Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G34/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de noviembre de 2003 cursos de los langostineros, todo ello apuntando a que en un futuro se demandaría asesoramiento para el manejogenético, consolidando la inclusión de la empresa noruegaque apoya a ACUANAL, teniendo como base el respaldo oficial del Viceministerio de Pesquería. De estas acciones se tuvo respuesta positiva de ACUA- NAL, haciendo mayor incidencia en el manejo genético de-bido a que sería el respaldo para la obtención de recursosde calidad que per mitirían tener segur idad de mayores ta- sas de supervivencia. No se llegó a lograr un acuerdo sus- tantivo de estas acciones. ACUERDOCon la finalidad de continuar con lo emprendido en el marco de la Comisión de mancha Blanca, y a solicitud de representantes de la Asociación de langostineros del Perú, se han efectuado dos reuniones con el objeto de revisar enforma conjunta las medidas a implementar en el corto, me-diano y largo plazo para mitigar la presencia del virus de lamancha blanca, las mismas que fueron planteadas en tér-minos generales dentro de la comisión aludida y que parte de ellas están siendo llevadas a cabo a través del IMARPE y del FONDEPES. La problemática identificada para el desarrollo masivo de los cultivos bioseguros, se basa en la informalidad demuchos langostineros que obviamente no desarrollan labioseguridad, utilizan larvas silvestres y están localizados en las cercanías de las empresas que sí trabajan con estos sistemas. Lamentablemente, algunos empresarios son losque han alquilado sus campos y no exigirían a sus inquili-nos los cuidados que amerita trabajar en condiciones se-guras. La otra problemática está referida al ingreso de larvas por contrabando, situación que podría mejorarse con un control más estricto en las áreas de cultivo y por último lanecesidad de lograr el asesoramiento en larvicultura y ma-duración de parte de ACUANAL Colombia, para lo cual losempresarios se comprometerían a instalar un laboratorioen un área ajena a la zona de influencia del virus de la mancha blanca. Luego de muchas deliberaciones se recomendó la apro- bación de “Acuerdos sobre medidas excepcionales para eldesarrollo sostenible de la actividad acuícola langostinera”,orientados a viabilizar su recuperación, y haciendo que és-tas conduzcan a su sostenibilidad, para lo cual se requiere adoptar acciones de orden técnico y administrativo para el mejor manejo de dicha actividad. Asimismo, y en vista deque en el Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollode la Acuicultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº030-2001-PE, se establecen las formas de promoción ycontrol que en forma general se aplican a la acuicultura, se hace necesario precisar aquellas que serían aplicables a la actividad langostinera por la situación anteriormente des-crita, motivo por el cual se ha planteado la firma del acuer-do el mismo que en su formulación precisa lo siguiente: PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA 1. Parte importante de la problemática identificada para el desarrollo sostenible de la actividad langostinera en Tum-bes, está referida al no cumplimiento de normas vigentes,en muchos casos por la falta de conocimiento de los pro-ductores, así como por la ausencia o la ejecución parcial de las actividades de promoción, orientación, seguimiento y asistencia técnica a cargo de los organismos competen-tes del Estado que logre este cumplimiento, en beneficio dela propia actividad y en todas las diferentes formas en queella es realizada. 2. Asimismo, y ante la no operatividad de los laborato- rios nacionales de producción de semilla, existe un abun- dante ingreso de post-larvas provenientes de laboratoriosecuatorianos, muchas de las cuales ingresan sin cumplircon los requisitos establecidos, referidos al descarte deanimales infectados con el virus de la “Mancha Blanca” y através del contrabando. El control de este ingreso se ve dificultado por la escasa operatividad de las instituciones competentes, así como por el no funcionamiento del labo-ratorio “ad-hoc” instalado por el IMARPE para los análisisreglamentarios. De otro lado un alto factor de riesgo paratoda la zona acuícola de Tumbes lo constituye la siembrade post-larvas de origen silvestre, sin ningún control sani- tario. 