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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Ad- junto de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntosjudiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, es necesario designar al letrado que ocupe dicho cargo público de confianza, por lo que se expide la presen-te resolución administrativa; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nº17537 y Nº 25993, la Ley Nº 27594, y el Decreto SupremoNº 002-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha a la doctora BERTHA ADELA VERA ACEVEDO, en el cargo de Procu-radora Adjunta de la Procuraduría Pública a cargo de losasuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y por la Ministra dePromoción de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 19812 /G41/G63/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G2D /G76/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G73/G61/G6C/G75/G64/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G2C/G20/G79 /G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G72/G6C/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G76/GED/G61/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G2D/G74/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2003-JUS Lima, 28 de octubre de 2003 Visto el Informe Nº 037-2003/CEA, del 25 de julio del 2003, de la Comisión encargada del estudio de las solicitu-des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradi-ción de la procesada JESSICA LYNN LEITCH, formuladopor la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justiciadel Callao (Expediente Nº 97-1943-3SPC); CONSIDERANDO: Que, por Resolución del 19 de febrero del 2002, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, declaró procedente la solicitud de extradiciónde la procesada JESSICA LYNN LEITCH, por el delito con-tra la salud pública - tráfico ilício de drogas, en agravio delEstado Peruano (Exp. Nº 05-2002); Que, por Resolución Suprema Nº 093-2002-JUS de fe- cha 5 de abril del 2002, se resuelve acceder al pedido deextradición activa y detención provisional de la ciudadanaestadounidense JESSICA LYNN LEITCH, formulado por laTercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia delCallao, por el delito contra la salud pública-tráfico ilícito dedrogas, en agravio del Estado Peruano; Que, mediante OF RE (LEG) Nº 2-19/38 c/a el Ministe- rio de Relaciones Exteriores, remite la solicitud de extradi-ción de la encausada JESSICA LYNN LEITCH, al habersido devuelta por el Departamento de Estado de los Esta-dos Unidos de América, debido a que el Departamento deJusticia de dicho país, declinó diligenciar dicha petición,por cuestiones de orden técnico-procesales, las mismasque deben adecuarse a las exigencias de la legislaciónamericana; Que, por Resolución del 1 de julio del 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Repúbli-ca, integra la Ejecutoria de fecha 19 de febrero de 2002, alhaber considerado las recomendaciones técnicas y proce-sales de las autoridades americanas;Que, mediante el Informe Nº 037-2003/CEA, del 25 de julio del 2003, la Comisión encargada del estudio de lassolicitudes de extradiciones activas propone acceder alpedido de extradición de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la LeyNº 24710, el inciso 5), del artículo 34º del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobadopor Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Ex-tradición suscrito entre la República del Perú y los EstadosUnidos de América, vigente desde el 25 de agosto del 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa de la procesada JESSICA LYNN LEITCH, formulado por laTercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia delCallao, al haber integrado la Sala Penal Transitoria de laCorte Suprema de Justicia de la República, por resoluciónde fecha primero de julio del dos mil tres, la Ejecutoria defecha diecinueve de febrero del dos mil dos, que declaróprocedente la referida solicitud, por la comisión del delitocontra la salud pública - tráfico ilícito de drogas, en agraviodel Estado Peruano; y, disponer su presentación por víadiplomática, a los Estados Unidos de América, de confor-midad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipula-do por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros yEncargada de la Cartera deRelaciones Exteriores FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 19879 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2003-JUS Lima, 28 de octubre de 2003 Visto el Informe Nº 048-2003/CEA, del 10 de setiembre de 2003, de la Comisión encargada del estudio de solicitu-des de extradiciones activas, sobre la ampliación del pedi-do de extradición del procesado MANUEL JESÚS AIVARMARCA o MANUEL JESÚS AYBAR MARCA o MANUELJESÚS AIBAR MARCA, formulado por el Tercer JuzgadoPenal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima(003-2001); CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones Supremas Nºs. 317-2001-JUS, 320-2001-JUS, 321-2001-JUS, 340-2001-JUS, 349-2001-JUS, 372-2001-JUS, 435-2001-JUS y 028-2003-JUS, sesolicitó la extradición del procesado MANUEL JESÚS AI-VAR MARCA o MANUEL JESÚS AYBAR MARCA o MA-NUEL JESÚS AIBAR MARCA, al Gobierno de los EstadosUnidos de América, cuya petición fue concedida por lasautoridades americanas por los delitos contra la adminis-tración de justicia - encubrimiento y contra la tranquilidadpública - asociación ilícita para delinquir, en agravio delEstado Peruano; Que, por Resolución del 22 de mayo, integrada por Eje- cutoria de fecha 12 de agosto de 2003, la Sala Penal Tran-sitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República,declaró procedente la solicitud de ampliación de extradi-ción formulada por el Tercer Juzgado Penal Especial de laCorte Superior de Justicia de Lima, del citado encausado,procesado por el delito contra la administración pública -peculado, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº23-2003); Que, mediante el Informe Nº 048-2003/CEA del 10 de setiembre del 2003, la Comisión Encargada del Estudio de