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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de octubre de 2003 Visto el Oficio Nº 1629-2003-REGIÓN-ANCASH-DI- RES/DIPER, de fecha 22 de agosto del 2003, cursado porel Director General de la Dirección Regional de Salud An-cash; CONSIDERANDO:De conformidad con lo previsto en los Artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, el inciso l) del Artículo 8º de la Ley Nº27657 y Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor JAVIER ENRIQUE PAZ DESPOUX, en el cargode Director Ejecutivo de la UTES Caraz, Nivel F-4, de laDirección Regional de Salud Ancash, dándosele las gra-cias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, en el cargo de Director Ejecutivo de la UTES Caraz, Nivel F-4, de la DirecciónRegional de Salud Ancash, al doctor HERMAN YOFFRESACRAMENTO ROJAS. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 19885 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G61 /G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2003-TR Lima, 23 de octubre de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 739-2003/SG, de la Secretaria General; el Oficio Nº 449-2003-MTPE/PP, del ProcuradorPúblico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;y la Hoja Informativa Nº 024-2003-OAI-OII, de la Oficinade Auditoría Interna del Sector; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja Informativa de vistos, la Oficina de Auditoría Interna del Sector presenta las investigacionesefectuadas en torno a la denuncia formulada por la Empre-sa Inversiones Honey S.A.C. contra el Inspector de Traba-jo don Luis Alejandro Villareal Santillán, respecto a su con-ducta funcional; Que, en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo, se vienen tramitando los expedientes administrativosNºs. 31701-02-DRTPEL-DPI-1º SDI y 25404-03DRTPEL-DPI-2º.SDI sobre Inspección del Trabajo, ambos organiza-das sobre la empresa Inversiones Honey S.A.C. cuya re-presentante legal, la señora Milagros García Mattos, de-nuncia que el Inspector de Trabajo don Luis Alejandro Villa-real Santillán, ofreció asesorarla en el trámite de los cita-dos expedientes, dejando para ello su número telefónico,el cual se encuentra registrado en una de las Actas de Ins-pección; Que, recibida la denuncia, el Director Regional de Tra- bajo y Promoción del Empleo de Lima- Callao, en coordi-nación con la Oficina de Auditoría Interna y la Oficina deRelaciones Públicas del Sector, realizan un operativo paraverificar la materialización de la asesoría ofrecida por elcitado inspector; Que, para dicho efecto y con conocimiento de las autori- dades del Sector, se reunieron el 28 de abril de 2003, en elrestaurante "El Patio Palace", la representante legal de laempresa Inversiones Honey S.A.C., la señora MilagrosGarcía Mattos y el Inspector de Trabajo don Luis AlejandroVillareal Santillán, cuya conversación fue grabada y filma-da, apreciándose del mismo que el denunciado orientó yasesoró en el trámite de los expedientes de Inspección Nºs.31701-02 DRTPEL-DPI-1º SDI y 25404-03DRTPEL-DPI- 2º.SDI, recibiendo por dicho concepto un pago de S/. 100.00nuevos soles, como contraprestación por la asesoría pres-tada; Que, el mismo día 28 de abril de 2003, a horas 19:50 con apoyo del personal de Relaciones Públicas, la participa-ción del Director Regional de Trabajo y Promoción del Em-pleo Lima-Callao y del Director de Auditoría y ExámenesEspeciales de la Oficina de Auditoría Interna del Portafolio,se intervino la mencionada reunión, levantándose para talefecto, un Acta de Verificación (que no fue objetada por elInspector), en la que se registra la manifestación de laspartes y el número del billete de S/. 100.00 incautado delbolsillo del Inspector de Trabajo, coincidiendo con una foto-copia exhibida al denunciado; Que, sin perjuicio de las acciones administrativas que acarreen los hechos descritos, se aprecia que el citadoinspector es presunto responsable de delito contra la Ad-ministración Pública, tipificado por el Código Penal; Estando a lo recomendado por la Oficina de Auditoría Interna en el documento de vistos; y, con la visación delDirector General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el Artículo 12º del Decre-to Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667;el Artículo 27º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo; y, el literal d) del Artículo12º y los Artículo 78º y 78º de su Reglamento aprobadopor Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- AUTORÍZASE al Procurador Público a car- go de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, para que interponga las acciones legales correspon-dientes contra el señor Luis Alejandro Villareal Santillán y los queresulten responsables por los hechos expuestos en la parte con-siderativa de la presente Resolución, remitiéndosele la documenta-ción y antecedentes del caso, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESÚS ALVARADO HIDALGO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19863 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G61/G63/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C /G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G79/G20/G74/G65/G72/G63/G65/G72/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G6E/G20/G62/G69/G65/G6E /G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2003-TR Lima, 23 de octubre de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 1076-2003-REGION ANCASH- DRT y PE/CHIM, de fecha 28 de agosto de 2003, del Di-rector Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de laRegión Ancash; el Oficio Nº 516-2003-MTPE/PP, de fecha03 de setiembre de 2003, de la Procuraduría Pública delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio de Ejecución del Proyecto "Centro de Comercialización - Procesamiento y Capaci-tación Rural", Región Chavín, de fecha 02 de octubre de1992, el CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEHUARAZ (CENFORP), perteneciente al Ministerio de Tra-bajo y Promoción del Empleo, concedió en forma temporala la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIOS AGRO-IN-DUSTRIALES LOS ANDES CHAVÍN S.A. (denominadaERSAID S.A.), un área de terreno de su propiedad de3,750.00 m2 ubicado en la Prolongación Av. Raymondi s/n2da. cuadra (Mz. O, Lote 12), de la localidad de Huaraz, enCesión de uso para la instalación del Centro de Comercia-lización de Procesamiento y Capacitación Rural, en lostérminos que se indican en el referido Convenio; Que, posteriormente, la empresa citada precedentemen- te se transforma y se constituye en una nueva empresadenominada EMPRESA DE COMERCIALIZACIÓN Y SER-VICIOS "PEDRO PABLO ATUSPARIA S.A." - ECSPPASA,integrada por Comunidades Campesinas de Huaraz;