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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (29/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de octubre de 2003 CEFA: 9054 Oficial Químico Farmacéutico - Para Capitán FAP (1) UnoCEFA: 9326 Oficial Médico General- Para Capitán FAP (6) Seis Regístrese y comuníquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 19892 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20 /G79/G20 /G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G49 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 211-2003-EF Lima, 28 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, Japan Relief Clothing Center de Japón ha efec- tuado una donación, a favor del Instituto Nacional de De-fensa Civil -INDECI- consistente en ropa que ha sido des-tinada como ayuda a los damnificados por la ola de fríoocurrida en el sur del Perú; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e ImpuestoSelectivo al Consumo, aprobado por el Decreto SupremoNº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación o transfe-rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor deEntidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, elDecreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias;y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulari- zación, la donación efectuada por Japan Relief ClothingCenter de Japón, a favor del Instituto Nacional de De-fensa Civil -INDECI- consistente en 458 cajas conte-niendo ropa con un valor aproximado de ¥ 961 800,00(Novecientos Sesenta y Un Mil Ochocientos y 00/100Yenes) según Carta de Donación de fecha 27 de setiem-bre de 2002. Dicha donación ha sido destinada comoayuda a los damnificados por la ola de frío ocurrida enel sur del Perú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley delImpuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo alConsumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra-ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de laRepública, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministrosy por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 19876RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 212-2003-EF Lima, 28 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, Asia Africa Cooperation Environment Center de Japón ha efectuado una donación, a favor del Insti-tuto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente endiversos bienes que han sido destinados como ayuda alos damnificados por la ola de frío ocurrida en el sur delPerú; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Or- denado de la Ley del Impuesto General a las Ventas eImpuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el De-creto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarángravadas con el Impuesto General a las Ventas, la im-portación o transferencia de bienes que se efectúe atítulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias delSector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, elDecreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias;y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regularización, la donación efectuada por Asia Africa Cooperation Envi-ronment Center de Japón, a favor del Instituto Nacional deDefensa Civil -INDECI- consistente en frazadas usadas yropa usada con un valor aproximado de US$ 740,00 (Sete-cientos Cuarenta y 00/100 Dólares de Estados Unidos deAmérica) según Carta de Donación de fecha 21 de agostode 2002. Dicha donación ha sido destinada como ayuda alos damnificados por la ola de frío ocurrida en el sur delPerú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley delImpuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo alConsumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra-ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de laRepública, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 19877 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 213-2003-EF Lima, 28 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Consulado General del Perú en Miami, Florida, Estados Unidos de América ha remitido una donación pro-ducto de la colecta que realizó en los locales de "Costa-mar Travel", a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI- consistente en ropa; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e ImpuestoSelectivo al Consumo, aprobado por el Decreto SupremoNº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación o transfe-rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor deEntidades y Dependencias del Sector Público;