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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de octubre de 2003 De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, elDecreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias;y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regularización, la donación recolectada por el Consulado General del Perúen Miami, Florida, Estados Unidos de América en los loca-les de "Costamar Travel", a favor del Instituto Nacional deDefensa Civil -INDECI- consistente en ropa sin valor co-mercial según Carta de Donación de fecha 13 de agostode 2002. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley delImpuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo alConsumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra-ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de laRepública, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 19878 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 594-2003-EF/10 Lima, 28 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, a través del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 012-2003-IN, se establece que el Consejo Nacionalde Seguridad Ciudadana (CONASEC) es el máximoorganismo del sistema, encargado de la formulación,conducción y evaluación de la política de seguridad ciu-dadana. Cuenta con autonomía funcional y técnica,depende de la Presidencia de la República y es presi-dido por el Ministro del Interior e integrado, entre otrospor el Ministro de Economía y Finanzas o su represen-tante; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministro de Economía y Finanzas anteel mencionado Consejo Nacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor César Sánchez Módena, como representante del Ministro de Economía yFinanzas, ante el Consejo Nacional de Seguridad Ciuda-dana (CONASEC) al que se refiere el Decreto Supremo Nº012-2003-IN. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 19835/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G43/G49/G46/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G56/G61/G72/G69/G61/G62/G6C/G65/G20/G41/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6F/G72/G65/G62/G61/G6A/G61/G20/G61/G72/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6D/G61/GED/G7A/G2C/G20/G61/G7A/GFA/G63/G61/G72/G2C/G20/G61/G72/G72/G6F/G7A/G20/G79/G20/G6C/G65/G63/G68/G65/G20/G65/G6E/G74/G65/G72/G61/G20/G65/G6E /G70/G6F/G6C/G76/G6F RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 020-2003-EF/15 Lima, 27 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se estable- ció el Sistema de Franja de Precios para las importacionesde los productos señalados en las Tablas Aduaneras delMaíz, Azúcar, Arroz y Lácteos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas Aduanerasaplicables a las importaciones de los productos a que serefiere el considerando anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se modificó la Tabla Aduanera del Azúcar y se dispuso quelas Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lácteos aproba-das por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF así como laTabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Su-premo Nº 153-2002-EF serían vigentes hasta el 30 de ju-nio del 2003; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modificó el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueranpublicados por Resolución Viceministerial del Viceministrode Economía; Que, mediante Decreto Supremo Nº 090-2003-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lác-teos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EFasí como la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por elDecreto Supremo Nº 153-2002-EF tendrán vigencia hastael 30 de junio del 2004; Que, corresponde publicar los precios CIF de referen- cia para el período comprendido entre el 1 y el 15 de octu- bre del 2003; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Artí-culo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de refe- rencia para la aplicación del Derecho Variable Adicional orebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche Entera en Polvo Del 1/10/2003 al 124 214 236 1864 15/10/2003 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Viceministro de Economía 19821 EDUCACIÓN /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61 DECRETO SUPREMO Nº 024-2003-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 022-2002-ED, de fecha 26 de agosto del 2002, se aprobó el Texto Único de Procedi-