3. No se ha establecido aún para el mediano y largo plazo ningún programa de producción nacional de semillaseleccionada, que esté libre de agentes infecciosos y quetenga las cualidades de tolerar infecciones de patógenos conocidos, así como mostrar mejor adaptación a las condi-ciones ambientales que prevalecen en el país para el culti-vo de langostinos. Por ello, se hace necesario lograr el ase- soramiento ofrecido por países que han avanzado más en esta técnica, entre los que destaca Colombia. 4. Aunque no es un problema reconocido, actualmente entre los productores langostineros en Tumbes, existe ungrave riesgo de incurrir en el uso de sustancias químicasprohibidas en la actividad de acuicultura y en el procesa- miento de sus productos, que pueden originar la presencia de residuos no aceptados en los principales mercados comolos de la Unión Europea (UE) y contemplados en su directi-va 96/23/CE. Esta normativa obliga a los estados miem-bros de la UE y a terceros países que exporten a esosmercados, a establecer controles a determinadas sustan- cias medicamentosas o de contaminantes al conjunto de animales y sus productos destinados al consumo humanoy dentro de ellos, los animales provenientes de la acuicul-tura. 5. La aplicación de los sistemas de cultivo intensivos en Tumbes, no ha estado acompañada de las medidas de mi- tigación y de bioseguridad que esta técnica exige, hacién- dose necesario establecer límites permisibles de descargade diferentes contaminantes, así como medidas para el tra-tamiento de las aguas utilizadas antes de ser evacuadas almedio ambiente. 6. Si bien las empresas langostineras que operan en el departamento de Tumbes cuentan con un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), dada la antigüe-dad en que estos fueron establecidos, es necesario su ac-tualización, en particular frente al “Virus de la Mancha Blan-ca”. Para el caso de los cultivos intensivos, estos Progra-mas deberán contener los requerimientos que la DINAMA en forma especifica establezca. MEDIDAS PROPUESTAS1. Urgir a las autoridades respectivas el cumplimiento de la normatividad vigente, en particular en lo referido al control de ingreso de post-larvas al territorio nacional, al seguimiento de las siembras y a la formalización de todoslos criadores de langostinos. En este marco, el Viceministerio de Pesquería coordi- nará con las instituciones correspondientes las medidasnecesarias a fin que se refuercen los controles de ingreso de semilla proveniente de otros países. Con el objeto de asegurar el cumplimiento de las normas por parte de losproductores, se instruirá a la DINSECOVI y a la DirecciónRegional pertinente, en el sentido que incrementen losmonitoreos de los estanques sembrados y se verifique per-manentemente el origen de semilla en cada caso, así como la documentación sanitaria que sea aplicable. Sin que condicione el cumplimiento de normas vigentes mencionado en el párrafo anterior, se podrá complementarestas medidas con programas de promoción, orientación,seguimiento y asistencia técnica, que sean elaborados porlos organismos competentes del Estado en conjunto con el gremio representativo de los criadores de langostinos (ALPE), a fin de suplementar y actualizar el Plan de Acciónoriginalmente diseñado en la creación de la “Comisión Es-pecial para mitigar el virus de la mancha blanca” (R.M. Nº016-2001-PE). Estos programas, además de asegurar elconocimiento y el cumplimiento por parte de los producto- res y de las autoridades de la normativa vigente, podrán devenir en la propuesta de normas complementarias, enbeneficio de la propia actividad langostinera, en todas lasdiferentes formas en que ella es realizada. 2. Puesta en marcha de las áreas competentes del la- boratorio del IMARPE en Tumbes, a fin de certificar la se- milla a importarse y la prevalencia del virus en los estan- ques de cultivo, entorno y potenciales portadores, así comode los aspectos ambientales más importantes para la exi-tosa realización de los cultivos de langostinos. 3. En consideración del peligro que implica la siem- bra de semilla silvestre en la propagación del “Virus de la Mancha Blanca”, conforme lo confirman las investigacio- nes del IMARPE, se propone establecer una veda indefi-nida de la extracción de semilla silvestre de langostinosy la prohibición de su siembra en los estanques de culti-vo de todo el norte del país. Así como, perfeccionar cons-tantemente el protocolo correspondiente para determi- nar con precisión los niveles de prevalencia y efectuar periódicamente esas evaluaciones, lo cual podría serapoyado por la ALPE o gestionar la Cooperación Finan-ciera Internacional.