Re- glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001- PE, Ley Nº 27789 y la Resolución Ministerial Nº 016-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Informe Final de la Comisión Especial encargada de evaluar, promover, incentivar y bus- car alternativas viables que permitan en un corto plazo mi- tigar el serio problema social y económico ocasionado porla presencia del virus de la “Mancha Blanca” en el departa- mento de Tumbes. Artículo 2º.- Disponer la publicación del Informe Final que contiene los resultados del trabajo realizado en el mar- co de la Comisión Especial. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Mi- nisterial a la Asociación Langostinera Peruana - ALPE, al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y a la Dirección Regio-nal de Pesquería de Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción INFORME FINAL COMISION ESPECIAL ENCARGADA DE PROMOVER ALTERNATIVAS PARA MITIGAR LOS EFECTOS DEL VIRUS DE LA MANCHA BLANCA EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES La Comisión Especial fue creada mediante Resolución Ministerial Nº 016-2001-PE, encargada de evaluar, promo- ver, incentivar y buscar alternativas viables que permitanen un corto plazo mitigar el serio problema social y econó- mico ocasionado por la presencia del virus de la “Mancha Blanca” en el departamento de Tumbes. Esta Comisión es-tableció el Plan de Trabajo, realizando inicialmente el diag- nóstico situacional de la actividad langostinera y la proble- mática surgida por la presencia del mencionado virus, quese tradujo en un primer documento aprobado por la Comi- sión. DE LA COMISIÓN ESPECIAL La Comisión está integrada por los siguientes represen- tantes: Por el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Pro- ducción): - Viceministro de Pesquería - Presidente. - Dirección Nacional de Acuicultura - Secretaría Técni- ca. Por el FONDEPES, 1 representante. Por el IMARPE, 1 representante. Por la Asociación Langostinera Peruana - ALPE: - Oscar Rubio Rodríguez. - Jacques Barsimantov Gabbai.- Patricia Tizón Acha. El Plan de Trabajo acorde con los objetivos planteados, consideró los siguientes puntos: 1. Diagnóstico de la situación actual de la actividad lan- gostinera (aspecto sanitario). 2. Identificación de la problemática. 3. Alternativas de solución al corto, mediano y largo pla- zo (Plan de Acción). 4. Viabilidad de las alternativas, desde el punto de vista biológico, tecnológico y económico. 5. Aplicabilidad del plan.6. Seguimiento y control de los resultados de la aplica- bilidad del plan.