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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G36/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de noviembre de 2003 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G2D /G72/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1566-2003 Lima, 12 de noviembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco del Trabajo, para que se le autorice la apertura de una agencia, cuya ubica- ción será en avenida Sánchez Cerro Nº 1315, distrito, pro-vincia y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente conforme a lo señalado en elProcedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D", mediante Informe Nº 079-OT-2003-DESF "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Reso-lución SBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco del Trabajo, la aper- tura de una agencia, cuya ubicación será en avenida Sán-chez Cerro Nº 1315, distrito, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 21622 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G2D /G74/G6F/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G2D/G6E/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G6F/G72/G72/G69/G6C/G6C/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1574-2003 Lima, 13 de noviembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédi- to Popular de Lima (Caja Metropolitana) para que se le au- torice la apertura de una Oficina, de vigencia temporal,ubicada en el jirón Carabaya Nº 841, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº137-2003/DESF; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aproba-do mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y modificado por Resolución SBS Nº 1276-2002, cuya base legal está constituida por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - LeyGeneral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº CM-184-97, el artículo 41º y Quinta Disposi-ción Complementaria y Final de la Ley Nº 27444; y en vir- tud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertura de una Oficina de vigencia temporal máxima de un (1) año en la modalidad de Oficina Especial, la cual se ubicará enel jirón Carabaya Nº 841, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Dicha Oficina Especial estará au- torizada a efectuar las siguientes operaciones: - Operaciones Activas: otorgar créditos pignoraticios con alhajas u otros objetos de oro y plata. - Operaciones Pasivas: a) Aceptar depósitos de ahorro y a plazo, b) Efectuar cobros y pagos de servicios públi- cos. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 3.4 de la Circular Nº CM-184.97, dentro de los siete (7)días calendario de formalizada la apertura, la Caja Metro- politana, deberá reportar a esta Superintendencia las ac- ciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas"de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 21624 RESOLUCIÓN SBS Nº 1580-2003 Lima, 14 de noviembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédi- to Popular de Lima (Caja Metropolitana) para que se le au- torice la apertura de una Oficina, ubicada en la avenidasHuaylas Nº 748, distrito Chorrillos de la provincia y depar- tamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº136-2003/DESF; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aproba-do mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y modificado por Resolución SBS Nº 1276-2002, cuya base legal está constituida por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - LeyGeneral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular Nº CM-184-97; el artículo 41º y Quinta Disposi-ción Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, publicada el 11/4/2001; y en virtud de la facultad delegada por Reso- lución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertura de la oficina solicitada, en la modalidad de Oficina Espe-cial, la cual se ubicará en la avenida Huaylas Nº 748, distri- to Chorrillos de la provincia y departamento de Lima. Di- cha Oficina Especial estará autorizada a efectuar las siguie-ntes operaciones: - Operaciones Activas: Otorgar créditos pignoraticios con alhajas u otros objetos de oro y plata. - Operaciones Pasivas: a) Captación de depósitos del público, b) Efectuar cobros y pagos de servicios públicos. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 3.4 de la Circular Nº CM-184-97, dentro de los siete (7)