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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de octubre de 2003 Que, el artículo 2º del mencionado Decreto de Urgen- cia dispone que mediante Resolución Suprema refrenda-da por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrodel Sector correspondiente, podrá autorizarse aquellos via-jes que resulten indispensables para asegurar el cumpli-miento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio delaño 2003; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establecen que la Autoridad Aeronáutica Civiles ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones para el cumplimiento de las fun-ciones que señalan la Ley y su Reglamento; Que, la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), ha convocado a las Autoridades de AeronáuticaCivil de sus Estados miembros para participar en la LXVReunión de su Comité Ejecutivo, que se celebrará el 5 y 6de noviembre del 2003, en la ciudad de Buenos Aires, Re-pública de Argentina, en el marco de la cual tendrá lugar laSegunda Reunión del Comité Regional de la Competitivi-dad del Transporte Aéreo; Que, la referida reunión estará precedida del Semina- rio sobre privatización de aeropuertos en América Latina"Aprender del Pasado para Mejorar el Futuro"; la NovenaReunión Ordinaria de la Junta General del Sistema Regio-nal de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Ope-racional y la Segunda Reunión del Grupo de Alto Nivel paraAnalizar las Negociaciones con la Unión Europea, eventosque se desarrollarán durante los días 3 y 4 de noviembredel 2003; Que, en los referidos eventos se examinará y aprobará el informe de la Duodécima Reunión del Grupo de Exper-tos en Asuntos Políticos, Económicos y Jurídicos del Trans-porte Aéreo; se estudiará la implementación de una políti-ca intrarregional más flexible, a fin de armonizar las dife-rentes tendencias de los países integrantes de la CLAC;se evaluarán los procesos integración y relación con otrosorganismos internacionales; se discutirá el programa decapacitación del personal de aviación civil y de las líneasaéreas y se analizará la implementación de sistemas GNSSpara seis Estados de Sudamérica; Que, además, se analizarán los procesos de privatiza- ción de aeropuertos en Latinoamérica, sus aspectos eco-nómicos y políticos, el financiamiento multilateral y la coor-dinación institucional; se informará sobre la constituciónde Comités Locales en los Estados Miembros y se evalua-rá el cumplimiento de los acuerdos alcanzados por los Mi-nistros de Transportes y Autoridades Aeronáuticas de Amé-rica Latina y se aprobará el nuevo cronograma de trabajodel Comité Regional de Competitividad del Transporte Aé-reo, entre otros temas referidos a la aviación civil en Lati-noamérica; Que, el Perú ostenta una Vicepresidencia en el Comité Ejecutivo de la CLAC y en tal sentido, le corresponde laresponsabilidad de asistir a las reuniones del mismo; Que, asimismo, la participación de nuestro país en los eventos antes citados posibilitará seguir trabajando con lafinalidad de unificar los criterios sobre seguridad operacio-nal y aeronavegabilidad aplicables en los países del ámbi-to latinoamericano, además de permitirnos analizar la po-sición de la CLAC en las negociaciones realizadas con laUnión Europea respecto a los acuerdos bilaterales con lospaíses latinoamericanos y al mismo tiempo servirá paracelebrar importantes acuerdos con los demás países miem-bros de la CLAC; Que, en tal sentido, se ha considerado que la asisten- cia de un representante del Perú a los eventos antes refe-ridos es necesaria para asegurar el cumplimiento de lasmetas y objetivos fijados por la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes para el Ejercicio del año 2003; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, elDecreto Legislativo Nº 560 y el Decreto de Urgencia Nº017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Juan Carlos Pavic Moreno, Director de Circulación Aérea de la Direc-ción General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, a la ciudad de Buenos Aires,República de Argentina, durante los días 2 al 6 de noviem-bre del 2003, para los fines a que se contrae la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 1,000.00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto : US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de losquince (15) días calendario siguientes de efectuado el via-je, el funcionario mencionado en el artículo 1º deberá pre-sentar un informe detallado al Despacho Ministerial y a laOficina General de Administración del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones describiendo las acciones reali-zadas y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza-do. La presente Resolución Suprema no otorga derecho aexoneración o liberación de impuestos o derechos adua-neros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19883 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G75/G65/G6E/G61 /G50/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G2D /G76/G61/G20/G4E/GBA/G20/G34/G39/G36/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 886-2003 MTC/02 Lima, 24 de octubre de 2003 VISTO:El recurso de apelación interpuesto por SERCAR S.A.C. contra el otorgamiento de la Buena Pro de la AdjudicaciónDirecta Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Acta de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL de fecha3 de octubre del 2003, se otorgó la Buena Pro a Ser-manviadre S.R.L., al haber obtenido el puntaje total de94.87 puntos, quedando en segundo lugar SERCARS.A.C. con un puntaje total de 93.50 puntos, y en tercerlugar Andes Sur S.R.L. con un puntaje total de 91.16puntos; Que, con fecha 10 de octubre del 2003, SERCAR S.A.C. presenta recurso de apelación contra el otorga-miento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Se-lectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL, manifes-tando que Sermanviadre S.R.L. ha presentado como sustrabajadores a dos personas que han sido acreditadospor otras empresas que han participado en otros pro-cesos de selección y sin contar con la autorización delpropio trabajador, con la única finalidad de obtener unaventaja en el proceso realizado, por lo que ha faltado ala verdad al momento de presentar la documentaciónrequerida en el proceso de selección; Que, asimismo, el apelante manifiesta que uno de los trabajadores propuestos por el postor ganador de la Bue-na Pro es un trabajador de la zona del departamento dePuno y no de la zona del departamento de Moquegua, deacuerdo con la dirección indicada en el testimonio de cons-titución de la empresa, de manera tal que no se cumplecon que los trabajadores tengan residencia en la zona deMoquegua; Que, con Carta Nº 004-2003-PROVÍAS NACIONAL notificado a Sermanviadre el 14 de octubre del 2003, secorrió traslado del recurso de apelación presentado porSERCAR S.R.L., quien cumplió con absolver el trasladodel recurso de apelación el 17 de octubre del 2003;